Publicado hace 6 años por Deperdidos a cgtcorreosbarcelona.com

Ante la instrucción emitida por Correos en una circular dirigida a las oficinas y sucursales de la Zona 3 en relación al referéndum del 1 de octubre y en la que se especifica que los trabajadores deberán “abstenerse de realizar la admisión de envíos, o llevar a cabo cualquier acto, que pudiera estar relacionado con dicha consulta”, desde CGT-Correos nos oponemos firmemente a esta maniobra adoptada arbitrariamente por Correos para obstaculizar el ejercicio de este derecho.

efectogamonal

Grandes 🔥

D

#1 La empresa les avisa para que no tengan que verse pringados en un lío judicial y los representantes de los trabajadores les empujan a ir contra sus propios intereses.

Sí, grandísimos gilipollas

ﻞαʋιҽɾαẞ

¡A las mariscadas!

themarquesito

#2 ¡Por el triunfo del gran colesterol!

woody_alien

#3
A las mariscadas, a las mariscadas
por el triunfo de la buena digestión.

ﻞαʋιҽɾαẞ

#4 Luego vendrán los lloros.

D

#14 A ti te dicen que no hagas un trabajo porque está fomentando un hecho inconstitucional que ha salido en el boe ¿y tú me dices a mí que te la juegas y te saltas lo habido y por haber?. Con dos cojones.

Llámame sumiso si quieres pero yo concretamente en este caso obedecería, no está la vida para perder el puesto de funcionario.

efectogamonal

#22 Lo que no está la vida es para vivirla de rodillas, unión, organización, lucha y ni un paso atrás ni para coger impulso, son el único camino para lograrla vivir con dignidad y que el miedo lo tengan ellos 🔥

D

#24 Pero no me has respondido, ¿tú te la jugarías o no?.

A sabiendas que después del 1-O es casi seguro que no haya nueva nación y te quedes con el culo al aire.

efectogamonal

#26 Llevo jugandomela luchando toda mi puta vida y así va a ser siempre 🔥

D

#5 El que no este de acuerdo con el cumplimiento de las leyes que deje su puesto público.

Mr.Google

#4 ¿hay una orden judicial que dice que se inspeccione el correo y no se tramite arbitrariamente un tipo de correo en particular?

D

#7 #8 Pues sí, se les ha ordenado hacer eso precisamente...

b

#10 nah ... es una medida completamente logica, creo yo. Mira #19

t

#9 ¿Ahora los trabajadores de correos tienen que abrir todos los paquetes que envíen porque un juez ha decidido que ellos son los responsables de lo enviado?

Yo eso no lo veo nada claro.

Mr.Google

#11 repito, la orden la ha dado la dirección de correos, ningún juez ha dicho nada de correos.

F

#11 No creo, pues la ley electoral obliga a que los envios electorales estén identificados como tales.

b

#11 Has probado enviar marihuana por correo?

La inspeccion postal es algo normal para evitar contrabando y otras practicas ilegales, eso no quiere decir que necesariamente se abran todos los paquetes, ni mucho menos, sino que se utilizaran las medidas necesarias en funcion de la situacion. Si es un paquete que pone "AQUI LAS PAPELETAS" pues ese quizas lo retengan y llamen a la policia o mossos.

El servicio de correos no puede prestar su infrastructura para que sea utilizada para practicas que se han considerado ilegales. El referendum, al haber sido ilegalizado, entra dentro de esta categoria por lo que es una medida logica y esperable.

M

#11 Una cosa son los envíos privados: cartas ordinarias o la paqueteria y otro los productos económicos, como son las cartas de publicidad, folletos publicitarios o periódicos, que tiene unas tarifas mas baratas, pero tienen una serie de obligaciones, una de ellas es que pueden ser abiertos para inspección postal.

Mr.Google

#9 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-20139

TÍTULO II
Derechos de los usuarios de los servicios postales

[Bloque 9: #a5]
Artículo 5. Secreto de las comunicaciones postales.

Los operadores postales deberán realizar la prestación de los servicios con plena garantía del secreto de las comunicaciones postales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18.3 y 55.2 de la Constitución Española y en el artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Los operadores que presten servicios postales no facilitarán ningún dato relativo a la existencia del envío postal, a su clase, a sus circunstancias exteriores, a la identidad del remitente y del destinatario ni a sus direcciones, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 6.

[Bloque 10: #a6]
Artículo 6. Inviolabilidad de los envíos postales.

1. Los operadores postales deberán cumplir con el deber de fidelidad en la custodia y gestión de los envíos postales.

Se considerará incumplimiento de dicho deber la detención contraria a derecho, el intencionado curso anormal, la apertura ilegal, la sustracción, la destrucción, la retención indebida y la ocultación de los citados envíos postales.

