Hace 3 meses | Por hematocrito a infobae.com
Publicado hace 3 meses por hematocrito a infobae.com

Muchos propietarios optan por finalizar contratos de alquiler y justifican necesitar la vivienda para sus hijos y lograr así una revalorización de los alquileres, práctica legal pero con agujeros dentro de la ley

Comentarios

c

#15 También, también. Y se puede usar ese dinero recaudado para ello

trivi

#15 cruzaremos los dedos para que el que gobierne después no se las venda a un fondo de inversión

Butters

#15 ya hubo por aquí un artículo creo que de Living stone que te explicaba por qué nunca va a haber vivienda pública de alquiler, y muy acertado a mi parecer

Pedro_Bear

#15 COMUNISMO!!!

ccguy

#4 soluciones de ese tipo no funcionan porque distribuir las viviendas entre distintas entidades, jurídicas o físicas, es muy sencillo.

#38 prohibir que entidades jurídicas posean vivienda y grabar progresivamente a las personas físicas. Solución rápida 

placeres

#52 Y tendrás el caso de Vancouver.. donde familias extensas de "chinos" tienen cada uno una vivienda.

No es que sea mala opción, pero que la ley que saquen sea quien sea el que la escriba tendrá agujeros que creará injusticias, es seguro.

#58 siempre hay trampas pero esto reduciría muchísimo la especulación 

D

#52 me extrañaria que no entrases en conflicto con la legislacion comunitaria

Narmer

#63 La legislación comunitaria se puede modificar, no es como las Tablas de la Ley de Moisés. Las leyes han de estar al servicio del pueblo, para mejorar su bienestar. Y queda patente que hay muchas leyes que perjudican a la inmensa mayoría por permitir que se especule con un bien básico y que no debería servir para generar riqueza.

D

#76 estamos en democracia, si crees que tienes el respaldo de la mayoria de Europa hazlo claro, pero lo que tu percibes que te perjudica, otra gente no lo percibe asi, y son tan parte del "pueblo" como tu

Narmer

#89 Me temo que la “otra” parte es minoría. No olvidemos que gran parte del parque de vivienda en alquiler le pertenece a corporaciones tipo Blackrock. Y somos muchos millones en toda Europa los que pagamos precios desorbitados por algo que se supone es un bien básico y de primera necesidad.

Narmer

#52 Exacto. Con permitir solamente que las entidades puedan adquirir viviendas destinadas a negocios u oficinas sería un avance.

El caso es que haya voluntad, pero me parece que hay cuatro gatos poderosos que nos tienen bajo el yugo a millones de personas con estas políticas que favorecen la especulación.

A.T.C

#74 Blackrock, Vangard...

M

#52 ¿Entonces qué hace una constructora si no puede tener edificios en propiedad?

Cómo termines el edificio sin venderlo todo... ¿Lo regala?

#87 lo sigue teniendo a la venta, no lo puede alquilar.

Ehorus

#4 y por qué no meterle mano a la especulación en sí.
Restringe en número las viviendas que puedes poner en alquiler, según modalidad... y mete inspecciones con multas gordas, rectifico, multas en proporción (las gordas, se las va a sudar a los bancos y va a perjudicar al particular)

elsnons

#4 vivienda cara, es la única forma de que se alejen los hijos de puta. Si los ayuntamientos no quieren arreglar sus problemas de vivienda es porque son los primeros cabrones en querer ganar dinero con los pisos .

