Hace 1 año | Por Doisneau a twitter.com
Publicado hace 1 año por Doisneau a twitter.com

En la práctica, se rectifica y se vuelve al modelo anterior, aunque se cambia el nombre de los delitos para que no lo parezca.En el modelo anterior, al acto sexual no consentido se le llamaba abuso sexual. 1 a 3 años de prisión (4 a 10 si hay penetración) y al acto sexual no consentido con violencia o intimidación se le llamaba agresión sexual. 1 a 5 años de prisión (6 a 12 si hay penetración).La ley #SíEsSí eliminó la distinción abuso/agresión, y lo unió en un único delito llamado agresión. (Hilo de@chemadepablo)

Comentarios

bhnk

Ok, pero no va a arreglar nada con respecto a las rebajas porque la ley penal intermedia se sigue aplicando si resulta más favorable al reo.

Atusateelpelo

#5 Evidentemente.

Democrito

Mis conocimientos de Derecho son escasitos pero me chocan las prisas por reformar la ley. Aunque se cambie, los actualmente condenados podrán seguir acogiéndose a la actual ley si les beneficia.

Salvo que alguien haya encontrado algún problema en la aplicación para nuevos delitos, cosa que no he escuchado.

Suspicious

#12 Se llama intentar capear el temporal.

c

#17 Se llama PSOE

Atusateelpelo

#12 Para evitar que los nuevos delitos cometidos se beneficien de penas mas bajas.

#12 si las reducciones de condenas parecen algo malo, ¿no será también malo cuando sea la norma a todos los casos futuros?

Democrito

#40 Pues ahí ya me pierdo, porque hasta ahora había dos hechos punibles que se han unificado en uno y eso hace que se solapen las graduaciones de pena.
Pero no tengo claro si un nuevo juicio a los mismos hechos ahora resultaría en una condena menor.

#48 a alguien le tendrá que caer las menores condenas si han reducido la horquilla de años.

Doisneau

#30 Filosofia del lenguaje para defender una ley chapucera. De todo menos honestidad en la huida hacia adelante del ministerio.

Doisneau

Link de thereaderapp: https://threadreaderapp.com/thread/1622727321747611650.html

Grafico del pais que resume bastante bien la situacion:

Suspicious

#1 Parece como cuando la lía pardísima tu hijo de 8 años y tiene que ir el padre a arreglarlo unos cuantos fines de semana para dejarlo exactamente como estaba lol

Pd: yo mandaría directamente el enlace que has puesto en el comentario

K

#3 No, este caso sería más bien como si tú y tu hijo tomáis una decisión conjunta que luego es un desastre y entoces dices que qué desastre tu hijo y que menos mal que estás tú para arreglarlo. La palabra cinismo se queda cortísima.

Suspicious

#29 "Lo que es una puta vergüenza, no "algo lógico""

Lo que es es una chorrada. Os escandaliza un sustantivo y por eso se ha montado el follón que se ha montado.

Ser condenado por abuso sexual era algo muy serio y que tenía penas de hasta 10 años de cárcel.

Pero como os dejáis llevar por la demagogia y los lemas como "no es abuso, es violación", pues pasa lo que pasa, que obtienes una chapuza manifiesta.

Además que se han reducido las penas como muestra el gráfico de #1 así que tienes un nombre que "suena más grave" pero que en la práctica se castiga más levemente.

Un éxito de la demagogia lol

c

#30 Si el sustantivo no es ningún problema, no hay problema en cambiarlo.

con la ley si es si, una violación -cualquier violación -. Son hasta 15 años. Y lo que antes era un "abuso" ahora también pueden ser 15 años según la gravedad del "abuso".

Y NO. NO se han reducido las penas. Sin exactamente las mismas. Leete las leyes. Se ha cogido la mínima del abuso y la máxima de la agresión

D

#30 ha sido tan desastroso que nadie se traga ya la defensa de esta ley. Menos los parroquianos de Podemos, que morirán por ella si hace falta.

Los de PSOE se van a llevar el mérito y se quitan de encima el demérito. Y no por hacerlo muy bien sino por hacer aquello que la ministra de igualdad se ha empeñádo en no hacer: escuchar a todas las partes implicadas.

Atusateelpelo

Tengo curiosidad por ver los comentarios de los meneantes habituales para rechazar y criticar que se retoque el entuerto que han liado los suyos.

Manolitro

#4 de momento ya están votando negativo por si acaso

O

#8 una hora y solo cuatro negativos, en un meneo que además es duplicado de este otro

Así quedan las penas en la ‘ley del solo sí es sí’ con la reforma del PSOE

Hace 1 año | Por B... a threadreaderapp.com


Te mando una buambulancia?

