Hace 6 meses | Por ahotsa a noticiasdegipuzkoa.eus
Publicado hace 6 meses por ahotsa a noticiasdegipuzkoa.eus

Se ha mostrado convencido de que Pedro Sánchez no aprobaría la amnistía de no necesitar los votos de Junts para ser investido, al tiempo que ha hablado de "interés personal"

Comentarios

ChukNorris

#3 ¿Qué fue lo que no hicieron? porque indultaron a los condenados por el GAL Vera y Barrionuevo.

o

#4 y cal

ahotsa

Firmado

X

D

#1 X o "M. Rajoy", ves a saber, porque como no sabemos quien es quien, son dos enigmáticas firmas indescifrables.

Moal

#1 firmado el abuelo chocheando . La voto cansina

Un terrorista de estado clamando al cielo porque la gent dice que el estado fue represivo. No hay brazo lo suficientemente grande en el planeta para darle la colleja que merece.
Qué puñetero cínico de mierda.

DayOfTheTentacle

Seguramente sea ileGAL

Trolencio

Hay que ir doblando la servilleta, Señor X .

reithor

el Sr X xoxea mucho.

sorrillo

#24 La amnistía no está reconocida porque las dos veces que se intentó incluir de forma explicita, se rechazó.

Lo cual ni la convierte en inconstitucional ni la convierte en ilegal. Meramente no es un derecho regulado constitucionalmente.

La amnistía es inconstitucional.

Cita el artículo de la Constitución Española que establece a las amnistías como inconstitucionales, el artículo de los indultos generales no aplica, en primer lugar por que un indulto y una amnistía son conceptos distintos con implicaciones distintas, en segundo lugar por que se propuso incluir ambos y aunque fuera rechazado eso es un indicio que no regulan lo mismo.

Si nadie hubiese intentado introducirla, y no estuviese escrito nada, podría valer

Si hubieran incluido un artículo constitucional que explícitamente las prohibiera podría valer la afirmación que son inconstitucionales, no se quiso hacer, no son inconstitucionales, meramente no están reguladas por la Constitución Española.

tdgwho

#27 No, jaja, no.

Se intentó introducir el derecho a amnistiar, y se denegó.

De primeras la constitución no permite amnistiar. Porque se intentó introducir, y se denegó.

Si quieres anmistiar, toca cambiar la constitución para incluirla.

"Si hubieran incluido un artículo constitucional que explícitamente las prohibiera"

No te llega con que se rechazase el intentar introducirla? Nos quedaría una constitución muy larga si tenemos que poner todo lo que no se puede hacer, mejor poner solo lo que si se puede hacer, y lo demás, por defecto, prohibido.

Pero es que encima se votó y se rechazó, no hay mas. La amnistía es inconstitucional.

sorrillo

#30 Se intentó introducir el derecho a amnistiar, y se denegó.

Así es, no existe el derecho constitucionalmente reconocido de amnistiar. Eso no significa que sea inconstitucional sino que la Constitución Española no lo regula.

De primeras la constitución no permite amnistiar.

Eso es falso. Cita el artículo que no lo permite. Es como afirmar que "de primera la constitución no permite sonarse la nariz". Confundes que no esté explícitamente reconocido con que la Constitución no lo permita.

Porque se intentó introducir, y se denegó.

No me consta que nadie intentase introducir la prohibición de las amnistías, en cualquier caso tal prohibición no se incluyó.

Si quieres anmistiar, toca cambiar la constitución para incluirla.

Eso es falso. Si te quieres sonar la nariz no toca cambiar la constitución para incluir ese derecho. Meramente no está regulado, como no lo está la amnistía.

No te llega con que se rechazase el intentar introducirla?

Claro que no.

Algo puede estar explícitamente reconocido, explícitamente prohibido o no estar regulado. Son tres categorías distintas con implicaciones distintas.

Nos quedaría una constitución muy larga si tenemos que poner todo lo que no se puede hacer

Para eso existe la legislación de rango inferior, que es bastante larga. En la legislación de rango inferior tampoco me consta que las amnistías estén prohibidas.

mejor poner solo lo que si se puede hacer, y lo demás, por defecto, prohibido.

¿De veras vas a defender que cuando te has sonado la nariz estás cometiendo un acto inconstitucional?

Lo que propones no es así, estás completamente confundido, lo que no está explícitamente prohibido por defecto no es ilegal ni inconstitucional.

