kaiserapuknik

El artículo dice lo que yo pensaba antes de que conociera el mundo de los procuradores, mi pareja es abogada y actualmente está ejerciendo como procuradora habilitado, y os puedo asegurar que los procuradores realizan una infinidad de funciones, y encima se encargan de asesorar y enseñar a los abogados en materia procesal, ya que, un procurador a los abogados les dan mil vueltas en derecho procesal.

kaiserapuknik

#1 tampoco es algo que me pille por sorpresa, si los datos son los que son sera por algo...

kaiserapuknik

#3 evidentemente, el primer paso es que sea una enfermedad diagnosticada, y a raíz de ahí ya se podrá valorar por los organismos competentes si puede ser motivo de incapacidad permanente o temporal, pero si no tienes una enfermedad reconocida jamás te podrán conceder una incapacidad.

kaiserapuknik

#1 Me parece que mientras no esté diagnosticado médicamente no la van a dar nunca

fofito

#2 Y aunque lo esté.

Él criterio lo pone la ss,y no todo le vale.Por muy reconocido a nivel médico que esté.

kaiserapuknik

#3 evidentemente, el primer paso es que sea una enfermedad diagnosticada, y a raíz de ahí ya se podrá valorar por los organismos competentes si puede ser motivo de incapacidad permanente o temporal, pero si no tienes una enfermedad reconocida jamás te podrán conceder una incapacidad.

kaiserapuknik

#7 problema ninguno, simplemente que ya no te las pagan, sólo que te las compensan con descansos cuando a ellos les de la gana, eso de que salgas de trabajar a las 15:00 no te lo crees ni tú, la empresa lo cuadraría de tal forma que las pueda meter cuando menos afecte a la productividad, algún día te meterían horas para que salgas antes, otros días entrarías más tarde,etc, pero no te van a poner un horario fijo en el que vayas a salir todos los días antes para tener la tarde libre.

TheIpodHuman

#8 Solo era un ejemplo, tampoco te pongas así

kaiserapuknik

#3 No lo estás entendiendo, el truco no está en reclamar vacaciones, es más olvídate por un momento del término vacaciones, tu has hecho unas horas en computo anual, y esas horas exceden del límite anual marcado por el convenio, por lo tanto estás reclamando horas extras, ¿alguien ha dicho en algún momento vacaciones?, la respuesta es no.
Ahora bien, las empresas también tienen su truco particular, y es que las horas extras se pueden compensar dentro de los 4 meses siguientes al haberse realizado, en este caso se supone que el límite excederá en Diciembre, si el trabajador coge y reclama esas horas, la empresa le puede decir, vale, pues ahora vas a hacer menos horas durante los 4 meses siguientes hasta compensar el exceso.

TheIpodHuman

#6 ¿Y que problema hay con eso? A mi me dice mi empresa que durante el próximo mes que en vez de trabajar de 9:00 a 19.00 (si en Chile se trabajan 45 horas semanales) voy a trabajar solo hasta las 15.00 y voy a tener el resto de la tarde libre, ¿que quieres que te diga? ¡me parece genial! tiempo libre para hacer lo que me salga del ojete. Lo que tengo claro que no voy a regalarle a la empresa ni un minuto de mi tiempo, o me pagan las horas extras o me las compensan en tiempo libre, pero eso de trabajar gratis by the face ni cagando.

kaiserapuknik

#7 problema ninguno, simplemente que ya no te las pagan, sólo que te las compensan con descansos cuando a ellos les de la gana, eso de que salgas de trabajar a las 15:00 no te lo crees ni tú, la empresa lo cuadraría de tal forma que las pueda meter cuando menos afecte a la productividad, algún día te meterían horas para que salgas antes, otros días entrarías más tarde,etc, pero no te van a poner un horario fijo en el que vayas a salir todos los días antes para tener la tarde libre.

TheIpodHuman

#8 Solo era un ejemplo, tampoco te pongas así

kaiserapuknik

#1 si pero estamos hablando de dos conceptos distintos, por un lado el concepto vacaciones, el cual no se puede compensar económicamente y si no se disfrutan en el año natural se pierde el derecho a disfrutarlas, y por otro lado estamos hablado de reclamar horas extra que excedan de la jornada máxima, es decir, si tu has hecho 2000 horas en cómputo anual y tu convenio establece que son 1750 horas por ejemplo, ahí estarías haciendo 250 horas extras de más. Lo que tiene que quedar claro del concepto es que no reclamas los día de vacaciones, sino que reclamas horas extras que son diferentes

Un saludo

yoma

#2 El titular habla de pago de vacaciones no disfrutadas de años anteriores como horas extras. Si no se han disfrutado se han perdido esas vacaciones y no tiene sentido pedir el pago de una cosa a la que ya no tienes derecho.