#32 veo que vuelves a estar activo, ¿puedes contestarme a lo que te pregunté ayer? no-consentimiento-no-conquista-feminismo-lleva-codigo-penal-1932/c038#c-38

Hace 1 año | Por B... a threadreaderapp.com


¿Qué diferencia aparte del nombre hay en una condena a 10 años de cárcel por abuso y una condena a 6 años por agresión?

¿Por qué importa en nada el cambio de nombre? De forma práctica

O

#37 por qué le restas 4 años a la condena?

#43 Para que te sea más fácil explicarme lo beneficioso que es cambiar el nombre. Entiendo que simplemente por llamarlo agresióin tiene algún tipo de ventaja porque es básicamente lo que ha hecho la ley.

Lo que antes era abuso y podia tener una pena de 12 años es algo que era malo, por el nombre, y eran mejores las condenas que se llamara agresión, aunque la condena fuera menor, ya me diras por qué.

Cuentame.

O

#46 me parece a mí que tú no quieres que te explique nada, tu lo que quieres es que yo diga algo que no te gusta para rebatirlo con todo el armamento que tengas.
No me había fijado hasta ahora en tu nick. Visto como te llamas esta claro que tienes que saber perfectamente a que se refería la ministra montero cuando hablaba de poner el consentimiento en el centro . Así que buscate otra víctima a la que poder ridiculizar. No eres el primero que intenta reírse de mi porque está más puesto que yo en un tema concreto, pero para reírse de mi no basta con saber mucho sobre un único tema.

Te dejo en tu cruzada de sexos. Que te vaya bonito.

#51 O sea, que no puedes explicarlo.

Habrá que dejar clara tu incapacidad en este tema cada vez que sueltes las trolas.

O

#52 que tú sepas más que yo del tema no significa que haya dicho ninguna trola. Y si crees que he dicho alguna, solo tienes que demostrarlo. Dale...

#55 para intentar corregir lo que dices tendrás que explicar por qué crees que cambiar "abuso" por "agresión" es mejor, que es lo que defiendes, sin explicarlo. Adelante.

Lo del consentimiento en el centro lo has mencionado y sobran ya los que explican que es mentira, que siempre ha sido el centro, así que también estaría bien que lo explicaras.

Tiene que ser tan facil como poner ejemplos prácticos y explicar cómo cambiaria.

O

#57 osea que me acusas de soltar trolas pero si te digo que lo demuestres no puedes? Pfff venga hombre que es fácil! Que soy un trolero, solo tienes que demostrarlo

O

#57 y añado , vas de saber mucho del tema y luego resulta que no eres capaz de entender lo del puto consentimiento.

Venga que te lo cuento, antes cuando se "abusaba" de una mujer sin su consentimiento pero sin violencia se consideraba abuso y si era con violencia,se consideraba agresión sexual.

Con la ley de la montero ,"abusar" de una mujer sin si consentimiento,hubiera o no hubiera violencia, es una agresión sexual.
Por lo que pone en el centro el consentimiento y no el hecho de que hubiera o no hubiera violencia.

#60 Pero sigues sin explicar qué cojones importa que se le cambie el nombre.

Explica por qué te parece peor que se condene 12 años por abuso sexual a que se condene a 6 por agresión. La única diferencia que citas es el nombre.

La falta de consentimiento es el centro de ambas, ya es el centro, solo hablas de un cambio de nombre. Desarrolla.

D

#4 inocente...

#29 ¿Eres capaz de dormir por las noches sabiendo que hay cosas que se llaman hurto y otras que se llaman robo?

c

#39 Perfectamente. Lee la ley y mira la diferencia. Luego vemos si el símil que haces es válido.

Sabes la diferencia entre "robo" y "robo con fuerza" ?.

#41 Lo mismo que estas diciendo ahora vale para rebatirte con lo de abuso y agresión.....

https://www.dexiaabogados.com/blog/diferencia-robo-hurto/

c

#44 No. NO vale.
La comparación en todo caso sería entre robo y robo con fuerza. Lo que indicas es como decir que si no te meten una hostia o te amenazan con una navaja ya no es robo, es "hurto".

#47 ¿Me pasas el número de tu profe de lengua? Creo que te tiene que mandar más deberes o mejorar algo en tu enseñanza para la lectura.

https://www.dexiaabogados.com/blog/diferencia-robo-hurto/
La diferencia entre ambos tipos penales recae en el uso de la fuerza en las cosas o la violencia o intimidación en las personas.

