Sin ánimo de aguar esta orgía de cinismo antipolítico:
Reglamento del Parlamento Europeo.
ANEXO VI : Competencias de las comisiones parlamentarias permanentes (1)
III. Comisión de Comercio Internacional.
Comisión competente para:
“Los asuntos relativos al establecimiento y a la ejecución de la política comercial común de la Unión y de sus relaciones económicas exteriores, en particular: [...] 4. las relaciones con la Organización Mundial de Comercio, incluida su dimensión parlamentaria.
Está en el reglamento del parlamento. Una búsqueda en google te lo muestra enseguida. http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+RULES-EP+20081022+ANN-06+DOC+XML+V0//ES
A ver si nos dejamos de rasgar vestiduras y de los campeonatos de demagogia, y hacemos críticas con más fundamento, que la UE sin duda las merece. Esta era de las baratas.
que emplea distintos mecanismos? antes se pensaba que empleaba uno solo, o que teniamos una glándula especifica para eso, o qué? menudo noticion.