Hace 13 años | Por olaolita a europapress.es
Publicado hace 13 años por olaolita a europapress.es

La Ertzaintza ha detenido en una vivienda del barrio Zabalgana de Vitoria a una mujer de 34 años por agredir con un cuchillo a su pareja, un hombre que sufrió una herida sangrante en el brazo. Según ha informado la Policía autonómica en un comunicado, cuando se procedió al arresto de la agresora, ésta se mostró muy agresiva con los agentes, a los que trató de golpear en repetidas ocasiones y a los que amenazó de muerte.

Comentarios

jorso

#7 A mi me han juzgado y absuelto por falta de pruebas de un delito de agresión en el ámbito familiar a raíz de una denuncia falsa. @jorso
Se bastante de lo que hablo.

v

#8 Yo he estado delante de un juzgado de violencia de género por un supuesto acoso telefónico.

Funcionó así:

- Ella no llevó ni facturas ni nada que demostrara que yo la llamaba.
- Presentó una denuncia VERBAL.
- Yo tube que llevar PRUEBAS para defenderme, sino sería condenado (presunto culpable)
- Demostré que era inocente.
- A ella no le dijeron NADA
- A mi me leyeron incluso las leyees de LEC sobre violencia de género (ya había demostrado que era inocente)
- Yo salí absuelto
- Ella se fue a su casa tan tranquila
- Yo tengo un documento que dice que una vez fue JUZGADO por violencia de Gënero


Los cojones es lo mismo que le va a ocurrir a esta.......

oso_69

"procedieron a su arresto acusada de un delito de violencia doméstica."

Si un hombre agrede a una mujer es violencia de genero, si la mujer agrede al hombre o a otra mujer, o el hombre agrede a otro hombre es violencia doméstica.

"VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL ÁMBITO PENAL
Para que exista violencia de género deberá concurrir:
1. VIOLENCIA FÍSICA, PSIQUÍCA O PSICOLÓGICA QUE PRODUZCA UN AGRAVIO
EN LA VIDA, INTEGRIDAD FÍSICA O MORAL, EN LA LIBERTAD, EN LA LIBERTAD
SEXUAL, EN LA CAPACIDAD DE DECISIÓN Y/O EN LA TRANQUILIDAD DE LA
VÍCTIMA.
2. QUE LA VÍCTIMA SEA RESPECTO AL AUTOR DEL DELITO ESPOSA, EX ESPOSA,
PAREJA, EX PAREJA (AUN SIN EXISTIR CONVIVENCIA) O CUALQUIER OTRA
ANÁLOGA RELACIÓN DE AFECTIVIDAD. (LO 1/2004 – ART 1. APART 1)
3. QUE ESA VIOLENCIA FÍSICA/PSÍQUICA O PSICOLÓGICA EXPRESE
DISCRIMINACIÓN DE LA MUJER, DESIGUALDAD O RELACIÓN DE PODER DE LOS
HOMBRES SOBRE LAS MUJERES.
(LO 1/2004 – ART 1. APART 3)
Son delitos de violencia de género:
1. El delito de violencia de género puede ser cualquier tipo delictivo contra las personas
(homicidio, lesiones, amenazas) dónde coincida lo anteriormente expuesto.
2. Son, únicamente delitos de violencia de género, por tanto de forma exclusiva los tipos
penales recogidos en los artículos 153.1 (por el que se eleva de falta a delito el maltrato de
obra, o el menoscabo psíquico leve) y 148.4 (delito de lesiones agravado) del Código Penal en
vigor.
Pongamos un ejemplo: un hombre mata a su mujer. No se trata de un delito de violencia de
género exclusivo, sino de un delito de homicidio que ha sido susceptible a convertirse en otra
figura delictiva especial teniendo en cuenta las figuras de los sujetos, tanto activo como
pasivo.
CONCLUSIÓN: En definitiva, son todos aquellos delitos en los que el objeto de protección
sea los bienes jurídicos personales – fundamentales de la mujer; sobre los agravios de su
marido, ex marido o pareja que conviva o haya convivido con ella."


