Así lo ha indicado el rector, Javier Ramos, en el informe ejecutivo remitido a los miembros de la comunidad universitaria que ha presentado este viernes durante la reunión del Consejo de Gobierno de la institución.
#3:
"Lamentamos haber tardado tanto en elaborarla encontrarla ", se han disculpado desde la universidad.
#10:
Entonces tenemos que Pablo Casado tiene un título de pacotilla, pero no es eso lo importante. Lo relevante ahora mismo es la irregularidad monumental de que el acta de convalidaciones esté firmada por el rector, cuando tal cosa no ocurre bajo ninguna circunstancia.
Las convalidaciones son materia interna de los departamentos o de los institutos universitarios, y quienes presiden tales comisiones son los directores de departamento o los directores de instituto universitario. En este caso, siendo que el título estaba gestionado por el IDP, la firma que tenía que figurar en el acta es la de Enrique Álvarez Conde, y la de nadie más. En esas comisiones se reúnen los profesores cuyas asignaturas están implicadas en la convalidación, así como el director del departamento o de la titulación. Explicados los pareceres, el director valida la convalidación, y ahí acaba la cosa. Desde luego que no escala hasta el rectorado.
#24:
#23 Lo que dice la sentencia de la juez es que, aunque la noticia resultó ser falsa, se encontraba amparada por el principio de veracidad informativa. Lo tienes en la sentencia, fundamento de derecho CUATRO, página 7. https://drive.google.com/file/d/0B_tKdXSL9NDEdlVRS2dsaUJPdEk/view
Esto es lo que significa veracidad informativa.
Veracidad informativa
La exigencia de veracidad de la información que requiere la jurisprudencia para amparar una determinada noticia no se identifica con la verdad material ni con una realidad incontrovertible, sino que solo obliga a que el informador haya realizado un previo contraste de lo que transmite como hechos con datos objetivos, sin excluir errores o inexactitudes, y tiene por objeto hacer cumplir al informador un deber específico de diligencia en la búsqueda de la verdad de la noticia y en la comprobación de la información difundida.
Diccionario de Español Jurídico, RAE en colaboración con el CGPJ.
Entonces tenemos que Pablo Casado tiene un título de pacotilla, pero no es eso lo importante. Lo relevante ahora mismo es la irregularidad monumental de que el acta de convalidaciones esté firmada por el rector, cuando tal cosa no ocurre bajo ninguna circunstancia.
Las convalidaciones son materia interna de los departamentos o de los institutos universitarios, y quienes presiden tales comisiones son los directores de departamento o los directores de instituto universitario. En este caso, siendo que el título estaba gestionado por el IDP, la firma que tenía que figurar en el acta es la de Enrique Álvarez Conde, y la de nadie más. En esas comisiones se reúnen los profesores cuyas asignaturas están implicadas en la convalidación, así como el director del departamento o de la titulación. Explicados los pareceres, el director valida la convalidación, y ahí acaba la cosa. Desde luego que no escala hasta el rectorado.
#23 Lo que dice la sentencia de la juez es que, aunque la noticia resultó ser falsa, se encontraba amparada por el principio de veracidad informativa. Lo tienes en la sentencia, fundamento de derecho CUATRO, página 7. https://drive.google.com/file/d/0B_tKdXSL9NDEdlVRS2dsaUJPdEk/view
Esto es lo que significa veracidad informativa.
Veracidad informativa
La exigencia de veracidad de la información que requiere la jurisprudencia para amparar una determinada noticia no se identifica con la verdad material ni con una realidad incontrovertible, sino que solo obliga a que el informador haya realizado un previo contraste de lo que transmite como hechos con datos objetivos, sin excluir errores o inexactitudes, y tiene por objeto hacer cumplir al informador un deber específico de diligencia en la búsqueda de la verdad de la noticia y en la comprobación de la información difundida.
Diccionario de Español Jurídico, RAE en colaboración con el CGPJ.
#25 Y cuyo resultado era mentira... #23 Lo que dice la sentencia de la juez es que, aunque la noticia resultó ser falsa, se encontraba amparada por el principio de veracidad informativa. Lo tienes en la sentencia, fundamento de derecho CUATRO, página 7.