Pero es que encima se votó y se rechazó, no hay mas.

Se votó en contra de regular ese derecho a nivel constitucional, no se votó ni aprobó ninguna prohibición de las amnistías a nivel constitucional.

La amnistía es inconstitucional.

No has avalado esa afirmación con ningún artículo constitucional que así lo establezca, lo que afirmas es falso.

tdgwho

#33 Vamos a ver, que te estás liando tu solito.

"Así es, no existe el derecho constitucionalmente reconocido de amnistiar. Eso no significa que sea inconstitucional sino que la Constitución Española no lo regula."

No existe el derecho, ya está, no hay derecho a amnistiar. No hace falta que esté escrito en algún sitio. Tu mismo reconoces que no hay derecho a la amnistía.

Por tanto: "De primeras la constitución no permite amnistiar."

Porque como has dicho, no existe el derecho.

Y para que exista el derecho, hay que cambiar la constitución.

Y mas sabiendo que en el anteproyecto, de forma explicita, se rechazó incluir ese derecho 2 veces.

sorrillo

#35 No existe el derecho, ya está, no hay derecho a amnistiar.

Ni es inconstitucional hacerlo, ni es ilegal hacerlo. Tampoco hay derecho a sonarse la nariz.

No hace falta que esté escrito en algún sitio.

Para que sea inconstitucional sí hace falta, para que sea ilegal sí hace falta.

Por tanto: "De primeras la constitución no permite amnistiar." Porque como has dicho, no existe el derecho.

Es que "no permite" es sinónimo de "prohibir" y es falso que la Constitución Española no permita ni prohíba las amnistías.

No es un derecho regulado a nivel constitucional como no lo es sonarse la nariz, ninguno de los dos es inconstitucional ni ilegal.

Y para que exista el derecho, hay que cambiar la constitución.

Así es para, que exista ese derecho reconocido de forma explícita habría que cambiar la Constitución Española. De la misma forma que para que sean inconstitucionales las amnistías hay que cambiar la Constitución Española.

Y mas sabiendo que en el anteproyecto, de forma explicita, se rechazó incluir ese derecho 2 veces.

Doy por buena tu palabra de lo que dices, se denegó reconocer explícitamente ese derecho a nivel constitucional, no me consta que se propusiera ni aprobase ni denegase prohibir la amnistía a nivel constitucional, lo que sí sabemos es que en la Constitución Española no hay ningún artículo que las prohíba, por lo que no son inconstitucionales.

tdgwho

#37 Menudas volteretas.

No hay derecho a la amnistía. Se rechazó 2 veces integrarlo, si no se quiso dar derecho a amnistiar, no está permitido.

PUNTO

Por tanto, para tener ese derecho, hay que cambiar la constitución, y no dan las mayorías.

Tu cuando pides permiso para hacer algo, y te dicen que no, no asumes que lo tienes prohibido?

sorrillo

#38 No hay derecho a la amnistía.

Así es, no existe un reconocimiento explícito del derecho a hacer una amnistía a nivel constitucional.

Se rechazó 2 veces integrarlo, si no se quiso dar derecho a amnistiar, no está permitido.

Eso es falso. Para que no estuviera permitido se debería haber aprobado la prohibición, algo que no me consta ni que se intentase y definitivamente no ocurrió ya que nada en la Constitución Española las prohíbe.

Por tanto, para tener ese derecho, hay que cambiar la constitución

Así es, para tener un reconocimiento explícito a nivel constitucional se requiere una reforma constitucional. De la misma forma que para tener una prohibición de la amnistía a nivel constitucional se requiere una reforma constitucional.

Tu cuando pides permiso para hacer algo, y te dicen que no, no asumes que lo tienes prohibido?

Tuvieron prohibido incluir el derecho a las amnistías en la Constitución Española, eso es lo que se "prohibió". Si se hubieran querido prohibir las amnistías debería haberse incluido esa prohibición en la Constitución Española, algo que sabemos no ocurrió.

tdgwho

#41 No, no es falso.

No está prohibido follarse vacas en la constitución.

Pero todos sabemos que no está permitido.

No hace falta prohibir algo para que lo esté, basta con acotar lo que si está permitido.

la constitución española es facilitadora, no denegadora, todo es "Puedes" o "tienes derecho" solo en casos muy puntuales, se acotó una prohibición.

