crateo

#295 vale, todo esto que estás diciendo tiene todo el sentido del mundo y me parece perfecto. Pero son tus interpretaciones y justificaciones de los hechos. A mi me la pela manos limpias, que es el tonto útil en todo esto.

Lo que quiero defender es que ni lo publicado por el confidencial es un bulo, ni es un exceso abrir diligencias previas para que venga a declarar el director del periódico. Begoña Gómez ni ha sido llamada a declarar ya no como imputada, pero ni siquiera como testigo. Y aquí parece que ha entrado Tejero en el congreso.

Las actas son de dominio público. No hay que aportarlas, solo mencionarlas como hace el artículo.

La oficina de conflicto de intereses que depende del gobierno defiende al gobierno. No es un tribunal y es parte y juez y decidirá el tribunal supremo. Por mi como si se trata el sexo de los ángeles en ese consejo de ministros.

Si parte del orden del día es una adjudicación relacionada con una empresa que paga a un familiar tuyo, lo lógico y obligatorio es abstenerse.

Begoña Gómez es asesora y trata asuntos técnicos con grandes empresas. Es tan buena que las empresas que lleva consiguen el mayor rescate de la pandemia y arrasan en la adjudicación de contratos públicos.

Y Aznar es asesor externo de endesa por sus amplios conocimientos económicos lol.

crateo

#2 Si lees la ley de enjuiciamiento criminal lo más probable es que le den la razón al juezy le digan al fiscal que espere a que terminen las diligencias previas

crateo

#1 hombre, si que se podia en tanto en cuanto ninguna de las informaciones publicadas en diarios medio serios vinculan a Begoña Gómez con el caso de las mascarillas investigado en este caso.

La ley de enjuiciamiento criminal no permite llamar a declarar a nadie que no tenga vinculación con los “hechos objeto de investigación”, que en este caso es la adjudicación de mascarillas para adif y puertos del estado.

Lo que decía está gente es que ya que esta demostrado que Begoña Gómez conocía al acusado tiene que declarar como testigo. Lo que dice el juez es que esto no funciona así y que no se ha publicado ninguna relación entre Begoña Gómez y los hechos objeto de investigación.

Esto es independiente de los hechos objeto de investigación en el caso de la querella de manos limpias, que se refiere a otros contratos.

crateo

#262 ¿La oficina de conflicto de intereses que depende del gobierno ha dado la razón al gobierno? ¡Me pinchan y no sangro!

¿Que será lo siguiente? ¿La fiscal de Madrid nombrada por el gobierno de Pedro Sánchez pidiendo el archivo de la querella contra la esposa de Pedro Sánchez?

Ojiplatico me quedo lol.

crateo

#260 Ni el confidencial ni manos limpias tienen porqué aportar pruebas, si no documentacion. Si entendieras lo básico de un proceso judicial sabrías que las pruebas solo hay que aportarlas si se abre un proceso penal. De momento solo hay diligencias previas.

Lo aportado han sido las actas del consejo de ministros donde Pedro Sánchez se tendría que haber abstenido, la resolución de un contrato en favor del socio de Begoña Gómez en condiciones extraordinarias, el contrato de patrocinio entre Hidalgo y la fundación de Begoña Gómez firmado antes de su rescate, los diferentes encuentros entre ambos en varios eventos y la alegación de la reunión entre estos en la sede de globalia.

Me dan igual los otros 7 recortes, ya que vienen de panfletos o directamente citan a El confidencial.

crateo

#237 Soy juez del tribunal supremo. Y lo que dices es tan cierto como eso. Pero te lo explican bien aquí:

www.newtral.es/recortes-prensa-procedimiento-judicial-enganoso/20240426/%3famp

La querella se admite por las fuentes aportadas en el artículo de "El Confidencial", tanto fotografías como documentación de dominio público.

El mero hecho de que Pedro Sánchez firmara el acta del consejo de ministros en el cual se aprobó el rescate de una empresa con una relación económica con su esposa ya es suficiente acreditación para abrir diligencias previas.

crateo

#10 el numerito es decir que vas a reflexionar hasta el lunes. ¿Dependía del partido de fútbol?

