Hace 8 años | Por turmware a muhimu.es
Publicado hace 8 años por turmware a muhimu.es

Los perros pueden ir a TODAS las playas de España (no señalizadas explícitamente). Las playas NO pertenecen a los ayuntamientos sino a Costas, las policías locales No tienen ningún tipo de jurisdicción en las playas y las multas pueden ser recurridas. Hay dos ejemplos, en primer lugar las playas privadas que los ayuntamientos cedían a hoteles y que Costas han ido declarando ilegales. Lo mismo que los permisos que han ido dando ayuntamientos a constructoras para construir cerca del mar y que actualmente se hayan bajo la legislación de...

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¿Y mi vaca?

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#1 la teva dona no, ho sento

maria1988

Los perros pueden ir a TODAS las playas de España (no señalizadas explícitamente).

Todas las playas que conozco tienen un cartelito de "perros no", así que estamos en las mismas.

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#2 JAJAJAJAJAJAJAJA

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#3 esto es discriminatorio, porque ni los pulpos ni los erizos de mar pueden entrar en las perreras...

delcarglo

Me parece bastante más interesante saber que los munipas no tienen jurisdicción a pie de playa. Bueno es saberlo.

Azucena1980

Me parece que el dueño del perro pretenda tener la razón y quiera mucho a su mascota, pero no tiene razón. La policía local te puede multar en la playa y la multa será ratificada por el organismo superior que proceda.

ur_quan_master

ganaríamos todos:
.- los que limpian las playas, que habría más faena con las mierdas sin recoger.
.- los fabricantes de prótesis de cadera, de los viejos arrollados por bolas de perros "jugando".
.- los vendedores de repelentes de pulgas.(Si ya sé, el tuyo no tiene)
.-etc.

#4 Por informar. En mi pueblo (en Cantabria) la playa está señalizada y se permite la entrada de perros de Octubre a Abril, lo cual veo bastante razonable.

s

si los policias locales no tienen jurisdicción en las playas, ¿tampoco pueden vigilar y/o detener a los vendedores ambulantes ilegales de refrescos?

Pepetrueno

#3 ¿Y los perros que comen pipas?. Joder, que me clavo las cáscaras en los pieses.

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Votada errónea aunque ya ha salido otra vez antes pero votada errónea ya que el subnormal que ha escrito eso no tiene ni zorra idea de lo que dice.

Ley 22/1988 de Costas
Artículo 115

Las competencias municipales, en los términos previstos por la legislación que dicten las Comunidades Autónomas, podrán abarcar los siguientes extremos:

a) Informar los deslindes del dominio público marítimo-terrestre.
b) Informar las solicitudes de reservas, adscripciones, autorizaciones y concesiones para la ocupación y aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre.
c) Explotar, en su caso, los servicios de temporada que puedan establecerse en las playas por cualquiera de las formas de gestión directa o indirecta previstas en la legislación de Régimen Local.
d) Mantener las playas y lugares públicos de baño en las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad, así como vigilar la observancia de las normas e instrucciones dictadas por la Administración del Estado sobre salvamento y seguridad de las vidas humanas.

Artículo 115 declarado constitucional por Sentencia del Tribunal Constitucional 149/1991, 4 julio («B.O.E.» 29 julio), si se interpreta en el sentido fijado en su fundamento jurídico 7 C).

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l22-1988.t6.html


Ahora a mamarla a otro lado, gilipollas.

Arikitan

Bueno, entre tanto yo seguiré llamando a la policía cuando vea un perro en una playa no señalizada como playa permitida para perros. Bastante sucia la dejan ya los humanos (a algunos había que prohibirles ir) para también encontrar cacas de perros en el sitio donde juegan mis hijos.