Si no está permitido, está prohibido.

sorrillo

#43 No está prohibido follarse vacas en la constitución.

Así es, hacerlo no es inconstitucional.

La prohibición la encontramos en leyes de rango inferior, es ilegal hacerlo según el código penal:

Artículo 337.1 "Será castigado con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación especial de un año y un día a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, el que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual a un animal doméstico o amansado, un animal de los que habitualmente están domesticados, un animal que temporal o permanentemente vive bajo control humano, o cualquier animal que no viva en estado salvaje".
https://www.eldebate.com/sociedad/20230214/queda-despenalizada-zoofilia-nueva-ley-bienestar-animal_93570.html

Creo que han cambiado el artículo y está en otro sitio, pero como ejemplo creo que ya sirve.

Cítame el artículo del código penal que regula las amnistías, u otra ley.

Pero todos sabemos que no está permitido.

Por que la ley lo convierte en ilegal, no por que sea inconstitucional, que no lo es.

No hace falta prohibir algo para que lo esté, basta con acotar lo que si está permitido. [...] Si no está permitido, está prohibido.

Eso es completamente falso.

tdgwho

#45 No, cítame tu eso de que si no está expresamente prohibido está pemitido.

No es constitucional amnistiar.

sorrillo

#46 cítame tu eso de que si no está expresamente prohibido está pemitido.

El Tribunal Constitucional así lo ha constatado en múltiples sentencias, aquí tienes un ejemplo:

La libertad es uno de los valores superiores según el art. 1.1 de la Constitución, que como principio general autoriza a los ciudadanos a llevar a cabo todas las actividades que la Ley no prohíba o cuyo ejercicio no se subordine a requisitos o condiciones determinadas (STC 23/1984).
Fuente: https://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/1901

tdgwho

#47 No no, el TC no, en el texto de la constitución, donde está el artículo?

Te he pedido eso.

Porque el TC también tumbó una amnistía.

En que quedamos?

sorrillo

#48 No no, el TC no, en el texto de la constitución, donde está el artículo?

Lo cita el propio Tribunal Constitucional, es éste:

1.1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
Fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229

tdgwho

#50 Y ahi pone que lo que no está prohibido está permitido?

Dime donde, que no lo leo.

Ya que tu necesitas explicitamente que ponga "no se puede amnistiar" yo te exijo a ti que me pongas donde pone "por defecto todo lo no prohibido está permitido"

Suerte.

sorrillo

#53 Y ahi pone que lo que no está prohibido está permitido?

Sí.

Dime donde, que no lo leo.

Te lo explica el Tribunal Constitucional en varias de sus sentencias:

La libertad es uno de los valores superiores según el art. 1.1 de la Constitución, que como principio general autoriza a los ciudadanos a llevar a cabo todas las actividades que la Ley no prohíba o cuyo ejercicio no se subordine a requisitos o condiciones determinadas (STC 23/1984).
Fuente: https://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/1901

tdgwho

#54 No quiero el TC,

Quiero el artículo.

Porque el TC ha tumbado amnistías. Y eso no te vale.

Donde pone en los 169 artículos que la constitución permite lo no prohibido.

sorrillo

#57 Te he citado el artículo y has pedido que te lo expliquen, te he citado la explicación del Tribunal Constitucional.

Lo que no quieres es la verdad.

tdgwho

#58 Es que no quiero que me lo explique el TC, quiero que me lo explique la constitución.

Sigues obviando que el TC tumbó una amnistía.

sorrillo

#60 Es que no quiero que me lo explique el TC, quiero que me lo explique la constitución.

Lo hace. Aquí:

1.1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
Fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229

tdgwho

#62 Donde pone ahi que lo no prohibido está permitido?

No veo nada de eso ahi.

Quiero la textualidad que exiges tu con la amnistía.

sorrillo

#65 Yo no exijo textualidad alguna, te he pedido en infinidad de ocasiones que cites el artículo que las prohíbe y has sido incapaz. No te pido ningún redactado específico, meramente uno que las prohíba.

tdgwho

#66 Si que la exiges, quieres que cite el artículo.

citar, conlleva textualidad.

La constitución prohibe los indultos generales, una amnistía es un paso mas allá. Por eso no está contemplado.

Porqué? porque viola el art 14 de la constitución, porque si a él lo amnistías, y a mi no, no somos iguales.

porque si en 2017 me amnistías y hoy no, violas el artículo 25

sorrillo

#69 La constitución prohibe los indultos generales, una amnistía es un paso mas allá.