El hurto se produce sin fuerza, intimidación o violencia.
De esta forma, el robo es un delito más grave que el hurto, una circunstancia que queda reflejada en la pena.



https://dpej.rae.es/lema/delito-de-robo

Delito que comete quien, con ánimo de lucro, se apodere de cosa mueble ajena empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde estas se encuentran, o violencia o intimidación en las personas, sea al cometer el delito, para proteger la huida, o sobre los que acudiesen en auxilio de la víctima o que le persiguieren.

https://dpej.rae.es/lema/delito-de-hurto

Delito que comete quien, con ánimo de lucro, toma cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño.
El elemento diferenciador con respecto al delito de robo reside en que en este son elementos esenciales del tipo la fuerza en las cosas y/o la violencia o intimidación en las personas, que no se dan en el hurto




Seguro que después de esto rectificas. SEGURO.

lol

c

#49 fuerza en las cosas
Eso es suficiente para que sea "robo".

Como ves, el símil entre hurto y abuso sexual no se sostiene.

El abuso sexual NO existe. Siempre es una agresión.

La situación en el código penal anterior sería como que exigieran que se ejerciera violencia contra la víctima para que fuera robo, y si no fuera así fuera hurto.

#53 estaba claro que no ibas a rectificar lol lol lol lol lol lol lol lol

Que cuando decias que habia "robo" y "robo con fuerza", era que el robo es con fuerza siempre, pero no sé que de las cosas.

Que sí, que muy creíble resultas, nada fanático.

c

#56 El robo tiene dos modalidades de comisión:

Robo con fuerza en las cosas. La fuerza puede emplearse para acceder o abandonar el lugar donde se encuentran las cosas.
Robo con violencia o intimidación en las personas. La violencia o intimidación puede aplicarse al cometer el delito, para proteger la huida, sobre los que acuden a socorrer a la víctima o sobre las personas que persiguen al autor del delito.

De nada. Señor "objetivo".

Aplicando tu criterio, el primer modo no existiría, sería un hurto.

Del mismo modo que defiendes la existencia de una "violación sin violencia" calificada como "abuso" en vez de "agresión".

#61 Y todavia sigue con el patetismo de intentar manipular para que cuele su trola lol lol lol lol lol

Que personaje estas hecho, que sí, que cuela mucho lol lol lol lol lol lol

c

#63 Manipular? Ya me dirás en qué manipulo...

Leete la ley anda.

m

#64 leida la ley y lo que has puesto cualquier puede ver tus patetismos. Pasame el numero de tu profe anda chaval.

Que para empezar el objeto de ambos tipos es la sustracción de propiedad ajena, ese es el delito y lo demás son circuntancias

Igual que en abuso y agresión el delito es atentar contra la libertad sexual.

m

#66 El enlace que te pasé antes y me da la razón lol

De entrada

El hurto es un delito contra el patrimonio y el orden socioeconómico
El robo es un delito contra el patrimonio y el orden socioeconómico



Pasame a tu profe anda.

Y añado lo de antes que tu profe no te ha enseñado a leer:

La diferencia entre ambos tipos penales recae en el uso de la fuerza en las cosas o la violencia o intimidación en las personas.

El hurto se produce sin fuerza, intimidación o violencia.
De esta forma, el robo es un delito más grave que el hurto, una circunstancia que queda reflejada en la pena.

c

#67 Tu sigue hablando de tu libro.
Se de sobra lo que es hurto y lo que es robo.

Y si rompes una puerta para llevarte algo que no es tuyo es ROBO.

Tu defiendes que debe ser hurto. Del mismo modo que defiendes que una violación "sin violencia" debe ser un abuso.

Ese es el símil

#68 "Tu defiendes que debe ser hurto."

Inventando lo que dicen los demás para aumentar el patetismo lol lol lol lol lol lol lol lol

Creo que el profe ha desistido.

c

#69 https://dle.rae.es/s%C3%ADmil

De nada.

La idea de establecer la comparación entre el abuso y la agresión y el robo y el hurto fué tuya, no mía.
Y estas defendiendo que una violación "sin violencia" debe ser abuso y no agresión.

m

#70 el que defiende llamar a todo del ismo nombre eres tú payo, no yo lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol lol

"Tu defiendes que debe ser hurto."


El profe se tiró por la ventana al ver que tenia que explicarte hasta tu propio pensamiento.

c

#71 Ya no sabes ni lo que dices....

Estás defendiendo llamar "abuso" a una violación "sin violencia", lo que es "equivalente" a llamar hurto a un robo sin violencia hacia las personas.

Lamento el trauma que te dejaron tus profesores... Más traumatizados habrán quedado ellos después de lidiar contigo lol lol lol

#72 madre de dios que penita das con las invenciones chico, suerte a tu profe lol lol lol lol lol lol

c

#73 Bueno. Ahí está el hilo....
Y hasta aquí han llegado tus "argumentos".

Buenas tardes.

Suspicious

#13 Es imposible que los hechos sean los mismos cuando para describirlos utilizas palabras distintas.

Estás en una guerra absurda contra la nomenclatura que no tiene ningún sentido.