y

#4 Hay gente que prefiere vivir de alquiler. Sobre todo gente de fuera que hoy viven en una ciudad y el año que viene(o en unos años) se plantean vivir en otra.
a lo que voy, para que haya una vivienda en alquiler, alguien SIEMPRE debe ser su propietario, y nadie va a gastarse un dineral en poner un inmueble en el mercado del alquiler a cambio de nada, no va a ser un pagafantas, tiene que ser rentable y sino no habrá vivienda en alquiler, salvo que sean propiedad del estado y ya decidimos cuanto queremos regalar entre todos.
Hay vivienda en alquiler económica en españa? Si, por supuesto. Pero no en ciudades tensionadas. No insistir en ponerle el precio metro de un pueblo vaciado a una capital de provincia.
No hay vivienda suficiente para la demanda y eso incrementa los precios:
ejemplo:
https://www.catastro.hacienda.gob.es/jaxi/tabla.do?path=/est2023/catastro/urbano/&file=URAO4228.px&type=pcaxis&L=0
Inmuebles de uso residencial en Madrid en 2023:   1.510.442
Población de Madrid en 2023:  3.339.931
obviamente no podríamos vivir sin compartir piso ni que tuviésemos todos dinero infinito. Simplemente NO HAY pisos para todos.
En Madrid la población aumenta a un ritmo superior al de las viviendas residencias, además el interés por vivir en ciertas zonas siempre será mayor que en otra, por mucho que nos empeñemos no cabemos todos en Chamberí o el barrio salamanca, solo podrán vivir quien a golpe de talonario sean mas competitivos con el resto que buscan exactamente lo mismo; vivir en el sitio preferencial. ¿O tu erigirías Villaverde.. si te dijesen, que puedes vivir donde quieras que paga el estado o que es gratis la vivienda?
Hay que hacer dos cosas, crear vivienda nueva y desincentivar vivir en zonas tensionadas, por ejemplo flexibilizando el teletrabajo, o descentralizando empresas, ofreciendo ayudas fiscales por NO vivir en zonas tensionadas, etc.
eso pasa aquí y en todas partes. incluso en china, que es probablemente de los paises con mas alquiler social. hay barrios enteros en capitales de china que el precio metro en compra supera x3 el del barrio salamanca. 

#2 Eso son los mejores negocios, los que todo el mundo necesita.

v

#2 la mayor parte del dinero que se mueve en el mercado inmobiliario no es de primera necesidad porque no son primeras viviendas, y son de lujo.

Razorworks

#2 Por eso mismo, porque se ha convertido en un bien con el que especular, es que no me dan ninguna pena cuando los ocupan. ¿Quieren especular y ganar mucho? Pues que asuman riesgos. Habrá leyes de desahucio express cuando los alquileres vuelvan a tener precios razonable (200-300€). Aunque... todos sabemos que si aprueban esa ley los precios ya no van a bajar, ¿verdad? roll

Lo que no pueden pretender toda esta panda de chupasangres (y los meto a todos en el saco, tengo el que tiene un piso como quien tiene cuarenta) es tener el chiringuito para hacerse ricos y bien protegido.

frankiegth

#53. Existen graves problemas respecto a la ocupación de viviendas vacias. Sin derecho a contratar suministros básicos en las viviendas ocupadas de comunidades de vecinos si los ocupas realizan enganches ilegales a red eléctrica puede haber riesgo de incencio para todo el edificio. O incluso sin ese enganche eléctrico ilegal el uso constante de velas y similares también induce a ese constante riesgo de incendio. Y sin suministro de agua en las vivienda ocupadas también existe un riesgo real de insalubridad que puede afectar al resto de vecinos. Es esos aspecto la ocupación de vivienda vacia es un tema delicado, sobre todo en comunidades de vecinos.

También puede ocurrir que las personas que ocupan no se hagan cargo de la parte que les corresponden por los gasto de comunidad. Aunque lo peor es que pueda tratarse de gente incívica, que la hay, que cree problemas en las comunidades de vecinos.

Si no se da todo lo anterior y las personas que ocupan vivienda vacia se comportan de forma cívica y responsable veo hasta razonable que personas normales se vean en la necesidad y emergencia de ocupar viviendas manifiestamente vacias.

n

#64 que no, maldito explotador. Que me dejes la casa al precio que yo quiera.

/s

Razorworks

#66 Pues si, y no. Para empezar, la vivienda es un bien básico regulado en la Constitución, por lo tanto lo que se está haciendo hoy día de especular al máximo está claro que no debería de permitirse, por mucho que la vivienda sea tuya. Si querías especular, haberte dedicado a otra cosa.

Dicho esto, ya que se está permitiendo la especulación y nadie hace nada, lo que no pueden pretender los tenedores de viviendas es que les pongan unas leyes de desahucio express mientras siguen manteniendo esos precios abusivos. Lo que no se puede es teta y sopas. ¿Que la vivienda es tuya y está mal que te la ocupen? Claro que si, pero igual de mal que haya gente haciéndose rica a costa las necesidades básicas de otros. Si a nadie le importa lo más mínimo una cosa, que no esperen entonces que nos importe lo otro.

