Hace 9 años | Por diprosio a spvt.org
Publicado hace 9 años por diprosio a spvt.org

Nuestro actual ministro del interior (...) quiere sancionar una nueva ley de ‘seguridad ciudadana’. Pues bien, en dicho proyecto se considera falta grave (número 26 en la lista de faltas del proyecto de ley): “El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información.”

Comentarios

S

#3 Bonita frase destinada a ganar karma. Te habrás quedado agusto, supongo que el conocimiento de la ley y la exposición objetiva te la dejas en el tintero porque no te interesa.

RFK80

#29 doy fé, Guardias civiles corruptos, policias que son seguratas con autoridad, canis que pasaron notas de corte de un 3 !!!! para entrar, es lo que hay, pero cuando los perros cambien de amo, veremos a quien le falta la comida

S

#29 No, no está prohibido pero nada, tu sigue en tu línea.

Agente es con "G".

D

#36 Gracias por la corrección.

Yo no he dicho que esté prohibido, he dicho que lo quieren prohibir y el porqué creo que lo quieren prohibir.

El primer 'tu' que has escrito es con tilde.

S

#59 Ni está prohibido ni lo quieren prohibir.

Mírate este vídeo anda:

D

#60 Mmmm bueno, eso es lo que dice él, y yo de lo que le dicen esa gente al populacho no me creo absolutamente nada.

Todo esto dicho desde mi completa ignorancia.
(Vamos que ahora dudo si sí o si no.)

S

#61 Pues léete el anteproyecto porque lo que dice el ministro es lo que la futurible ley va a regular.

v

#3 El abuso de poder es algo muy habitual. Yo los he sufrido mucho;desde pararme en un control de carretera y hablarme de malos modos, con mala educación e incluso gritos, todo ello de manera gratuita, hasta multarme por patinar en una plaza pese a no tener patín y para más inri estar con un esguince.

D

#7 Ya ves, ni que el jefe de la oposición lleve un año en la cárcel con un juicio secreto.

D

#19 El mejor ZAS en toa la boca que he tenido ocasión de leer por estos lares.

D

#31 En serio es un ZAS defender a Otegi como artífice del desarme?

CerdoJusticiero

#32 ¿En serio no crees que Otegi ha empujado a una de las facciones más grandes de la izquierda abertzale a dejar de apoyar la lucha armada y circunscribir sus actividades políticas a los mecanismos democráticos y de desobediencia civil?

Te podrá caer mejor o peor y podrás decir que lo ha hecho por pragmatismo en lugar de por conciencia, pero está claro que en el debate entre los que querían seguir con las pistolas y los que no Otegi se ha significado claramente dentro del segundo grupo.

Ahora bien, considerarle el artífice exclusivo del desarme claramente es una exageración. Por eso nadie lo ha hecho.

D

#32 No creo que seas tan tonto como para pensar que van por ahí los tiros. Si no lo entiendes que te lo explique un juez. Otegi ha hecho más por el fin de ETA que todos los presidentes de España juntos, así que a callar la bocota campeón, que el discurso antiterrorista para mongolitos a mi no me seduce.

D

#35 Pues sí, creo que me callaré la bocota, porque no es de mi agrado hablar con gente que defiende a los proetarras.

D

#40 Yo defiendo a quien me sale de los cojones, sea de la ETA o del coño de su madre. Su ley-farsa antiterrorista para subvencionar a amigos del fascismo me la suda muchísimo y no me da ningun miedo.

D

#42 Primero diciendo que ojalá los policías se mueran de cáncer, y luego defendiendo a etarras. Si, es usted una maravilla de persona.

D

#54 ¿A qué etarra he defendido yo? Espero que no lo digas por Otegi, que ni es etarra ni le he defendido. Te exijo que pongas un enlace, uno solo, a un comentario mio defendiendo a un etarra. Y de no ser asi, espero que sepas que acusar a alguien de defender etarras sin demostrarlo es bastante más grave y lesivo que llamar perros a la policía. Por un comentario así me puedes buscar un lío, asi que te recomiendo que te lo pienses dos veces antes de contestarme o vamos a tener un problema.

D

#55 ¿Que vamos a tener un problema? lol

¿Y que va a hacer? ¿Desear que me muera de cáncer? lol

Yo defiendo a quien me sale de los cojones, sea de la ETA


Ahí lo tiene. Le dejo con su rabia y su bilis, buenas tardes.

D

#14 jAJAJaajajajajja Uy si, Venezuela, donde no salen día si y día también en la tv privada llamando a dar golpes de Estado lol

S

#6 En ese caso mas que publicarlo en la web yo iría a un juzgado a presentar el vídeo en un CD.

WarDog77

#24 Si, esta bien, pero ¿y la libertad de información donde queda?