2. Sin perjuicio del derecho a la propiedad de los envíos postales reconocido en el artículo 13, los envíos postales sólo podrán ser detenidos o interceptados y, en su caso, abiertos por resolución motivada de la autoridad judicial conforme a la ley. "Mientras no haya una orden judicial real, yo no retendría nada"

3. El personal de la Comisión Nacional del Sector Postal que desempeñe funciones de inspección postal sólo podrá intervenir los envíos postales, en los términos que se definan reglamentariamente, cuando existan sospechas fundadas de que contienen un objeto prohibido o que no se ajusten al contenido declarado en su sobre o cubierta, siempre que sea preceptiva su previa declaración.

El alcance de esta intervención, quedará limitado al reconocimiento externo, visual o mediante máquinas, tanto de los envíos como de la documentación que los acompañe, y no afectará en ningún caso al secreto e inviolabilidad de los envíos postales. Se garantizará la destrucción inmediata de las imágenes tomadas.

Se excepcionan de lo dispuesto en el párrafo anterior los envíos que no contengan documentos de carácter actual y personal, cuyo contenido permita singularizar, de una forma directa o indirecta, a los destinatarios de los mismos.

4. Lo previsto en el presente artículo se aplicará sin perjuicio del ejercicio de las facultades de control reconocidas legalmente a determinados funcionarios en el marco del ejercicio de sus funciones de inspección, como las sanitarias, aduaneras, de prevención de blanqueo de dinero o de seguridad o cualesquiera otras establecidas en la normativa sectorial, con el fin de detectar la presencia de productos prohibidos.

b

#13

El personal de la Comisión Nacional del Sector Postal que desempeñe funciones de inspección postal sólo podrá intervenir los envíos postales, en los términos que se definan reglamentariamente, cuando existan sospechas fundadas de que contienen un objeto prohibido


Es decir que pueden y deben inspeccionar e intervenir en caso de que haya sospechas fundadas de que en envio contenga papeletas, ya que en estos momentos son parte de un proceso ilegal.

Por otra parte es muy sencillo saltarse este problema sin enmierdar a los funcionarios sencillamente disimulando un poco el contenido. Pero la medida en si es logica y legal.

D

#8 ¿Me estás diciendo que si tú trabajarás en correos y a sabiendas de lo que hay darías trámite a material que ha sido ilegalizado?.

Y si luego va tu superior y solicita que te abran un expediente y pierdes el puesto de funcionario con que cojones te piensas defender ante un juez, ¿con la insumisión o diciendo que lo hacías por desconocimiento/amor?.

Mr.Google

#23 a día de hoy, lo que sería ilegal es retener un envío postal sin una orden judicial y puesto que no hay una orden judicial para retener esos envíos, eso si sería ilegal.

M

#29 Tu lo has dicho, seria ilegal retenerlo, pero seria legal no aceptarlo...

t

¿Desde cuando un trabajador puede ver el contenido de lo enviado?

Los trabajadores no son quien para controlar lo que se envía o deja de enviar.

b

Bueno ... yo no leo nada de que tengan que abrir correo, eso lo estais suponiendo y me parece que estais en un error ya que un trabajador de correos no puede abrir la correspondecia.

OTRA COSA es "abstenerse de realizar la admisión de envíos, o llevar a cabo cualquier acto, que pudiera estar relacionado con dicha consulta" ... es decir que llega Oriol con 1M de papeletas y en la oficna le digan "Oriol, eso no te lo podemos enviar". Obviamente Oriol puede llevar las papeletas en paquetes ya cerrados y decir que es publicidad de su nueva marisqueria en Sabadell, incluso enviar a su amigo Josep para no levantar sospechas.

El trabajador de correos debera abstenerse de realizar la admisión de envíos, o llevar a cabo cualquier acto, que pudiera estar relacionado con dicha consulta obviamente sin incurrir en otros delitos para lograrlo.

a69

Yo una vez vote por correo (nunca mas) y es un trámite complejo y farragoso.. vaya que si no me ayuda el funcionario no lo hago. Creo que se refieren a esto.
Claro esta que si tienes claro los pasos a seguir y ves claro que te estan obstaculizando puedes supongo denunciarlo.

Imaginate que vas con una estetica digamos alternativa que te denota como votante de izquierda y te encuentras un funcionario digamos fachoso.. eso puede pasar en cualquier contienda electoral.

elgato79

Lo que esta claro es que el 2 de octubre solo habrá perdedores sin importar el resultado del referéndum. Y todo gracias a las mentiras y represalias de los políticos de ambos lados.
Lo curioso que ambos juegan con los sentimientos nacionalistas de los ciudadanos pero lo único que les importa es la cortina de humo para tapar sus mierdas del momento.