Cuando uno es residente en otro país que no sea España pierde el derecho a la asistencia sanitaria española pero en ciertos casos se puede obtener el derecho. Es decir, no pero sí. Por ejemplo, un trabajador español que se va a trabajar a otro país tiene derecho a la seguridad social (por ejemplo, la visita al médico) como cualquier otro español si y sólo si:
#2:
#1 No, tienes que ser cooperante, da igual si cura o laico, y tributar trimestralmente tu cotización.
Puedes buscar en google.
INSS Convenio especial para los emigrantes españoles e hijos de estos que trabajen en el extranjero y seglares, misioneros y cooperantes
Gracias a este convenio especial que se suscribe con el Estado y que implica un pago trimestral a la Seguridad Social, se mantiene la condición de asegurado y su estatuto no cambia independientemente de que se encuentre en el extranjero o en España.
#1:
si eres cura, monja o perteneciente a una congregacion religiosa, si
#1 No, tienes que ser cooperante, da igual si cura o laico, y tributar trimestralmente tu cotización.
Puedes buscar en google.
INSS Convenio especial para los emigrantes españoles e hijos de estos que trabajen en el extranjero y seglares, misioneros y cooperantes
Gracias a este convenio especial que se suscribe con el Estado y que implica un pago trimestral a la Seguridad Social, se mantiene la condición de asegurado y su estatuto no cambia independientemente de que se encuentre en el extranjero o en España.
#1
- eres cura, monja o perteneciente a una congregación religiosa perteneciente al Opus Dei
- tener un familiar con cargo en el PP
- ser Carromero
- todas las anteriores
#11 Tampoco, insisto. Lo que tendrías es que solicitar la tarjeta sanitaria para personas sin recursos, pero no se pierde el derecho a la asistencia sanitaria (haya suscrito el convenio o no)
Es todo legal, pero resulta curioso como miramos el dedo en vez de la luna. Todo parece "correcto" con respecto a la repatriación. Aunque es cierto que queda cierta duda, respecto a si hubiese sido un laico, la presteza con la que se ha actuado.
Lo importante es. ¿Qué cojones hace desmantelada una planta que hace falta en el hospital?
El responsable de esto debería estar en la puta calle. ¿Nos gastamos el dinero en cerrar y abrir plantas como idiotas? ¿No nos va a costar el doble ahora? ¿Qué hacemos si vienen más casos?
#9 Disculpa el negativo, se me fue el dedo. Te compenso más arriba.
No, te equivocas. A lo que te da derecho es a percibir las prestaciones derivadas de esa cotización (paro, maternidad, etc). Ese concepto de seguridad social vinculada a la prestación sanitaria, pese a seguir muy extendido, es erróneo. Lo transformó la Ley General de Sanidad para permitir el acceso al sistema de salud independientemente de la situación laboral.
Lo diré por enésima vez. La "visita al médico" no tiene nada que ver con la seguridad social. Desde 1986 nuestro sistema sanitario es universal y financiado con fondos públicos (sistema nacional de salud) y no con cuotas de trabajadores.
La seguridad social es un fondo pagado con cuotas de trabajadores/empresa/estado que financia prestaciones vinculadas al trabajo (maternidad, desempleo, jubilación...) pero no financia el sistema sanitario, que incluye a trabajadores y no trabajadores. El sistema sanitario se financia directamente a través de presupuestos generales (que salen de impuestos y de cualquier otro ingreso que tenga el estado)
Mirando la normativa con cuidado, hay que presentar papeles en el Instituto Nacional de la Seguridad Social y ellos reconocen o no el derecho a asistencia sanitaria. Y después parece ser que hay que pedir una tarjeta sanitaria nueva. La que ya se tuviera antes supongo que no sirve de nada. #6, de universal nada. Si no se reconoce el derecho a asistencia sanitaria en el INSS el médico no te atiende, o te pasa la factura luego...