S

#47 Estoy hablando de la utilidad no de que se pueda o no se pueda hacer. Es igual de válido subirlo al facebook y llevarlo al juzgado pero es mas útil lo segundo si buscamos una consecuencia penal de la acción si la hubiera.

En ningún momento hay menoscabo a la libertad de información.

D

#4 La obligación de denunciar sobre todo, es de los compañeros, el día que un UIP denuncie a otro por abuso de autoridad el mundo implosiona.

earthboy

Se puede y se debe.

CerdoJusticiero

Claro, claro que se puede y sin problemas, decís algunos. Todos sabemos que precisamente la UIP es famosa por no agredir a quien quiere, inventarse cargos e intimidar a la gente, y que el único propósito de esta ley es terminar con una práctica muy extendida (?) consistente en subir a internet vídeos de policías para ir a su casa y agredirles, como ha pasado cientos de veces esta semana, acto que las leyes no penaban antes.

A tomar por culo.

ogrydc

Otro artículo a la buchaca en la que guardamos la cámara de filmar desahucios...

salteado3

Las cámaras son testigos sólidos.

El delincuente es el único que no quiere testigos.

ann_pe

"o en riesgo el éxito de una operación"

Pues que se multe a si mismo:

error-interior-compromete-operacion-guardia-civil-contra-entorno/c02#c-2

Hace 10 años | Por juvenal a elmundo.es

D

Claro que se puede, otra cosa es que den una paliza y luego tengas que pagar una multa por el desgaste de porra.

halcoul

Pixelando la cara. Fácil.

Kariyuga

Siempre se debe grabar a la policia, es la única manera que al verse grabado por centenares de cámaras el policia quizás se lo piense dos veces antes de saltarse la ley y abusar de su autoridad.

Muchos quedarian sorprendidos de las diferencias entre acciones, gestos y lenguaje utilizado por un agente que sabe que le están grabando y de otro que sabe que tiene libertad total de acción.

Cehona

No se que temen si un Policia está actuando correctamente. Estas leyes no están para concatenar legalidad con actuación policial ¿O si? Cada día se alejan más del pueblo, solo se autoprotejen.

D

#16 por seguridad de los policías, si tienes imágenes de que se está cometiendo un delito por parte de un policía te vas a un juzgado y lo denuncias y presentas las imágenes. Actualmente las fuerzas y cuerpos de seguridad están en la mira de los terroristas islámicos y que te saquen tu cara en medios de comunicación no es aconsejable porque le viene un majara por la calle ..le reconoce y le puede hacer algo a el o a su familia...hay mucho gilipollas suelto. Si alguno ve algún procedimiento que no crea correcto que se vaya al juzgado ....

S

#66 Es que no te van a multar a lo minority report pero si hacerte responsable de las imágenes grabadas y que aparezcan ya que tu eres responsable de su uso y divulgación.

Si tienen tus datos y casualidades de la vida las imágenes se editan vejando al policía y eres tú pues tienes un problema.

De todas formas no se ha desarrollado ni aplicado. Hasta que no se apruebe, se lea y se vea como se aplica no hay nada mas que elucubrar.

La cámara a día de hoy si se te retira se da trámite al juzgado para que: el juez la visione y sea él el que decida que hacer con las imágenes ya que todo ciudadano tiene derecho a la intimidad, aún siendo policía por mucho que a algunos les extrañe,y la ley 1/82 así lo ampara haciendo especial mención.

A día de hoy te pueden intervenir la cámara igualmente en determinados casos de derecho a la intimidad como puede pasar si grabas a otro ciudadano. E igualmente va al juzgado remitida.

Lo triste es leer a la gente hablando de elucubraciones casi deseando que esto sea una dictadura para querer tener razón o directamente inventándose cosas.

a

#68. #70. Ok. Vale.

javierchiclana

#68 Tu interesante comentario tira por tierra posibilidad de grabar sin repercusiones... si te intervienen el móvil puede ser un verdadero fastidio... quizá haya que llevar otro dispositivo distinto al móvil habitual.

¿Puede haber derecho a la intimidad en plena calle?
¿Hay unos casos delimitados para intervención de equipos de grabación o queda a interpretación policial?

S

#76 Hay derecho igual que si a ti una persona te planta un móvil en la cara y te graba solo a ti.

Hay multitud de sentencias alegando derecho a la intimidad. Leelos y encontrarás el razonamiento jurídico.

javierchiclana

#77 ¿Entonces se puede grabar o no, sin que quede a criterio policial retirarte la cámara para evitar que quede testimonio de un posible abuso?