Razorworks

#64 Antes se podía alquilar por ese precio (300€) y ahora ya no. Ahora ya no pueden ser 350-400, no. Ahora tienen que ser 1000€. ¡Claro que si, hombre!. Ah, y el precio de las comunidades de vecinos en España, de media, son 30-50€. Vamos, te lo digo que lo sé que me paso el día visitando clientes a domicilio y se habla mucho. Solo los que tienen piscina comunitaria (residenciales) pagan más.

dvdkrku

#81 #64 lo de los 105€/mes es una media a nivel nacional, está internet repleto de fuentes que dan cifras de media nacional entre 100 y 110€.

Ya no solo es la limpieza o el ascensor, es que hay mantenimientos que hay que hacer y si la cuota es tan exageradamente baja, se estarán haciendo derramas a las primeras de cambio por cualquier tontería.
En mi caso particular en una vivienda modesta de 2hab en ciudad de 250k, ya me acerco a los 100€/mes de comunidad, sin tener ningún tipo de servicio adicional del estilo calefacción comunitaria, o piscina comunitaria y esas cosas.

No es que tengan que ser 1000€ la cuota de alquiler pero tampoco puedes pretender que la gente alquile a pérdidas. Si alquilas por 200-300€ es que no da para el mantenimiento de la propia vivienda, una simple sustitución de electrodomésticos se lleva varias cuotas, ya no te digo si es algo gordo como una caldera o una derrama por el edificio.
Nadie daría mantenimiento a su vivienda de ese modo, y la tendencia es a que se va a necesitar obras de eficiencia energética para poder seguir alquilando, así que lo único que se puede esperar es más subidas.

Novelder

#64 105 al.mes? Pero dónde vives?

ahoraquelodices

#64 Qué pensarían los propietarios que alquilan sus pisos de 2 habitaciones a 1200€ si Iberdrola y el consorcio de agua les dijesen: mira, como tienes un patrimonio interesante o vives en una zona cara, el acceso al agua y poder tener electricidad te van a costar 800€ y 600€ al mes respectivamente.

Y cuando se quejen les diremos “claro, es que todos queréis tener agua potable y electricidad. Las tuberías cuestan una pasta, mantener las red eléctrica es muy caro, etc.”

n

#2 el mercado inmobiliario tiene de libre lo que yo de monja. No nos engañemos.

Dragstat

#112 #67 No digo que sea libre mercado, digo que se han aplicado leyes del libre mercado. Evidentemente no es un mercado perfecto en el sentido de la teoría económica, faltaría más. Se han aplicado leyes del libre mercado convirtiéndolo en un producto financiero y ese es el problema. Es como si el agua se convierte en un producto financiero y hay agentes del mercado que acaparan el agua y la restringen para que haya menos para subir el precio y vendérsela a precio de oro a los muertos de sed mientras ellos se bañan en sus piscinas y riegan sus campos de golf. El agua como la vivienda crea problemas si se mercadea.

M

#2 pero que libre mercado???
Se construye donde lo dice el ayuntamiento y lo que dice el ayuntamiento de turno, con más tasas e impuestos que ninguna otra actividad.
VPPL, VPO… para alquiler zonas tensionadas, ojo con a quien se lo alquilas que viene el gobernó y no te permite deshauciar al que no paga, que si prohibición d subir alquiler….
Lo que menos hay es mercado libre y eso provoca estas distorsiones.

JuanCarVen

#24 un propietario puede disponer de la vivienda para un familiar de primer grado, pero este debe ocuparla en un plazo inferior a tres meses. Si mete a otro inquilino es fraude de ley.

DangiAll

#29 Pero es que eso nadie lo niega.
Lo que pasa es que el inquilino no es quien para exigir una declaración jurada o el padrón al dueño como el de la noticia.

Les requerí información que acredite para qué necesitan el piso, una declaración jurada y el compromiso de que a los tres meses de irme me enviarían el padrón de la vivienda con el familiar registrado. Desde que hice esa solicitud, hace dos meses, no sé nada de ellos”, asegura la alquilada.

Si no se fía, que denuncie y listo.

j

#29
Bueno, digamos que tienes que pagar una multa, o creías que íba el propietario a ir a la cárcel?.

elmakina

#19 eso lo dirás tú. Si no hay que justificar nada, a ver qué manera tiene el inquilino de defenderse ante un requerimiento falso. Sobre su domicilio, cabe acotar.
Que esto no esté detallado expresamente en la ley no quiere decir que no sea así.

