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#53 Y por que no pones las fuentes originales sobre el cambio de medidas de blanqueo ya que pareces tan seguro de lo que hablas, estaría bien saber donde están para comprobar si lo que dice esta bien o no

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#50 En las noticias pone que el limite esta en 3000€, pero que para sacar 1000€ te pueden pedir justificante en las de marzo pone que el banco puede hacerlo si lo considera oportuno. Si la noticia ha cambiado podria haber cambiado la norma, que es lo que no encuentro como ya te he dicho.

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#47 En las noticias antiguas pone que podría solicitar justificante de la operación, además de la identificación del usuario a partir de 1000€. Lo que no encuentro en el banco de españa o hacienda donde esta para saber que dice exactamente y ver si lo han cambiado.

Si no te gusta el video ni quien lo hace deja de verlos y no te dediques a insultar que la unica mierda y los insultos estan saliendo de ti

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#38 Creo que no has entendido que el justificante ahora seria para retiradas superiores a 1000 euros y que tienes que dar explicaciones para que te den el dinero y las registran y apuntan. De lo que no aun no estoy seguro de si es obligatorio en algunos sitios más antiguos como dices pone que la entidad bancaria correspondiente podría solicitar justificante y no he conseguido encontrar el original del bando de españa

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#28 El cabezón eres tu que aunque te permitan llegar a los 3000 no puedes hacerlos si no te dan permiso, asi que tienes un limite de facto de más de 1000, te recuerdo que si quieres ir al banco puede que ni siquiera puedas ya que cada vez hay menos oficinas y los horarios que tienen estan muy limitados con lo cual aún lo complican aun más. Y eso lo one en otras noticias asqui tienes otra noticias

En el caso de que desearas sacar más dinero, deberías ir a tu banco y solicitar un justificante que, una vez obtenido, el propio banco hace llegar al Banco de España y a la Agencia Tributaria.
www.antena3.com/noticias/economia/hacienda-solo-permite-retirar-esta-c

Vamos que necesitas permiso para sacar tu dinero que ya ha pagado impuestos y encima tienes que decir para que lo quieres y todavía defiendes eso

Y aqui otro: https://www.elcomercio.es/economia/banca/nuevo-limite-dinero-cajero-automatico-aviso-hacienda-20220707171814-nt.html
Actualmente, Hacienda permite una retirada máxima de 3.000 euros del cajero automático. Aunque el límite establecido sea de 3.000 euros, una vez que se haya sacado más de 1.000 euros, el usuario recibirá una llamada del banco para justificar dicha retirada de dinero.

Para poder retirar más dinero sobre el límite de 3.000 euros se debe acudir al banco y solicitar un justificante. Una vez obtenido, la entidad bancaria se lo hace llegar al Banco de España y a la Agencia Tributaria.

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#23 Mi banco no, todos los bancos, ya que para sacar más te indican que tienes que identificarte y dar explicaciones para que es y eso no es cosa del banco sino de hacienda

En este aticulo de pone:
En el caso de que desearas sacar más dinero, deberías ir a tu banco y solicitar un justificante que, una vez obtenido, el propio banco hace llegar al Banco de España y a la Agencia Tributaria.
https://www.antena3.com/noticias/economia/hacienda-solo-permite-retirar-esta-cantidad-dinero-cajero-automatico_2022070662c5a91d5c6fb800011681d6.html

Vamos que necesitas permiso para sacar tu dinero que ya ha pagado impuestos y encima tienes que decir para que lo quieres y todavía defiendes eso

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#10 Si te piden explicaciones del banco en los 1000 euros y te tienen que dar permiso es que el limite efectivo esta en los 1000. En el video habla de que incluso el BCE le ha parecido abusivo de lo que no dice nada en el articulo y no lo he visto en otro sitio

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#6 Esos son documentos de pfizer que ha publicado por orden judicial, ya que no querían publicarlos hasta dentro de 75 años y les han obligado. Miralos tu mismo si quieres ver lo que contienen que para eso estan

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#100 pone claramente que son 30 dias siguientes, si fuesen habiles serian más de 30. Por lo que se ve no sabes contar, no se de que bulos hablas lo que te he puesto es la constitución y se especifica bien claro que son los 30 días siguientes tu eres el que parece que no sabe ni leer si tu interpretas que esos 30 días siguientes no son naturales pues vale pero acusarme de tragar bulos, no se ni de que hablas, eres tu el que difunde bulos, yo siempre he puesto desde el principio que pone 30 días siguientes que lo unico que he hecho ha sido copiar el articulo de la constitución y sigues ignorandolo y empeñado que no se especifica si son habiles o naturales, te vuelvo a repetir que pone 30 días siguientes, con lo que hay que hacer la cuenta y si son habiles salen más de 30. Yo solo leo lo que leo lo que pone y te decicas de decirme que trago bulos, cuando eres tu el que te crees cualquier cosa y parece que ni sabes contar

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#98 Esta en el articulo 86.2 de la constitución:
2. Los Decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación, para lo cual el Reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario.
Aqui tienes el enlace de la constitución y en el articulo 86.2 pone lo que te he copiado y puse en comentarios anteriores https://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t3.html#a86

ya te he dicho que si tu entiendes que 30 dias siguientes son hábiles pues tu mismo, yo entiendo que son naturales, si tu no quieres ver que en la constitución pone eso y que la constitución esta por encima de un reglamento pues vale, pero parece que el que se quiere creer un bulo eres tu y ahi tienes lo que dice la constitución con el enlace de la misma ahora interpretalo como tu quiereas

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#56 #88 No dice naturales dice "en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación" como te he puesto en #49 y si se computan como hábiles serian más de 30 y la constitución esta por encima en un reglamento de funcionamiento interno. Si tu entiendes que 30 días siguientes son hábiles tu mismo, a mi me parecen naturales. Lo mismo el que traga bulos eres tu

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#52 Si en los medios y en los sitios anti bulos dicen que son hábiles, pero en la constitución dice claramente 30 días siguientes y si fuesen hábiles serian más de 30 días. en un comentario anterior han puesto el reglamento del congreso en que se basan

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#51 Exacto dice salvo disposición en contrario y en la constitución pone claramente los 30 días siguientes, lo que los hace naturales, y la constitución además esta por encima

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#19 «Los Decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación, para lo cual el Reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario». (Constitución)

Según esto ha caducado ya, pero parecen empeñarse en que son hábiles