S

#79 Claro peor como a cualquier persona siempre que no suponga una intromisión a su derecho a la intimidad. Léete la L.O.1/82 o busca información sobre ella para aclararte.

javierchiclana

#80 CAPÍTULO II

DE LA PROTECCIÓN CIVIL DEL HONOR, DE LA INTIMIDAD Y DE LA PROPIA IMAGEN

Artículo 7

Tendrán la consideración de intromisiones ilegítimas en el ámbito de protección delimitado por el artículo 2 de esta ley:

1. El emplazamiento en cualquier lugar de aparatos de escucha, de filmación, de dispositivos ópticos o de cualquier otro medio apto para grabar o reproducir la vida íntima de las personas.
2. La utilización de aparatos de escucha, dispositivos ópticos, o de cualquier otro medio para el conocimiento de la vida íntima de las personas o de manifestaciones o cartas privadas no destinadas a quien haga uso de tales medios, así como su grabación, registro o reproducción.
3. La divulgación de hechos relativos a la vida privada de una persona o familia que afecten a su reputación y buen nombre, así como la revelación o publicación del contenido de cartas, memorias u otros escritos personales de carácter íntimo.
4. La revelación de datos privados de una persona o familia conocidos a través de la actividad profesional u oficial de quien los revela.
5. La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo 8.2.

...

Artículo 8

1. No se reputarán, con carácter general, intromisiones ilegítimas las actuaciones autorizadas o acordadas por la Autoridad competente de acuerdo con la ley, ni cuando predomine un interés histórico, científico o cultural relevante.

2. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:

a) Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio, cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
b) La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.
c) La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.

Las excepciones contempladas en los párrafos a) y b) no serán de aplicación respecto de las autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato de la persona que las ejerza.

S

#81 La clave es el último párrafo que has puesto y lo que muchos jueces entienden como tal aplicado a la policía.

javierchiclana

#80 Se me pasó el tiempo para editar... la verdad es que es un galimatías que deja abiertos demasiados aspectos, imagino que calculado... si esta indefinición permite a la policía retirar cámaras a su criterio todo lo anterior es papel mojado.

2. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:

a) Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio, cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.
...
Las excepciones contempladas en los párrafos a) y b) no serán de aplicación respecto de las autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato de la persona que las ejerza.

D

En las dictaduras no se puede, hay lo dejo lol

salteado3

#45 Si tienes lo dejo, dame tres.

javierchiclana

La grabación en vídeo de un abuso policial es el mejor testimonio que se puede tener. Con los móviles de última generación todos tenemos una videocámara en el bolsillo y su impunidad por la veracidad del testimonio de autoridad pública se acaba.

Nunca está penalizado grabar, sólo publicar el vídeo en determinadas situaciones, así que la mejor manera de escamotear sus intenciones de intimidación es grabar masivamente. Cuanto más ciudadanos grabemos las actividades policiales más difícil será represaliar a unos pocos.

Varlak_

SE PUEDE GRABAR A UN POLICIA SIEMPRE. lo que no se puede es hacer un uso indebido de esas imagenes, pero si lo grabas solo y exclusivamente para darle ese video a un juez en caso de necesidad, no hay razon para que no te dejen (otra cosa es que se la inventen)

D

(...) No se crea que este es un asunto resuelto y zanjado ya hace años, cuando nuestra democracia representativa empezaba a consolidarse.(...)
La práctica totalidad de la nación española desconoce que la democracia representativa sólo es posible en votaciones diferenciadas a diputados y gobierno. O sea, diputados independientes de distrito, como Inglaterra, Francia o Suiza. España no tiene democracia porque vota listas, y el votar listas es lo que permite que los jefes de partido puedan sacar todo tipo de leyes contra la nación. Pero vamos, sigan aquí en menéame con sus pajas. Mentales.

mencabrona

Mi lectura: "se puede grabar, pero no se puede colgar en YouTube... Se coge en video y a denunciar al juzgado"

No intentan que se paren los abusos, lo que intentan es que no se hagan públicos...

S

#33 Nadie ha dicho eso.

Lo que no se va a poder hacer es coger una foto de un policía y que resulte ser tu vecino del quinto y poner sus datos, dirección etc en la foto o la matrícula de su coche.

Castiga el uso indebido poniendo en peligro la seguridad nada más.

Aquí tienes un vídeo que lo deja claro:



Son 5 minutos muy interesantes de ver para saber de lo que se habla.

S

#57 Efectivamente. Leeme en #64 y en #41 un vídeo.

amov

Solo si no te pillan

Barquero_

no, el numero que llevan es para memorizarlo solamente

polvos.magicos

Yo le diría al meapilas este que el que algo teme mucho debe, de lo contrario no haría falta ninguna ley que impidiera a los ciudadanos ejercer sus libertades.

capitan__nemo

¿Pero esto no es como en el reportaje de Corea del Norte cuando no permitían que se grabasen determinados lugares porque el lider iba a pasar por alli un rato?
Reportaje sobre Corea del Norte - En tierra hostil

S

#52 La diferencia es que aquí se hace en base a algo y no a una suposición.

capitan__nemo

#69 ¿Tu crees una suposición que las potencias enemigas quieran matar a Kim Jon Un?