#24 si no aporta pruebas sobre su vida privada, ¿cómo justifica la necesidad? Otro que habla por hablar.

Claro que no tiene por qué aportar pruebas, pero entonces el inquilino no tiene por qué largarse.

Espiñete

#24 De nuevo, de SMS o carta nada. Si comunicas algo de forma fehaciente que luego se prueba falso ya te puedes preparar.

Así hacen caja los abogados coñe lol

Bley

Poner trabas al alquiler solo hará que se encarezca y suba los requisitos.

Verdaderofalso

#22 y el libre mercado tampoco es la solución viendo los resultados en otros países

DangiAll

#32 Mientras las administraciones publicas no tengan un parque importante de vivienda en alquiler en sus manos seguiremos con el libre mercado o regulando y reduciendo la oferta.

p

#32 Precisamente donde hay libre mercado es donde mejor funciona. Caso claro: Argentina. Entró Milei, quitó las putadas que se hacía a los propietarios y aumentó la oferta un 45% (¡en un mes!) y por tanto bajaron los precios. Es el mercado, amigo.

Argentina es un ejemplo de por qué los controles de alquiler son una mala idea
https://www.elcato.org/argentina-es-un-ejemplo-de-por-que-los-controles-de-alquiler-son-una-mala-idea

Tras el DNU de Milei, los alquileres se actualizan cada cuatro meses
https://www.pressreader.com/argentina/diario-huarpe/20240126/281633900113099

Verdaderofalso

#77 vamos a darle tiempo a ver cómo funciona Milei. No te apures tanto

H

#22 Patatas traigo. Reclamar el piso por necesidad está regulado en el 9.3, y nunca estuvo autorizado mintiendo.

En cualquier otro ámbito de la vida, los contratos con duración determinada se tienen que respetar hasta el final y sólo se pueden romper por razones muy concretas.

¿Por qué el casero tiene que tener derecho a romper el contrato cuando le salga de las narices? ¿No equivale eso a saltarse lo que firmó?

lotto

#46 ¿ Porque el inquilino tiene derecho a romper el contrato cuando le salga de las narices no es eso lo que firmó?

Es una cláusula para ambas partes con un mes de preaviso por los dos lados .

H

#57 Tal cláusula no existe. La duración es obligatoria para el propietario y no puede echar al inquilino antes de tiempo más allá de los supuestos legales: incumplimientos graves (artículo 25 de la LAU) o necesidad por uso propio cuando se pactó en el contrato (9.3).

El propietario sabe (o tiene que saber) que cuando alquila va a perder el derecho de uso y disfrute, y de disponibilidad por al menos 5 años si es por vivienda habitual. Si la puede necesitar antes, tiene que pactarlo en el contrato, y así el inquilino sabe a qué atenerse. Pero no puede romper el contrato cuando le salga de las narices. Que no hablamos aquí de "inquiokupas" ni de alguien que destroza el piso ni nada, oiga. El inquilino cumplidor con contrato en vigor está blindado hasta que se acabe el contrato. Esto ha sido siempre así con todas las versiones de la LAU.

¿Sabe dónde está el problema? En la jodida especulación. Hasta el crack del ladrillo en 2008 alquilaba el casero de toda la vida, el que no necesitaba ni la casa para él mismo ni el dinero. El especulador no alquilaba, compraba y vendía y fuera. Como eso se fue a tomar vientos, pues para rascar algo se tuvo que meter al alquiler. Pero claro, para eso hay que poder largar al inquilino cuando a uno le salga de las narices.

El que quiera forrarse "himbirtiendo" que se meta en Bolsa, Letras del Tesoro, o fondos de inversión. Y que deje en paz a quien busca un techo para dormir, con su puta madre.

NapalMe

#46 Cuando le salga de las narices no, cuando el contrato ha terminado y decide no renovarlo.

H

#98 Cuando el contrato va a terminar, más exactamente. Más allá de los incumplimientos graves, el propietario sólo puede decir al inquilino que cuando se acabe se acabó. Con los cuatro meses de antelación que requiere la LAU.

La noticia del artículo no habla de eso. Habla de saltarse las prórrogas obligatorias inventándose una necesidad que no existe.