Eso es falso.

Amnistía e indultos son conceptos distintos, con requisitos distintos y objetivos distintos.

Tú mismo nos has defendido que se propuso incluir tanto la prohibición de indultos generales como el reconocimiento al derecho de amnistías a la vez, por lo que es un indicio más que es compatible prohibir indultos generales con que las amnistías se puedan llevar a cabo.

Y decidieron no incluir ese derecho explícito de la misma forma que nadie decidió incluir una prohibición de amnistías, por lo que no son incosntitucionales.

tdgwho

#71 Es necesario que sean conceptos iguales para ser o no un paso mas allá?

Yo te puedo pegar, y te puedo matar.

Matar es un paso mas allá de pegar.

Para el planeta entero, si tu padre te dice que no puedes hacer algo, es que lo tienes prohibido.

Los indultos perdonan el delito, la amnistia los elimina.

Por eso es un paso mas allá.

sorrillo

#73 Son conceptos distintos, con requisitos distintos e implicaciones distintas.

Que quisieran prohibir uno y explícitamente reconocer el otro en el mismo ordenamiento jurídico muestra que son distintos. No se decidió prohibir las amnistías en la Constitución Española por lo que no son inconstitucionales.

tdgwho

#75
https://www.larazon.es/opinion/regulo-amnistia-constitucion-espanola-adrede_202309136500e757d60bc60001c9644b.html

"Al contrario, la regulación de la amnistía fue tomada en consideración por el legislador constituyente, pero decidió expresamente no regularla, esto es, no prever tal posibilidad por la injerencia inaceptable que supondría respecto a la función jurisdiccional. Así se deduce de las actas y minutas de la ponencia encargada de redactar el anteproyecto de Constitución, publicadas en la Revista de las Cortes Generales en 1984. Esta cuestión fue tratada en la reunión de 3 de noviembre de 1977, cuando se debatían aspectos relativos al poder judicial, haciéndose expresa mención al estudio del régimen de la amnistía. La decisión que se adoptó no arroja lugar a dudas; se hace constar en la minuta lo siguiente: «por lo que se refiere a la materia de la amnistía, se acuerda no constitucionalizar este tema»."

La amnistía NO existe en la constitución. No es un concepto que exista. Se intentó introducir el derecho y se denegó. por partida doble.

No hay mas.

sorrillo

#28 Te lo vuelvo a explicar, a ver si así. Indulto: desaparece la condena, si, has cometido un delito, pero te lo perdonamos. Amnistía: desaparece el delito, no has cometido ningún delito, perdón.

Si quitas el "desaparece el delito" el resto sí está bien.

el delito desaparece

No desaparece ningún delito.

si lo vuelven a hacer, ya me pediste perdón por acusarme de ello, por tanto, ahora no puedes volver a hacerlo, o tendrás que pedirme perdón otra vez, o resulta que la primer vez si era delito y la segunda no?

Así es, en eso tienes razón. De ahí que la amnistía deba complementarse con cambios que impliquen que esas circunstancias no se repitan, por ejemplo pasando de dictadura a democracia o pasando de impedir un referéndum de independencia a convocarlo.

Editado: Corregida la primera parte de la respuesta al fijarme que habías incluido erróneamente el "desaparece el delito".

tdgwho

#29 Pues entonces, de facto, la amnistía hace desaparecer el delito. Porque han dicho que reincidirán.

sorrillo

#31 No hace desaparecer ningún delito, la amnistía aplica a hechos ya ocurridos, posiblemente acotado por fechas.

Tiene implicaciones como las que he explicado.

tdgwho

#34 Que sucede si al día siguiente de ser amnistiado, convocan otro referendum ilegal y hacen una DUI?

Algo por lo que fueron amnistiados, ahora ya no lo son? Entonces algo es delito según sople el viento? que peligro no?

Si algo es amnistiado, lo será siempre, porqué te crees que piden amnistía y no indulto? porque con el indulto si pueden volver a ser acusados, con la amnistía no.

sorrillo

#36 Que sucede si al día siguiente de ser amnistiado, convocan otro referendum ilegal y hacen una DUI?

Lo desconozco, lo que sí que sería sano sería evitar que se dieran esas circunstancias por ejemplo convocando el estado un referéndum de independencia en Cataluña y respetando su resultado.