#27#23 Lo que dice la sentencia de la juez es que, aunque la noticia resultó ser falsa, se encontraba amparada por el principio de veracidad informativa. Lo tienes en la sentencia, fundamento de derecho CUATRO, página 7.
#27 Peor aún, dice que es irrelevante que sea cierta o no...
Por otro lado, uno acaba por creer que la función de una denuncia es demostrar que hay un delito. En este caso, no hubo pruebas de que existiera, ergo, era falsa.
#27CUARTO- La verdadera cuestión debatida en el presente procedimiento es la veracidad de la información publicada por los demandados, segunda premisa a valorar en la ponderación entre el derecho al honor y el derecho a la información.
Por veracidad debe entenderse el resultado de una razonable diligencia por parte del informador para contrastar la noticia de acuerdo con pautas profesionales ajustándose a las circunstancias del caso, aun cuando la información, con el transcurso del tiempo, puede más adelante ser desmentida o no resultar confirmada (STC 139/2007, Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de febrero de 2017, 80/2017).
Por ello, aunque se fundamenta la demanda y se insiste en poner de relieve la falsedad de los hechos publicados, lo cierto es que tal dato resulta irrelevante para valorar la prevalencia del derecho a la información de los demandados frente al derecho al honor del Sr. Iglesias.
Negritas presentes en el propio documento. https://drive.google.com/file/d/0B_tKdXSL9NDEdlVRS2dsaUJPdEk/view
#42 No volveré a hacerlo. Ha sido un error de comprensión mío en cuanto a la interpretación de la locución "se fundamenta".
Todo lo demás que pongo en mi comentario anterior es lo que acredita la falsedad.
Jajaja, credibilidad cero, ni el massmierda de OKdiararrea, ni esa supuesta universidad, ni quien ha subido la noticia. Vamos a invokar a los PPalmeros para que pasen la bayeta con lejía a master Casado.
#5 ¿Diez años en el archivo de una universidad? Mi más sentido pésame al administrativo que ha tenido que bucear para encontrarlo. Le recomiendo zotal para quitarse de encima todo lo que le ha caído mientras revolvía las cajas.
"Si no quieres que te funda la uni por haberte inventado los papeles de la Cifu, tienes que inventarte otros, pero en estos no te pueden pillar, así que cúrratelos bien."
Comentarios
"Lamentamos haber tardado tanto en
elaborarlaencontrarla ", se han disculpado desde la universidad.Entonces tenemos que Pablo Casado tiene un título de pacotilla, pero no es eso lo importante. Lo relevante ahora mismo es la irregularidad monumental de que el acta de convalidaciones esté firmada por el rector, cuando tal cosa no ocurre bajo ninguna circunstancia.
Las convalidaciones son materia interna de los departamentos o de los institutos universitarios, y quienes presiden tales comisiones son los directores de departamento o los directores de instituto universitario. En este caso, siendo que el título estaba gestionado por el IDP, la firma que tenía que figurar en el acta es la de Enrique Álvarez Conde, y la de nadie más. En esas comisiones se reúnen los profesores cuyas asignaturas están implicadas en la convalidación, así como el director del departamento o de la titulación. Explicados los pareceres, el director valida la convalidación, y ahí acaba la cosa. Desde luego que no escala hasta el rectorado.
#23 Lo que dice la sentencia de la juez es que, aunque la noticia resultó ser falsa, se encontraba amparada por el principio de veracidad informativa. Lo tienes en la sentencia, fundamento de derecho CUATRO, página 7.
https://drive.google.com/file/d/0B_tKdXSL9NDEdlVRS2dsaUJPdEk/view
Esto es lo que significa veracidad informativa.
Veracidad informativa
La exigencia de veracidad de la información que requiere la jurisprudencia para amparar una determinada noticia no se identifica con la verdad material ni con una realidad incontrovertible, sino que solo obliga a que el informador haya realizado un previo contraste de lo que transmite como hechos con datos objetivos, sin excluir errores o inexactitudes, y tiene por objeto hacer cumplir al informador un deber específico de diligencia en la búsqueda de la verdad de la noticia y en la comprobación de la información difundida.