NapalMe

#99 "inventándose una necesidad que no existe."
Porque tu lo digas.

Espiñete

#17 Podrá ser una declaración jurada, un burofax
Sí (fehacientes).
una carta o un WhatsApp
No.

Si figura esta posibilidad en el contrato, una vez especificada de forma fehaciente la causa para terminarlo, si el piso no se ocupa en tres meses el anterior arrendatario está en los derechos que indica el artículo. Dado que en civil prima el principio de disponibilidad y facilidad probatoria, el arrendador puede obviar alegremente lo que le ha pedido el inquilino del artículo, pero a los tres meses se lo pide el juzgado y se lo entregará al inquilino.

thorin

#18 Es decir, que ya estás metiendo de por medio una denuncia. Qué debe ser tramitada y aceptada.

Lo dicho, que el inquilino de este caso se ha flipado pidiendo unas cosas que él no tiene derecho a pedir de esa manera.

Espiñete

#19 Principio de disponibilidad y facilidad probatoria. El inquilino tiene todo el derecho del mundo.

DangiAll

#20 El inquilino tiene derecho a pedirle y el propietario no esta obligado a entregar nada hasta que se lo diga un juzgado.

elmakina

#40 puestos así, el inquilino tampoco está obligado a largarse hasta que se lo diga el juzgado. Ya aportará las pruebas y los detalles personales el arrendador ahí.

cosmonauta

#17 Pedir se puede pedir lo que se quiera. Es una declaración de intenciones. El propietario puede negarse a aportar la información pero sabe que no es un inquilino sumiso.

Veo

#49 Exacto, y sobre todo que está dispuesto a denunciar. Por lo que si es cierto, el propietario no tiene nada que temer, pero si es falso se expone, cómo mínimo, a hacer el paripé de empadronarse él o su familiar y no poder alquilar el piso legalmente durante un tiempo, con la pérdida económica que eso supone.

H

#42 Es falso que se renueven año a año. La renovación es obligatoria para el propietario. Y para cortar el cachondeo que introdujo la LAU 2013, desde 2019 la cláusula de necesidad tiene que venir en el contrato.

En cristiano: si yo busco un alquiler de larga duración, y de primeras el propietario está de acuerdo, yo no tengo por qué irme a la calle antes de tiempo si he cumplido mis obligaciones. Si resulta que el propietario quiere, digamos, alquilar dos o tres años y luego dejarle el piso al hijo, eso tiene que estar previsto en el contrato. El 9.3 no es la puerta trasera para poder romper el contrato y subir el precio.

¿Que el piso en alquiler es para hacerle dinero? Pues como cualquier otra inversión... todas tienen sus riesgos. El que quiera algo seguro, que compre Letras del Tesoro, y más ahora que los tipos están más altos. El propietario y el inquilino pactaron unas condiciones en el contrato, y al inquilino le resulta absolutamente indiferente la suerte del propietario. ¿Comparte el propietario los beneficios? ¿Entonces por qué hay que "compartir" las pérdidas? Luego hablamos de que no hay seguridad jurídica, eso y "este negocio me tiene que rentar por narices" son cosas distintas.

mudito

#50 Hasta donde yo sé (igual estoy equivocado) el alquiler se pacta de un mínimo de 3 años y un máximo de 5 y luego se va renovando de manera tácita año tras año. Si en los primeros 5 años el propietario quiere resolver el contrato, tiene que demostrar (o argumentar) una necesidad imperiosa tal como que se ha divorciado y necesita el piso para si mismo, o para un hijo o para un familiar cercano. El problema viene en esos 5 primeros años, una vez pasados, es posible resolver el contrato avisando al inquilino con 2 meses de antelación de que ese año ya no se va a renovar.

H

#73 El alquiler tiene una duración libremente pactada entre las partes. El mínimo puede ser perfectamente de un año. Pero a partir de ahí hay prórrogas anuales que son obligatorias para el propietario y voluntarias para el inquilino. Salvo que se ponga la clausulita de las narices.

Otro error de lo que usted comenta es que pasados los cinco años se ha activado una prórroga necesaria de tres años más, que no se puede romper. La única forma de que esa prórroga necesaria no se active es avisar antes de que terminen los cinco años, con un mínimo de cuatro meses de antelación.