Si algo es amnistiado, lo será siempre

Las amnistías se suelen acotar a hechos específicos en rangos de tiempo específico, como no podemos volver al pasado solo afecta a lo ya ocurrido y no a hechos futuros. Y sí, siempre esos hechos pasados estarán amnistiados, a menos que se revierta la amnistía que desconozco qué implicaciones tendría.

porqué te crees que piden amnistía y no indulto?

El indulto tiene como requisito una condena. Los que fueron condenados pasaron años en prisión antes de recibir esa condena. Algunos aún no han sido ni juzgados ni condenados y podrían tener que pasar tiempo en prisión antes de poder ser amnistiados.

Lo mismo con otros procesos judiciales aunque no impliquen cárcel, la injusticia es que sean juzgados y el indulto no resueleve ese problema.

Eso lo entendió muy bien el Consejo de Europa que en su informe contra el Reino de España la instó a que liberase a los presos del procés, a los cuales se indultó al día siguiente, y que dejase de perseguir al resto, lo cual requiere de una amnistía.

con el indulto si pueden volver a ser acusados, con la amnistía no.

Eso es falso. Con el indulto no puedes volver a ser acusado del mismo delito que cometiste. Con la amnistía tampoco puedes ser acusado por los hechos amnistiados, ocurridos en el pasado.

Tanto con el indulto como con la amnistía puedes volver a ser acusado y condenado si vuelves a cometer el mismo delito, en el caso del indulto no pueden volver a indultarte por ese mismo delito, en el caso de la amnistía debería hacerse una nueva amnistía por esos nuevos hechos, no sirve la amnistía anterior.

tdgwho

#39 Olvidate de si sería sano o no.

Que sucede en esa situación? Cometen exactamente el mismo delito por el que el estado pidió perdón. Dime, a ver.

sorrillo

#40 Desconozco lo que ocurriría, lo sano sería que no se tuvieran que repetir esos hechos, hay que trabajar para evitar que se den unas circunstancias que crearon injusticias para todos los implicados, en las que incluso tuvo que venir el Consejo de Europa a poner orden, exigiendo la liberación de presos y exigiendo que se dejasen de perseguir judicialmente a quienes se sigue persiguiendo, es decir, pidiendo una amnistía.

tdgwho

#42 Dejate de saneces.

Que sucede si se repite, no me hagas volver a escribir la misma pregunta.

Si puigdemont llega a españa amnistiado y reedita lo de 2017, le van a acusar de un delito por el que anteayer fue pedido perdón por ser acusado?

sorrillo

#44 le van a acusar de un delito por el que anteayer fue pedido perdón por ser acusado

Dado que la amnistía no cambia la ley es esperable que sí se haga tal acusación.

Una vez respondida tu pregunta insisto en que la amnistía debería ir acompañada de medidas para evitar que se vuelvan a producir los hechos amnistiados. En el caso de la dictadura pasar a ser una democracia, en el caso de la persecución del referéndum de inepdendencia convocarlo por parte del estado.

tdgwho

#49 No, no se le va a acusar. Porque no puedes acusar de un delito que no existe.

Que te recuerdo que la amnistía es el olvido del delito, no de la acusación de un delito.

La amnistía borra el delito.

sorrillo

#51 Porque no puedes acusar de un delito que no existe.

Para que no exista el delito tienes que cambiar la ley para derogarlo, la amnistía no es la herramienta para hacer eso.

Que te recuerdo que la amnistía es el olvido del delito

Acotado a unos hechos concretos y específicos, a un rango de fechas por ejemplo.

La amnistía borra el delito.

Del pasado, no del ordenamiento jurídico, no del futuro.

tdgwho

#52 Ah, claro, ahora va a resultar que proclamar una DUI solo era delito en 2017 lol

Te lo he dicho 15 veces. La amnistía borra el delito. No puedes acusar a alguien de un delito que ha sido amnistiado.

sorrillo

#55 No puedes acusar a alguien de un delito que ha sido amnistiado.

No se amnistía un delito, se amnistía en base a unos hechos específicos, acotado posiblemente por fechas.

tdgwho

#56 mas volteretas.

Te lo repito, si al día siguiente hacen una DUI el estado no puede acusar de nada.

Que porqué? porque sería estúpido si en 2017 no era delito, que hoy lo sea.

sorrillo

#59 el estado no puede acusar de nada.