Diccionario de Español Jurídico, RAE en colaboración con el CGPJ.
#24 Cállate. Lo que quedó acreditado es que no había manipulación alguna como algunos queríais vender. Eran investigaciones reales.
#25 Y cuyo resultado era mentira...
#23 Lo que dice la sentencia de la juez es que, aunque la noticia resultó ser falsa, se encontraba amparada por el principio de veracidad informativa. Lo tienes en la sentencia, fundamento de derecho CUATRO, página 7.
#26 ¿Puedes enlazarme dónde dice la juez que la noticia es falsa?
#27 #23 Lo que dice la sentencia de la juez es que, aunque la noticia resultó ser falsa, se encontraba amparada por el principio de veracidad informativa. Lo tienes en la sentencia, fundamento de derecho CUATRO, página 7.
#27 Peor aún, dice que es irrelevante que sea cierta o no...
Por otro lado, uno acaba por creer que la función de una denuncia es demostrar que hay un delito. En este caso, no hubo pruebas de que existiera, ergo, era falsa.
#31 Es decir, la sentencia no dice que la información sea falsa.
Gracias.
#32 Dice que le da igual que lo sea, lo que unido a que no se ha demostrado que sea verdad...
#33 Es decir, la sentencia no dice que sea mentira.
Gracias.
#35 Dice que le da igual que lo sea, lo que unido a que no se ha demostrado que sea verdad...
Deberia irse revisando el caso la jueza...
#37 ¿En qué universidad obtuviste el doctorado en derecho?
#38 https://www.urjc.es/
#39 Así se explica.
#27 CUARTO- La verdadera cuestión debatida en el presente procedimiento es la veracidad de la información publicada por los demandados, segunda premisa a valorar en la ponderación entre el derecho al honor y el derecho a la información.
Por veracidad debe entenderse el resultado de una razonable diligencia por parte del informador para contrastar la noticia de acuerdo con pautas profesionales ajustándose a las circunstancias del caso, aun cuando la información, con el transcurso del tiempo, puede más adelante ser desmentida o no resultar confirmada (STC 139/2007, Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de febrero de 2017, 80/2017).
Por ello, aunque se fundamenta la demanda y se insiste en poner de relieve la falsedad de los hechos publicados, lo cierto es que tal dato resulta irrelevante para valorar la prevalencia del derecho a la información de los demandados frente al derecho al honor del Sr. Iglesias.
Negritas presentes en el propio documento.
https://drive.google.com/file/d/0B_tKdXSL9NDEdlVRS2dsaUJPdEk/view
#34 Por ello, aunque se fundamenta la demanda y se insiste en poner de relieve la falsedad de los hechos publicados
El demandante pone de relieve la falsedad de los hechos. La sentencia no dice que sean falsos.
Gracias.
#36 También es que eso no era objeto de la sentencia, sino si el derecho al honor prevalece sobre el derecho a la información, aunque la información que se presente sea falsa.
Lo que acredita la falsedad del documento es el cúmulo de irregularidades que presenta.
Para empezar, no coincide con las especificaciones de ese tipo de documentos (registro de pago directo). Aquí puedes verlo en las páginas 45 y 46.
http://www.oncop.gob.ve/site/src/archivos/SIGECOF/manuales-funcionales/REGISTRO%20DE%20PAGO%20DIRECTO.pdf
Para continuar, la cuenta no coincide con la numeración de las cuentas de EuroPacific Bank, que tienen 8 dígitos, no 11. Además, siempre empiezan por 1
http://electomania.es/desmienten-los-documentos-publicados-sobre-un-pago-de-venezuela-a-pablo-iglesias/
El número de cuenta mostrado en el documento de Inda no corresponde con los códigos de cuenta del EuroPacific Bank
https://pbs.twimg.com/media/Chz46D0W0AI3Lhu.jpg
El banco desmintió la noticia
https://europacbank.com/support/response-false-okdiario-article/
El ministerio venezolano también
http://www.eldiario.es/politica/Ministerio-Finanzas-venezolano-supuestos-Podemos_0_513398687.html
#41 También es que eso no era objeto de la sentencia
Pues no volváis a exhibirla como prueba de que la noticia era falsa.