La de disgustos que se ahorraría más de uno leyéndose la ley y asesorándose antes. Aunque también es verdad que hay cada Asesoría Pepe por ahí que tampoco se ha leído la ley, y es algo mucho más grave porque supuestamente se les paga para que asesoren...

p

#50 Y para cortar el cachondeo que introdujo la LAU 2013, desde 2019 la cláusula de necesidad tiene que venir en el contrato.

Y como resultao de esa gilipollez, ahora todos los contratos, todos, ponen la cláusula.

Cuanto más se putee a propietario, peor para el inquilino. Se beneficiarán durante un tiempo los que ya tienen un contrato, pero todos los futuros inquilinos pasan a estar más jodidos porque se filtra más y se pone precio mucho más caro. Un nuevo éxito de la izquierda que no entiende como funciona la Economía ni el mercado.

H

#79 Vuelvo a lo mismo. Pretender vivir del alquiler sí que es una absoluta gilipollez. ¿Quién ha decretado que se tiene que hacer mercado con un bien de primera necesidad? Antes del crack de 2008 el que quería negocio y especular compraba y vendía, no alquilaba. Alquilaba el que llevaba toda la vida siendo casero y sabía de qué iba el tema, no es un oportunista que ha comprado para alquilar siguiendo como un borrego lo que dice la prensa salmón.

Qué poquito os queda a los caseros caraduras, qué poquito... Disfrutad mientras dure. Cuando las ciudades empiecen a quedarse sin servicios por falta de trabajadores, ahí vais a saber lo que es una intervención. A tomar por saco vivir de las rentas, que es lo que realmente se pretendía.

H

#79 Añado: la cláusula no tiene ningún valor para cometer fraude. La necesidad del propietario o de familiar en primer grado tiene que ser auténtica. Si el propietario no da un mínimo de evidencias de que es así, el inquilino puede negarse. Incluso si el engaño cuela, el propietario se puede comer una multa de hasta cuatro mensualidades. Y que dé gracias porque antes de la LAU 2013 habría sido toda la renta completita hasta acabar los cinco años.

El casero que no quiera alquilar la casa por cinco años, o menos pero pactándolo en el contrato y sabiéndolo el inquilino, que no alquile. ¿Alquiler de temporada? Ese fraude es conocido de sobra y los jueces están hartos de verlo. No se puede disfrazar de temporal un alquiler de domicilio habitual. ¿Vender? A ver quién compra ahora con los tipos altos. ¿Tenerlo cerrado? Si se tiene dinero para aguantar los impuestos y los gastos a pulmón, adelante.

Haber invertido en Bolsa o fondos. Toda inversión es un riesgo, y el que no quiera riesgo que compre Letras o que guarde el dinero en el banco. Este cachondeo de querer vivir de las rentas se tiene que terminar.

elmakina

#79 esa disposición ya estaba en la ley anterior, y con un preaviso menor (1 mes). Que no te enteras, espabilao...

k

#21 Y que obtuviste a cambio? Cuentanos que paso luego

Lekuar

#27 Devolución de todos los gastos derivados de la mudanza (hay que justificarlos), más indemnización por daños morales.
Podía haber pedido la restitución del contrato, pero pasaba de quedarme en una casa teniendo movidas con los caseros, y pasaba de volver a mudarme.

j

#36 No está obligado a la restitución, no inventes, que la nueva ley ha metido el cambiazo de la indemnización de mes por año restante, o sea, nada.

H

#27 Con la reforma de la LAU de 2013 nos la metieron doblada.

Con ella, si el casero te echaba "por necesidad" y mentía, la indemnización pasó a ser de una renta por cada año de incumplimiento de contrato.

¿Saben cuánto era antes? Todo lo que el inquilino habría pagado hasta fin de contrato, prórrogas obligatorias incluidas. A algún listillo la broma le costó treinta mil eurazos.

Vamos, que se legalizó en la práctica la guarrada.

Sir

Lo que pasa que la noticia comenta una práctica que creo no es ninguna solución. Dice lo siguiente, y que yo sepa no es en absoluto requerimiento legal de la propiedad entregarle esta información. Por lo tanto los consejos de esta web van a equivocar a los inquilinos en esta situación ante una propiedad bien informada legalmente.