"VIOLENCIA DOMÉSTICA EN EL ÁMBITO PENAL
Para que exista violencia doméstica debe concurrir:
1. VIOLENCIA FÍSICA, PSIQUÍCA O PSICOLÓGICA QUE PRODUZCA UN AGRAVIO
EN LA VIDA, INTEGRIDAD FÍSICA O MORAL, EN LA LIBERTAD,EN LA LIBERTAD
SEXUAL, EN LA CAPACIDAD DE DECISIÓN Y/O EN LA TRANQUILIDAD DE LA
VÍCTIMA.
2. QUE LA VÍCTIMA SEA REFERENTE A SU AUTOR, MIEMBRO DEL MISMO
NÚCLEO FAMILIAR. (ascendientes, descendientes, hermanos de naturaleza o de
adopción, menores o incapaces que convivan con el autor o sea éste el sujeto que ejerza
su potestad, conyugue siempre que no sea susceptibles de ser víctimas de violencia de
género). ART 173.2 DEL CP.
3. QUE SE APRECIE HABITUALIDAD, DEFINDIDA COMO TAL POR PROXIMIDAD
TEMPORAL ENTRES DIVERSOS ACTOS VIOLENTOS, INDEPENDIENTEMENTE DE SI
SON DIFERENTES LAS VÍCTIMAS O SI YA HAN SIDO ACTOS JUZGADOS O NO.
Son delitos de violencia doméstica:
1. Los recogidos en el artículo 173.2 de forma exclusiva.
2. Los recogidos en el artículo 153.2 por el que se eleva a delito las faltas (lesiones leves o
mal trato) cuando las víctimas son las recogidas en el 173.2)
NOTA:
Existen ciertos casos que se pueden incluir dentro de la violencia doméstica pero no
entran dentro de la habitualidad. Es decir, el legislador ha previsto incluir en este
término(VD) a los delitos del 153.2 aun siendo conductas únicas y puntuales. (que
recordemos eran lesiones o menoscabos constitutivos de falta que habían sido elevados a
delito).
Razón: con dicha lesión, o menoscabo leve, vejación, etc... aún siendo un acto singular atenta
o amenaza, e incluso lesiona la integridad moral de las víctimas, que recordemos pertenecen
al mismo núcleo familiar que el agresor."

http://www.coet.es/Apunts_Policials/Violencia_Domestica/Coet_APUNTES_vd_BERTONE.pdf

o

Condenada a dos años por intentar matar a su compañero de dos puñaladas

Hace 13 años | Por olaolita a ideal.es


Aqui un ejemplo, dos añitos, ni siquiera pisara la carcel si no tiene antecedentes.

v

Esta saldrá sin pena ninguna, que os apostais?

jorso

#1 c&p del artículo: los ertzainas redujeron a la mujer y procedieron a su arresto acusada de un delito de violencia doméstica.

Exactamente igual que si el agresor hubiese sido el hombre. ¿Qué te hace pensar que tras la detención la mujer no va a pasar a disposición judicial al igual que hubiese ocurrido en el caso contrario?

jorso

#3 No como en los casos del hombre donde es presunto culpable

Disculpa, la presunción de inocencia te la otorga la constitución española, independientemente de que seas hombre o mujer.
En este caso, en el que la agresora es la mujer, está detenida y va a pasar a disposición judicial de igual modo que si hubiera sido el caso contrario.

v

#6 Tu no pasas por los juzgados desde hace mucho verdad? no has leido mnm y sus leyes desde hace mucho verdad? Tu vives en España o eres extranjera?

bosomu

#3 Por desgracia la ley la hicieron no para defender a la víctima de la violencia de género, sea ésta el hombre o la mujer, sino para beneficiar a la mujer. Basta que la mujer denuncie, para que el hombre sea detenido y pase a disposición judicial y se adopten todo tipo de medidas cautelares en garantía de la mujer. Me parecería genial si en el caso de denunciar el hombre pasara lo mismo, pero no es así. Tal y como está redactada la ley, la presunción de inocencia del hombre se la han cargado y de paso también el principio de igualdad. Eso sí, la ley quedó de lo más progre.
Por cierto, se avecinan nuevos cambios en el código civil, también relacionados con la violencia de género, en materia de tutela, patria potestad y sucesiones. Cambios que por cierto no hacen falta pues en estas materias ya contemplan supuestos de violencia entre los cónyuges, pero supongo que la Ministra estará demasiado ocupada para leerse los articulos que pretende modificar o que simplemente no le gustará la redacción. Por desgracia, seguro que aquí tampoco se trata al hombre y la mujer con igualdad, y si no, al tiempo.