Comentarios
si eres cura, monja o perteneciente a una congregacion religiosa, si
#1 No, tienes que ser cooperante, da igual si cura o laico, y tributar trimestralmente tu cotización.
Puedes buscar en google.
INSS Convenio especial para los emigrantes españoles e hijos de estos que trabajen en el extranjero y seglares, misioneros y cooperantes
Gracias a este convenio especial que se suscribe con el Estado y que implica un pago trimestral a la Seguridad Social, se mantiene la condición de asegurado y su estatuto no cambia independientemente de que se encuentre en el extranjero o en España.
#1
- eres cura, monja o perteneciente a una congregación religiosa perteneciente al Opus Dei
- tener un familiar con cargo en el PP
- ser Carromero
- todas las anteriores
#4 Te olvidas de los kikos (neocatecúmenos)y de los Legionarios de Cristo.
#11 Tampoco, insisto. Lo que tendrías es que solicitar la tarjeta sanitaria para personas sin recursos, pero no se pierde el derecho a la asistencia sanitaria (haya suscrito el convenio o no)
Es todo legal, pero resulta curioso como miramos el dedo en vez de la luna. Todo parece "correcto" con respecto a la repatriación. Aunque es cierto que queda cierta duda, respecto a si hubiese sido un laico, la presteza con la que se ha actuado.
Lo importante es. ¿Qué cojones hace desmantelada una planta que hace falta en el hospital?
El responsable de esto debería estar en la puta calle. ¿Nos gastamos el dinero en cerrar y abrir plantas como idiotas? ¿No nos va a costar el doble ahora? ¿Qué hacemos si vienen más casos?
#8 Pero el pago de esas cotizaciones, da derecho al volver a España tener atención sanitaria
#9 Disculpa el negativo, se me fue el dedo. Te compenso más arriba.
No, te equivocas. A lo que te da derecho es a percibir las prestaciones derivadas de esa cotización (paro, maternidad, etc). Ese concepto de seguridad social vinculada a la prestación sanitaria, pese a seguir muy extendido, es erróneo. Lo transformó la Ley General de Sanidad para permitir el acceso al sistema de salud independientemente de la situación laboral.
#10 Ok, digamos que al volver tendrían tarjeta sanitaria.
Si no pagas a la SS te quitan la tarjeta sanitaria.
NO!
luego recurre y a lo mejor ya tal...
Lo diré por enésima vez. La "visita al médico" no tiene nada que ver con la seguridad social. Desde 1986 nuestro sistema sanitario es universal y financiado con fondos públicos (sistema nacional de salud) y no con cuotas de trabajadores.
La seguridad social es un fondo pagado con cuotas de trabajadores/empresa/estado que financia prestaciones vinculadas al trabajo (maternidad, desempleo, jubilación...) pero no financia el sistema sanitario, que incluye a trabajadores y no trabajadores. El sistema sanitario se financia directamente a través de presupuestos generales (que salen de impuestos y de cualquier otro ingreso que tenga el estado)
#6 Es universal si vives en España, si eres cooperante tienes y llevas años residiendo en el extranjero tienes que pagar la Seguridad Social para eso.
#7 El convenio que mencionas es de la seguridad social (no del sistema de salud) y tiene por objeto equiparar las cotizaciones y las prestaciones vinculadas al trabajo. No tiene nada que ver con la asistencia sanitaria. http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/Conveniosparatrabaj43031/Convenioespecialpar4224/index.htm#4230
Mirando la normativa con cuidado, hay que presentar papeles en el Instituto Nacional de la Seguridad Social y ellos reconocen o no el derecho a asistencia sanitaria. Y después parece ser que hay que pedir una tarjeta sanitaria nueva. La que ya se tuviera antes supongo que no sirve de nada. #6, de universal nada. Si no se reconoce el derecho a asistencia sanitaria en el INSS el médico no te atiende, o te pasa la factura luego...