De todas formas imagínate si el gobierno venezolano tiene bajo asilo a De Juana (el terrorista de eta liberado), los periodistas de el mundo le sacan unas fotos y les detienen a la salida del pais por delito grave contra la nación, por espionaje y por sacar imágenes de algo que puede dejar mal a la autoridad (este último cargo es el que encajaria con esta nueva legislación española)

S

#72 Pues supongo que estarías conmigo en que la libertad de prensa y de expresión que recoge nuestra constitución ampara esa publicación. Al igual que esos periodistas no darían la cara hasta salir del país, Venezuela, por si las moscas.

capitan__nemo

#73 Pero con esta nueva ley española los periodistas por si acaso tendrán que dejar de dar la cara aqui, y buscarse por si acaso un pais que les quiera dar asilo.

Los periodistas extranjeros que vengan sí se podrán volver a sus paises, pero ¿Y los locales?

El otro día emitieron esta peli
http://m.imdb.com/title/tt1073241/

S

#74 Claro que no. La nueva ley no dice nada de impedir el derecho a la información de un periodista o particular.

D

Se pena el uso no autorizado. Nadie dice que no se pueda grabar. Pero claro, hay que vender el apocalipsis de algún modo.

powernergia

#13 Cuando entre en vigor la ley, se empezaran a requisar cámaras en previsión de ese mal uso.

d

#13 Yo visto lo visto, del PP siempre espero lo peor (y aun así siempre me sorprenden a peor todavía).

a

Aquí estamos hablando de "uso", de "grabación autorizada", exhibición en internet o en juzgados...
La cuestión "se debatirá" en pleno follón de cargas y contracargas policiales. ¿Cree alguien que, en pleno follón y bastoneo de palos, podremos argumentar a los agentes que dichas imágenes no alterarán su seguridad y/o privacidad?
"Uso autorizado" ¿no implica el tener que pedir, antes, dicha autorización a alguien para grabar en una manifestación, por si acaso o, por lo menos, usar dichas imágenes?
¿Qué pasa si la manifestación en sí no ha sido autorizada? Las imágenes que grabes, aunque cumplan los difusos límites legales, ¿serán admisibles en un juzgado o ya serán ilegales desde su inicio por pertenecer a una manifestación ilegal?

S

#62 El uso se refiere a la vejación o posterior uso para poner en peligro a un agente. Eso no se produce cuando se graba sino cuando se publica en internet haciendo alusión a su domicilio, mentando a su madre o diciendo que es un tal o cual.

Ya se ha dicho mil veces que en ningún momento puede menoscabar el derecho a la información porque seria una medida anticonstitucional.

a

#64. Exacto, pero la cuestión es la que he apuntado. En medio de un follón de carreras y palos, ¿tu argumentación servirá para evitar que te lleves un palo o te requisen la cámara? Porque claro, ¿qué garantía le das al poli en ese momento de que no harás justamente lo que dices que no debe hacerse? Yo creo que los agentes tirarán por el camino de enmedio y ya será problema tuyo recuperar la cámara y probar que no ibas a hacer uso indebido de las imágenes.
O eso o permitir al 100% la grabación y perseguir, a posteriori, a los infractores que usen indebidamente esas imágenes.¿Encontrarán al inicial infractor en internet?

S

#66 “El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información.”

Aquí dice "uso" y no grabación como mucha gente mantiene y mas importante, de datos personales.

a

Grabarme el gebe

MrRobinson

Como sigan añadiendo reglas que les favorecen y nos perjudican, vamos a dejar de jugar y empezar a poner las nuestras.

falconcillo

En este caso como en taaantos otros relacionado con la policia, tanto locales como nacionales, lo que diga la Ley por desgracia acaba siendo lo que menos importa. Estás a que el policía de turno te quiera fastidiar o no... es lo que tiene no exigir carrera para ser policia...

D

Es igual aunque se demuestre lo contrario le harán caso a lo que diga la policía.

S

#37 Falso de toda falsedad.

p

A ver si es correcto, la norma pone "el uso no autorizado". Pone uso, no "grabación". Entonces se puede grabar. ¿Estoy en lo cierto?

pitercio

La operación que se ponen en riesgo son la "operación represión", la "operación abuso de autoridad" y la "impunidad delictiva". Todas ellas fundamentales para la restricción de las libertades públicas. Es una maniobra habitual del poder absoluto, que trata de extender al ámbito civil la estructura del estado, que ya posee.

D

Los PoPulistas del PP no quieren que se grabe a la policia...

Dicen que lo malo de ser PoPulistas es que se crea mucha frustración... Y Rajoy dice que lo ha pasado muy mal...

Que peniiiiiita me dan... Y cuanta razón tienen que no hay que votar a PoPulistas