No es el mismo hecho conducir sobrio que conducir bajo los efectos del alcohol, aunque en ambos pongas la palabra conducir.

c

#16 Exacto. No soy yo el que dice:

"Los problemas técnicos de la ley #SíEsSí eran evidentes: al no distinguir entre abuso y agresión castiga igual hechos de distinta gravedad (el mismo hecho es más grave cuando viene acompañado de violencia que cuando no, eso lo entiende cualquiera)"

Es el autor del Tweet.

En la nueva ley si que establece que el mismo hecho (agresión sexual) es más grave cuánta más violencia se emplee, por eso hay una horquilla de penas amplia.

Para la ley anterior (a la que parece que se quiere volver) SI son hechos distintos.

Por cierto, tu símil no puede ser más desafortunado. Podrías poner conducir ebrio de whisky o ebrio de cerveza y se ajustaría más
O aún más exacto, conducir con un 8 o con un 15. Y los dos hechos son conducir ebrio, porque conducir sobrio no está penado en absoluto ni es un hecho relevante

Suspicious

#18 Que es un problema de nomenclatura.

Te lo esta diciendo ahí mismo.
Hecho+violencia no es lo mismo que hecho a secas.

c

#26 Para eso están las circunstancias agravantes y atenuantes. Y la ley "si es si" las contempla.

Para la ley antigua SON HECHOS DISTINTOS. Lo que es una puta vergüenza, no "algo lógico"

Suspicious

Me hace gracia el punto 6 porque, visto lo visto estos meses, no lo entiende cualquiera lol

Esta claro que hay mucha gente emperrada en no querer entenderlo

c

#9 El que no lo entiende es el autor del Tweet cuando habla de "un mismo hecho".

El problema es que para la antigua ley una violación "sin violencia" (manda cojones) es un HECHO DISTINTO de una violación con violencia.

Para la ley nueva, NO.

Claro que el grado de violencia empleado agrava el hecho. Pero EL HECHO debe ser el mismo. Para eso están los agravantes en la ley y por eso se establece una horquilla de penas

#13 ¿De verdad ves lógica a tu comentario? Estas quejandote de que cuando los hechos sean distintos se diga que los hechos son distintos.

c

#36 No hay hechos distintos. Una agresión sexual es una agresión sexual. Con más violencia y con menos.

Si no hay consentimiento, ya hay violencia. La distinción entre "abuso" y "agresión" como dos cosas distintas es un sinsentido que no entiendo por qué existe....

Bueno, si lo entiendo. "No la agredí, solo le agarré una teta".

#38 el nuevo todo es ETA, ahora es TODO ES VIOLENCIA.

De verdad que resulta ridículo pretender equiparar cualquier mínima infracción a, por ejemplo, violar a alguien y romperle la columna.

Lo segundo es algo claramente más grave y es lógico que se distinga con un lenguaje que lo defina como tal.

Abuso sexual no es una palabra bonita tampoco.

Aprended a usar mejor el lenguaje sin tanto superlativo.

koe

David Bravo tenía razón cuando en su día crítico la "Ley Mordaza del Bien", que intentaron hacer con la ley LGTBI...

Esto es el segundo asalto.

Quién está a los mandos de Podemos?

Atusateelpelo

#10 David Bravo salio por patas en cuanto vio lo que habia.

D

El mismo PSOE cuyo gobierno elaboro la ley y la voto sin fisuras en el parlamento, escaso meses despues la reforma para echarle la culpa de sus efectos a sus socios de gobierno.

Don PSOE.

c

Es que eso no ocurre. Las penas van hasta 15 años. Por qué iban a ser más bajas?

c

Si, es evidente que la reforma de la ley si es si carece del más mínimo sentido.... Salvo el electoral

Lamantua

Hostiassss, ya están los supersabios de esa ley en MnM. lol lol lol lol lol
P. D. Sería muy importante que se revisaran todas las leyes de esta forma. Pareceria un pais perfecto. wall

D

Ahí va el PSOE de "salvador y de maestro" en cómo redactar "bien" las leyes mediante punitivismo y cargándose el espíritu de la ley que mejoraba la anterior. No les importa el consentimiento, esto es para rascar votos.

#7 Bueno... si tan malo es el punitivismo, os propongo que propongáis la despenalización del delito de agresión sexual, sacar a todos los putos violadores a la calle y mandarlos a cursos de desmachificación subvencionados por el Ministerio de Igualdad.

D

#14 es lo que han hecho, sacar violadores

D

#7 en qué la mejoraba?

D

Bueno, ya nos hemos echado unas buenas risas con todo este desastre ocasionado por las niñatas pijaprogres. Podemos de una vez por todas centrarnos en lo que de verdad importa en este momento, que es el problema que tienen una parte importante de las familias españolas para llegar a fin de mes?