“Les requerí información que acredite para qué necesitan el piso, una declaración jurada y el compromiso de que a los tres meses de irme me enviarían el padrón de la vivienda con el familiar registrado. Desde que hice esa solicitud, hace dos meses, no sé nada de ellos”, asegura la alquilada.

n

Esto no es nuevo y tal y como explica #6 está perfectamente regulado

Sir

#10 hablo de aportar la documentación que es lo que comenta la noticia como solución, y comento en #11. Es el inquilino el que tiene que demandar a los tres meses y demostrar no se ocupa la vivienda para restituir el contrato de alquiler. El arrendador no está obligado a aportar esa documentación el día 1, aunque se la pida el arrendatario.

Espiñete

#12 #11 Vuelve a leer la noticia (o lo que has pegado) y luego vuelve a leer la ley con calma, sobre todo las negritas. A ver si caes "sobrado".

Gracias por el negativo, te lo devuelvo amablemente. A algunos la información os parece un ataque personal.

v

#12 " Es el inquilino el que tiene que demandar a los tres meses y demostrar no se ocupa la vivienda para restituir el contrato de alquiler"
Es que hay presunción de inocencia.

elmakina

#10 hace poco el preaviso era de un mes sólo, y no estaba tan especificada la necesidad de justificación.

DangiAll

#6 ahí no pone en ninguna parte que haya que entregar una declaración jurada y el nuevo padrón al inquilino...

p

#6 Como te dice #3, el inquilino no le puede pedir, mucho menos exigir, al propietario que le envíe declaración jurada, ni padrón ni mierdas. Con decir "necesito el piso para un familiar de primer grado" ya está cumpliendo la ley.

j

#75 Creo que sí,
aviso de dos meses para acabar el contrato y denuncia lo que quieras, pero ahí no vuelves más y métete la ley por dónde te diga el arrendador. lol

JuanCarVen

#105 Lee lo que ha puesto #6 que lo explica correctamente y deja de inventarte escenario, explica muy claramente que pasa si el propietario no cumple. Ni multa ni cárcel, no trates de completar con imaginación la ignorancia sobre un tema, no suele funcionar.

Lekuar

#3 A mi me lo hicieron y gane el juicio porque tres meses después no estaba viviendo un familiar, sino otro inquilino.

j

#3
Y?
Una vez que te han echado y le ha vuelto a alquilar con un contrato legal, a tí en que te beneficia tener todas las pruebas del fraude?
Te van a readmitir?. El propietario seguro que tiene ya preparada alguna indemnización, a cargo del nuevo inquilino, que la cobrarías cuando salga el juicio, o cuando las ranas críen pelo. lol

k

Y que hago con un inquilino que metio mi abuelo sin contrato alguno y lleva toda la vida ahi metido sin poder echarlo?
Me jodo y le regalo la casa?

D

#43 tu abuelo estaria orgullosisimo de ti, si te leyese
Dicho esto, que cojones tendra que ver tu libro, con la noticia que se envia.

cosmonauta

#43 Pues tendrás que ir a juicio y tener mucha paciencia. Es el riesgo de no hacer contrato

j

#43 Dios, hasta los yayos okupan, dònde vamos a parar ¡¡¡¡¡lol

O

Yo por eso el piso que me dejaron mis abuelos y mi segundo piso no los tengo en alquiler, cerraditos y bien que van a seguir así, que luego son todo problemas y perder dinero, anda que les jodan

k

#23 Yo solo alquilo a los amigos que lo necesitan y por corta temporada. Muy por debajo del mercado, no gano dinero , y solo a conocidos cercanos.
No quiero tener que lidiar con todos los dolores de cabeza.

O

#28 Lo mismo.

p

#30 Lo que es un crimen es que la izquierda se vanaglorie de dictar leyes de control que precios que precisamente a quién más perjudica es a quien se supone que pretende proteger. Son unos inútiles. Cuanto más se putea al propietario, menos vivienda de alquiler y más cara.

cosmonauta

#39 Totalmente. No puedo entender gente que mantenga un activo tan grande bloqueado por razones quijotescas. O lo uso, o lo alquilo, o lo vendo

C

#23 Y si supieras que si el inquilino no te paga en un mes está fuera sí o sí, los pondrías en alquiler?