Eso es falso. Puede hacer exactamente la misma acusación que se hizo cuando ocurrió la primera vez. La ley sigue intacta en ese aspecto.

Que porqué? porque sería estúpido si en 2017 no era delito, que hoy lo sea.

Que sea estúpido no significa que no pueda hacerse, fíjate que ya fue estúpido en 2017 y lo hicieron igualmente.

Lo que sería realmente estúpido es aprobar una amnistía y no cambiar las circunstancias que llevaron a los hechos amnistiados, es decir, seguir con una dictadura en el caso de la amnistía del 77 o no convocar el referéndum de independencia por parte del estado en la posible amnistía próxima.

tdgwho

#61 No, no puede.

Porque sería reconocer que si era delito en 2017.

sorrillo

#63 Si fueran hechos nuevos claro que puede, la amnistía se suele acotar por hechos específicos, por rangos de fechas.

tdgwho

#64 Yo no sé si es que no me explico. O no te sale de los huevos entenderlo.

Si tu cometes un delito X, por ejemplo robar en un super.

Te amnistío, es decir, no hay delito

SI vuelves a robar, que resolución esperas? es delito ahora y antes no?

No, en el momento en el que amnistías, ya no es delito de facto.

sorrillo

#67 Te amnistío, es decir, no hay delito

No hubo delito. El matiz es importante.

SI vuelves a robar, que resolución esperas?

Es irrelevante lo que yo espere. Que se amnistiara la vez anterior no es garantía que se produzca una nueva amnistía, la cual sería imprescindible ya que no hay el automatismo que nos pretendes defender.

E insisto, la solución pasa por que no se vuelvan a dar esas circunstancias, eso debería ir aparejado a la amnistía. Si no haces eso estás cometiendo un error.

tdgwho

#68 No hubo delito...

Y ha cambiado la constitución o el ordenamiento jurídico para que hoy si lo sea?

No, por tanto, ahora tampoco es delito.

sorrillo

#70 Y ha cambiado la constitución o el ordenamiento jurídico para que hoy si lo sea?

No ha cambiado por lo que sigue siéndolo, a excepción de en el caso amnistiado acotado posiblemente por rango de fechas. Si no está en ese rango de fechas no queda cubierto por la amnistía.

Es falso que deje de ser delito, para eso hay que cambiar la ley que lo establece como delito, la amnistía no es la herramienta para ello.

tdgwho

#72 Es decir, que podemos pasarnos por el forro de los cojones las leyes si el gobierno quiere.

Por esa razón, los padres de la constitución se negaron a incluir el derecho a la amnistía.

Si antes no hubo delito no puede "seguir siendolo" porque antes no lo era.

sorrillo

#74 La amnistía es precisamente para hacer excepciones a lo general, por que a veces es necesario hacer excepciones. Pretender extender esa excepción a norma y eso no es para lo que son las amnistías.

La amnistía del 77 provocó que dejasen de perseguirse a personas por desórdenes públicos acotados a unos hechos específicos, no hizo desaparecer el delito de desórdenes públicos. No es para eso para lo que sirve una amnistía.

tdgwho

#76 La amnistía del 77 es preconstitucional. Y se acordó no introducir la posibilidad de amnistiar en ella porque a los padres de la constitución les parecía una aberración el que se de una situación en la que hubiese que usarla.

Y el mero hecho de que se compare con la de 77, deja muy mal al gobierno, porque está comparando la DUI con el franquismo.

io1976

Un sinvergüenza caradura, por eso cada vez le cae mejor a la derecha.

HeilHynkel

Con lo guapo que estaría callado este señor. Y precisamente hablando de eso en cuestión.

Robus

#11 Tranquilo, ya lo será... ¡por la cuenta que le trae a Pedro Sánchez! lol

tdgwho

#12 Para serlo, hay que cambiar la constitución.

Y para cambiarla, obviando lo demás, hay que convocar elecciones.

Y están pensando en conceder la amnistía para evitar una repetición electoral.