D

#3 el titular habla de "Reclamar como horas extras el pago de las vacaciones no disfrutadas"

De ahí viene el artículo, de como poder reclamarlo cambiando legalmente el término legal a reclamar.

kaiserapuknik

#3 No lo estás entendiendo, el truco no está en reclamar vacaciones, es más olvídate por un momento del término vacaciones, tu has hecho unas horas en computo anual, y esas horas exceden del límite anual marcado por el convenio, por lo tanto estás reclamando horas extras, ¿alguien ha dicho en algún momento vacaciones?, la respuesta es no.
Ahora bien, las empresas también tienen su truco particular, y es que las horas extras se pueden compensar dentro de los 4 meses siguientes al haberse realizado, en este caso se supone que el límite excederá en Diciembre, si el trabajador coge y reclama esas horas, la empresa le puede decir, vale, pues ahora vas a hacer menos horas durante los 4 meses siguientes hasta compensar el exceso.

TheIpodHuman

#6 ¿Y que problema hay con eso? A mi me dice mi empresa que durante el próximo mes que en vez de trabajar de 9:00 a 19.00 (si en Chile se trabajan 45 horas semanales) voy a trabajar solo hasta las 15.00 y voy a tener el resto de la tarde libre, ¿que quieres que te diga? ¡me parece genial! tiempo libre para hacer lo que me salga del ojete. Lo que tengo claro que no voy a regalarle a la empresa ni un minuto de mi tiempo, o me pagan las horas extras o me las compensan en tiempo libre, pero eso de trabajar gratis by the face ni cagando.

kaiserapuknik

#7 problema ninguno, simplemente que ya no te las pagan, sólo que te las compensan con descansos cuando a ellos les de la gana, eso de que salgas de trabajar a las 15:00 no te lo crees ni tú, la empresa lo cuadraría de tal forma que las pueda meter cuando menos afecte a la productividad, algún día te meterían horas para que salgas antes, otros días entrarías más tarde,etc, pero no te van a poner un horario fijo en el que vayas a salir todos los días antes para tener la tarde libre.

TheIpodHuman

#8 Solo era un ejemplo, tampoco te pongas así

kaiserapuknik

Recuerdo un capítulo de padre de familia, en el que entra el editor y le pregunta a Stephen, sobre que iba a escribir en su próximo libro, este se queda pensando un rato y dice, pues el próximo libro va a ir sobre el increíble monstruo lámpara (lo primero que cogió de su escritorio), creo que hicieron una buena crítica acerca del escaso esfuerzo de sus últimos libros. Aún así Stephen es un grande.

Adson

#23, la realidad supera a Padre de Familia: King escribió una historia sobre el increíble monstruo plancha industrial de ropa poseída

armando.s.segura

#44 La única película que dirigió es la rebelión de las máquinas (que tuve el dudoso honor de ver en el cine), donde hay máquinas de bebidas que atacan a la gente... ¡¡¡dando bebidas gratis!!!

kaiserapuknik

¿La Casa Real S.A está en el IBEX35?, lo digo porque me gustaría comprar acciones de la misma, agradezco vuestras respuestas

kaiserapuknik

Me llamo Urdangarín,
y solo quería un poquito evadir,
yo del bigotes he sido un enlace,
y ahora me encuentro metido en un buen lío,
pero seguro que supero este desafío,
y aún me libro de ir a la cárcel
yeah 2,0,1,7, MC Urdangarín, sólo yo podía hacerlo, no intentes hacer esto en tu casa.

kaiserapuknik
kaiserapuknik
kaiserapuknik

Muy bueno el tal Ralf Konig, pero me sigo quedando con Ralph Wiggum.

#13 patatas traigo!!

kaiserapuknik

Lo más fuerte es que los científicos se enteran de casualidad, es que no respetan ni los procedimientos exigidos legalmente, no puedes cambiar al trabajador un contrato que ni mucho menos ha firmado, ya que un 401 y un 420 son distintos y por lo tanto deben de firmar ese nuevo contrato, yo creo que la administración dice, "bueno vamos a meter un cambio aquí en red, total si es darle a un botón y los científicos estos ni lo miran que están muy liados con su experimentos y sus cosas, como para comprobar su situación laboral.

kaiserapuknik

Pues yo sinceramente pienso que estaban infiltrados y querían pasar desapercibidos, pero seguro que estaban investigando algún caso gordo, lo único que han sido tan descuidados que se han dejado puestos el traje y de poco ha servido la camuflación.

kaiserapuknik

Para el estado, tener 67 años es estar hecho un xaval, me pregunto si los contratos que hay bonificables por contratar a menores de 30 años, se convertirán en el futuro para incentivar la contratatación a menores de 67 años.

kaiserapuknik

Hola soy Iñaki, ¿a qué quieres que te estafe?