o

#2 Ademas al no haber "motivacion machista" la pena de haberla sera mucho menor.

a

En el código penal existen diversos tipos de agravantes: despoblado, alevosia, nocturnidad ... etc, así como tambien hay atenuantes.

Durante la dictadura nacional-católica habia el agravante de desprecio de sexo en algunos delitos cuando la víctima fuese mujer. Con la llegada de la democracia, y a instancias de organizaciones feministas, que buscan la igualdad (también en el ámbito juridico)se eliminó el agravante de desprecio de sexo ( eso del sexo débil es una estupidez) asi como se eliminaron todas las leyes y normas sexistas. Pero con el tiempo estas han vuelto mas o menos camufladas.

Por cierto eso de rapados con ropa paramilitar... te ha quedado de lujo, y sí, sí eso es agravante: racismo y también el de pertenencia a banda armada. Te quedo bien, pero demagógico. Aunque eso no son leyes racistas ni discriminatorias.

D

#24 A ver, tú empiezas a insultar y está bien. Yo insulto y soy agresiva. Lo mío será falta de empatía (aunque no sé a qué ha venido eso), pero lo tuyo es falta de lógica.

a

En España, si una persona agrede a su cónyuge, tal como en esta noticia, lo primero que se hace por las leyes feminazis, sexistas y discriminatorias, es pedir un informe al sexador y según sea el sexo de la víctima y de la persona agresora se aplica una ley u otra. Esto es por tener leyes sexistas y discriminatorias.

Y luego hablan de igualdad... amosnomejodas.

D

Un grupo de negros acuchilla a un blanco: se les juzga por intento de asesinato.
Un grupo de blancos acuchilla a un negro: (quedan monísimos en la ficha policial, rapados con su ropa paramilitar) se les juzga por intento de asesinato con el agravante de racismo.

Si estás en contra de que ocurran estas injusticias, pulsa el botón rojo.

o

#14 Y por que iba nadie a votarte negativo por un comentario sin pies ni cabeza?

D

#16 ¿Estás en contra de las circunstancias agravantes o atenuantes en el derecho penal? Entonces no hay más que hablar.

#15 Tengo la teoría de que tu misginia surgió a base de pagar fantas. Las bebidas carbonatadas pueden ser nefastas para el cerebro. Venga, inténtalo otra vez.

s

#18 ¿Estás en contra de las circunstancias agravantes o atenuantes en el derecho penal?

¡qué salida por la tangente más fabulosa! Eres un maestro. Te admiro.

Estoy en contra de los prejuicios:
-Un grupo de blancos agrediendo a un negro: racismo.
-Un grupo de negros agrediendo a un blanco: no hay racismo. ¿ah no? ¿y por qué no?

Por prejuicios.

o

#18 Lo que? lol De todos modos lo mio es misidiotia.

D

#20 ¿Alergia a tí mismo? Buf, lo siento, eso tiene que doler...

o

#21 Culturizare, anda. No utilices palabros que no sabes lo que significan. Y si los empleas al menos escribelos correctamente.

D

#22 Culturízate. Esdrújula. Gilipollas.

Me has hecho polvo con tu comentario. Voy a devolver mi beca de aprovechamiento excelente, no me la merezco...

o

#23 Vale, no hay por donde habrar contigo. Eres demasiado agresiva. Entiendo que te des por aludida cuando se cuelgan noticias sobre mujeres extremadamente violentas. Deberias ir a terapia, ya sabes, intentar controlar tus impulsos y desarrollar la empatia de la cual haces gala por su ausencia. Que te mejores.

s

#14 En efecto. Has planteado un caso donde se juzga en base a prejuicios, no solamente en base a los hechos.