Es absurdo convocar elecciones para evitar repetir unas elecciones lol

comunerodecastilla

#12 Alfonso Armada, Jesús Gil (2 veces), José Barrionuevo, Rafael Vera, Javier Gómez de Liaño, Alfredo Sáenz, José Ramón Ramírez García y Miguel Ángel Sáez García; entre otros muchos.
Cualquiera de estos, con delitos mas graves (incluyendo muertos y grandes desfalcos), no mencionare lo inconstitucional de tener okupado el CGPJ.
Sí, sí a la amnistía, y lo dice alguien que no puede tener mas asco a Puigdemont.

e

#11 Pues no hace muchos años el PP hizo una amnistía fiscal y aquí nadie dijo ni pio.

tdgwho

#20 #21 No hubo nunca una amnistía fiscal, la amnistía elimina el delito, y sigue siendo perseguible cualquier cosa que hagas parecida a los "supuestos amnistiados"

Las 2 operaciones de gonzalez y la tumbada por el TC que hizo Rajoy, eran regularizaciones fiscales, nunca se dijo "eludir dinero es legal, perdón" Se les permitió hacer una declaración secundaria y pagar (cosa que no me parece bien, dicho sea) pero eso, mas que una amnistía, es un indulto, si alguien intenta volver a hacer eso mismo, será acusado otra vez.

sorrillo

#23 nunca se dijo "eludir dinero es legal, perdón"

La amnistía no es eso, manteniendo tu formulación sería "los que eludieron dinero en tal circunstancia no hicieron algo ilegal, perdón". Para hacer el "eludir dinero es legal" hay que cambiar la ley, no hacer una amnistía.

mas que una amnistía, es un indulto, si alguien intenta volver a hacer eso mismo, será acusado otra vez.

Con la amnistía si alguien vuelve a hacer lo mismo será acusado otra vez, por que no se cambia la ley. Lo que debe ir asociado a la amnistía es un cambio de circunstancias para que esos hechos no se repitan, por ejemplo pasar de dictadura a democracia o de impedir un referéndum de independencia a convocarlo por parte del estado. Eliminar la motivación que llevó a los hechos que se amnistían.

tdgwho

#25 Te lo vuelvo a explicar, a ver si así.

Indulto: desaparece la condena, si, has cometido un delito, pero te lo perdonamos.
Amnistía: desaparece el delito, no has cometido ningún delito, perdón.

Porqué crees que piden aministía y no indulto los de puchi? porque si son amnistiados, el delito desaparece, si lo vuelven a hacer, ya me pediste perdón por acusarme de ello, por tanto, ahora no puedes volver a hacerlo, o tendrás que pedirme perdón otra vez, o resulta que la primer vez si era delito y la segunda no?

De facto, la amnistía hace que no exista nunca mas el delito.

f

#11 respecto a la amnistía fiscal, sí era legal?

sorrillo

#11 Del comentario tuyo que citas: "La segunda propuesta por UCD que propuso prohibir los indultos generales, e incluir la amnistía, esta, se aprobó parcialmente (incluyendo la prohibición de los indultos generales) pero se rechazó, otra vez, la inclusión de la amnistía."

De esa propuesta se desprende que la prohibición de indultos generales y la amnistía son compatibles, que la primera no prohíbe la segunda.

La amnistía puede no estar reconocida de forma explícita en la constitución española pero eso no significa que sea inconstitucional, tú lo dices bien "no es constitucional", como sonarse la nariz "no es constitucional", nada en la Constitución Española garantiza el derecho a sonarse la nariz. Pero eso no convierte en inconstitucional el sonarse la nariz, meramente eso tiene que estar regulado en otro ámbito o simplemente quedar sin regular.

Y tradicionalmente, y posiblemente legalmente, lo que no está explícitamente prohibido no es ilegal, por lo que la amnistía no sería ilegal. Aún no estando explícitamente reconocida en la Constitución Española su aprobación y puesta en marcha no estaría vulnerando ningún artículo constitucional ni ninguna ley.

tdgwho

#22 La amnistía no está reconocida porque las dos veces que se intentó incluir de forma explicita, se rechazó.

"oye, quiero incluir el derecho a amnistiar"

"no"

"oye, además de esto, queremos incluir el derecho a amnistiar"

"que no coño"

años despues "si no pone nada, no es ilegal"

Se intentó introducir, y se rechazó.

La amnistía es inconstitucional.

Si nadie hubiese intentado introducirla, y no estuviese escrito nada, podría valer, pero, se intentó, se votó, y se rechazó, 2 veces.

ChatGPT

Hombre, al menos lo de la entradilla no es mentira...

e

Que esto lo diga el Señor X. ¡Tiene cojones!.

l

Felipe, asesino!!!!

S

Lo único que tendría que hacer este terrorista es comparecer ante un tribunal.