#42 No volveré a hacerlo. Ha sido un error de comprensión mío en cuanto a la interpretación de la locución "se fundamenta".
Todo lo demás que pongo en mi comentario anterior es lo que acredita la falsedad.
Jajaja, credibilidad cero, ni el massmierda de OKdiararrea, ni esa supuesta universidad, ni quien ha subido la noticia. Vamos a invokar a los PPalmeros para que pasen la bayeta con lejía a master Casado.
#12 Pues El diario también dice que la Universidad ha enviado nueva documentación:
https://m.eldiario.es/politica/Ministerio-Educacion-Casado-normativa-vigente_0_784972276.html
#17 Si yo no digo que no la haya enviado. Lo que digo es que posiblemente sea tan falsa como la que presentó para justificar lo de la Cifuguapi.
#17 Otra fuente;
https://www.madridiario.es/457619/la-urjc-da-con-la-documentacion-que-completa-el-expediente-de-casado
¿Se ven nuevecitos o me lo parece a mi?
#23 El Congreso confirma el uso político de Interior bajo el mandato de Fernández Díaz
http://www.europapress.es/nacional/noticia-congreso-confirma-uso-politico-interior-mandato-fernandez-diaz-20170921124252.html
#29 ¿La oposición votando contra el Gobierno?
Esto es nuevo. Nunca había ocurrido.
#30 El Supremo archiva la causa contra Pablo Iglesias y Errejón y desprecia el falso informe PISA
http://www.publico.es/politica/supremo-archiva-causa-pablo-iglesias.html
¿Te vale así?
#45 Noticia de hace dos años.
A seguir disparando que igual acertáis.
O no la habian escondido lo suficiente, o lo han falsificado muy rápido.
Dependiendo de la ideología, se creera una cosa u otra
#5 ¿Diez años en el archivo de una universidad? Mi más sentido pésame al administrativo que ha tenido que bucear para encontrarlo. Le recomiendo zotal para quitarse de encima todo lo que le ha caído mientras revolvía las cajas.
Esta noticia debe ser del interés de@iescolar.
OkSpam
"Si no quieres que te funda la uni por haberte inventado los papeles de la Cifu, tienes que inventarte otros, pero en estos no te pueden pillar, así que cúrratelos bien."
Sé que me van a meter muchos negativos por enviar un enlace de OKdiario, pero, aún así, la enviaré.
#2 Lo único que te honra es que pareces el capitán de una chalupa del titanic no importa si el barco se hundió tu en tu barca viento en popa.
#13 Tú no eres nadie para decidir sobre mi honra.
Relacionada:
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eldiario.es#1 Joder cuantos negativos a esta noticia se ve que has fastidiado muchos...
#1 ¿Los papeles son tan buenos como éstos?
http://www.publico.es/politica/trama-mediatica-manipulo-eduardo-inda.html
#19 Iglesias pierde el juicio contra Inda y es condenado a pagar 30.000 euros en costas:
http://www.periodistadigital.com/politica/justicia/2018/05/13/pablo-iglesias-condenado-a-pagar-30-000-euros-en-costas-judiciales.shtml
Una noticia no la verás por aquí. Deberías informarte por otros sitios. No muerden.
#20 Ese juicio era sobre el "honor" del coletas. Ya estaba acreditado que la noticia era falsa.
https://www.elplural.com/politica/2017/04/18/pablo-iglesias-pierde-la-batalla-judicial-por-su-honor-contra-eduardo-inda-y
#21 Lo que se acreditó es que las fuentes eran fiables y que no había manipulación alguna.
¿Y para Cifu no hay pruebas que exoneran? Ohhhh
Por cierto, OkCuñao recibió una buena suma del PP a modo de subvención,así que lo que digan no tiene credibilidad alguna.
Han tenido tiempo de sobras para preparar algo creíble.