O

#44 Sí, entonces sí, eso es lo que más dolores de cabeza me ha dado.

juliusK

En la era del 5G y de Pegasus informan con un burofax. Solo cuando los sioux cortan el cable del telegrafo, claro.

juliusK

#5 era un txiste, creo. Es que soy del siglo pasado.

v

#1 alardeando de ignorancia, muy bien

juliusK

#31 si, no has entendido nada. Pero no deberías enorgullecerte.

oprimide

Por cosas así vendí el piso al doble de lo que lo compré hace 7 años cuando me mudé el año pasado a un adosado.
Que alquilen otros lol kiss

s

#7 especular es pecado, pero no aprovecharse de que el resto lo hacen es de tontos, que es peor.

M

#7 #16 No creo que se aprovechara. Tenía un piso y lo vendió

Aprovecharse habría sido, en mi opinión, tenerlo vacío años poniéndole un precio por encima de mercado hasta que alguien pique . No lo hace poca gente.

s

#91 es lo mismo, el precio del piso ha subido al cambiar de manos. El uso que ha tenido es irrelevante.

chemari

#7 Bueno, lo vendiste al precio que estaba en el mercado. Tampoco ibas a regalarlo no?
Lo lógico es lo que hiciste, vender un piso si no lo necesitas.

chemari

Los coleccionas como cromos o que? pues quizá va siendo hora de subir los impuestos a los pisos vacíos.

Guerra_X

Si la vivienda abundase, el precio bajaría.

Si la vivienda escasea, el precio sube.

Porque no hacer más vivienda?

manuelmalo

#68 Porque los constructores no van a bajar el margen de beneficio y a ese precio no las venderían. No es negocio. Quizá a los inversores les llame más la atención el alza de precios en el sector de alimentación.

Summertime

#68 por qué la vivienda realmente no escasea, salvo en las zonas del centro de las ciudades, y ahí ya no se puede construir y el que lo hace es para hacer apartamentos de lujo que venden por millonadas.
Y puntualizó, escasea en el centro por qué el que más el que menos, cuando tienen un piso en esas zonas no quieren alquilarlo por 600€ al mes, lo que quieren es alquilarlo a turistas a 150€ la noche.
Construir más casas en el extrarradio no soluciona el problema de la vivienda, lo único que hará es que los que pagan 1000€ en pisos cochambrosos en zonas mediomalas se trasladen y paguen 700€, en cuanto aumente la demanda en esas zonas vuelven a subir y así eternamente.

d

Meneame, ese sitio en el que todo se arregla regulando aunque no haya funcionado en ningún otro pais

K

Se veía venir.

H

A ver, aquí en la noticia hay cosas que faltan. Desde la reforma de la LAU de 2019 la cláusula de necesidad tiene que venir en el contrato. Si no se pactó en el contrato, el casero no puede reclamar la vivienda antes de cinco años. Para el propietario que no sea persona física, directamente no se puede poner tal cláusula.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26003#a9

3. Una vez transcurrido el primer año de duración del contrato y siempre que el arrendador sea persona física, no procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se hubiese hecho constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial

sad2013

Pues en mi caso era verdad. Hace un par de años, y sigue viviendo la hija
Por otro lado, gracias a eso, soy propietario de una casita bien maja, pagando casi lo mismo que de alquiler.

¿De quien es la casa? Pues que haga lo que quiera con ella. 
El gobierno en vez de legislar tanto que construya viviendas sociales bien controladas o facilite una seguridad juridica a los arrendadores... veras como se termina toda la especulacion y precios abusivos 

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#94 La libertad de uno termina donde empieza la del otro.

Lo primero de todo: la vivienda es de quien la habita. El propietario retiene la propiedad, pero ha renunciado al uso y disfrute mientras el contrato esté en vigor. Si no entiende esto, es que no entiende qué es un arrendamiento de vivienda.

Que el casero pida protección contra el inquilino incumplidor, perfecto. Lo apoyo porque un mal inquilino me perjudica como inquilino cumplidor. Que se pague la renta acordada, y que si el inquilino incumple, a la calle. Ya está el art. 25 de la LAU para eso.

Pero a partir de ahí, el casero tiene que entender que no es su casa, que es la del inquilino. Sin excusas. Y que el propietario tiene que cumplir el contrato hasta el final, y si no quiere renovarlo pues que lo diga cumpliendo el preaviso.

El que se metió a casero para hacer negociete, y que ahora se tira de los pelos, pues más allá de lo que la ley le concede, se siente. Aver hestudiao, y haber invertido en Bolsa.

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