Un periodo de reflexión te lleva hasta que llegas a una conclusión. Si sabía la respuesta el viernes, ¿porque esperar? Si el domingo todavía no la supiera... ¿Diría que necesita más tiempo?

En fin. Una obra de teatro guionizada con 5 días de duración.

crateo

#52 literalmente:

"Probablemente de aquí al lunes diga que para parar a la derecha y la extrema derecha y por responsabilidad va a seguir al frente del Gobierno. Eso sí, a la vez intentará movilizar a su partido, fastidiarle la campaña al resto y enfangar más la política española"

crateo

#5 Feijoo en "La brujula" 5 horas después de publicarse la carta:

"Probablemente de aquí al lunes diga que para parar a la derecha y la extrema derecha y por responsabilidad va a seguir al frente del Gobierno. Eso sí, a la vez intentará movilizar a su partido, fastidiarle la campaña al resto y enfangar más la política española"

Le ha callado la boca pero bien lol.

crateo

#69 Excepto que el juez o fiscal está obligado a abrir diligencias previas sobre cualquier querella que alegue hechos delictivos, según la ley de enjuiciamiento criminal.

Las diligencias de investigación no se incoan porque se aprecien indicios de delito, sino para ver si lo hay, a partir de las pruebas que se considere oportuno practicar y de la documentación necesaria.

Si tú mañana vas al juzgado y te querellas contra mi diciendo que te di una patada en los huevos, el juez automáticamente tiene abrir diligencias, preguntarle a meneame por mi nombre y probablemente llamarme a declarar.

Y después tu te comes una querella por denuncia falsa y pagas las costas judiciales.

crateo

#87

Yo no tengo poderes de visión para saber cuales son los argumentos de la fiscalia, que depende del presidente del gobierno, cónyuge de la afectada. Así que no se muy bien de donde sacas eso.

La apertura de diligencias, como recuerdan a 20minutos fuentes jurídicas, es un paso muy incipiente, el "principio del principio" del proceso penal. No implica la imputación de la mujer de Sánchez, lo único que requiere el juez para abrir las pesquisas es "un relato coherente" de hechos que comporten "una responsabilidad penal".

Fuentes del Ministerio Público indican que, en tanto que Peinado ha dictado el secreto de sumario, no pueden revelar los argumentos de la Fiscalía Provincial de Madrid para pedir el archivo de la causa. Será la Audiencia Provincial de la capital quien decida sobre el recurso y ordene, o no, el archivo de la causa.

crateo

#40 Bien, ¿y que quieres? ¿Que lo asesinen? Es un medio privado y solo puedes querellarte con alguien por calumnias. A mi personalmente me da asco, pero paso de convertirlo en un martir a lo Marat

crateo

#73 Hay indicios de delito de tráfico de influencias de libro, por los dos hechos que te describo en #85. Eso no son pruebas. La admision o no de la querella, (que recordemos aún no está resuelta) dependerá de la declaración de los periodistas que sacaron la información.

Y si. Es ilegal reunirse y aceptar pagos de un empresario que opta a un contrato público para lograr una ventaja administrativa. Es la definición literal de tráfico de influencias y es lo que se debe probar.

crateo

#74 que no. Son unas diligencias previas sobre la querella. Una investigación prospectiva lo sería si el juez abre diligencias previas CONTRA Begoña Gómez SIN querella de por medio y sin

Vamos a evitar la manipulación informativa de ambas partes, que ya estoy un poco hasta el gorro de explicar como funcionan los procesos judiciales.

La diligencia previa se abre sobre el indicio de Begoña Gómez ha tenido reuniones y ha recibido pagos de dos empresarios que poco después han recibido contratos o ayudas gubernamentales extraordinarias, como Air Europa llevandose la mayor ayuda del
covid o el máster que fundo recibiendo un contrato con un 10 perfecto en la parte subjetiva y sin ser la oferta más económica.

Esto no prueba nada, pero si hay una querella y se abre una diligencia que llama a declarar a los autores de estos artículos, esta perfectamente justificado desde el derecho procesal y no tiene nada que ver con una investigación prospectiva:

https://corujojimenezabogados.com/investigacion-prospectiva-procedimiento-penal/

crateo

#65 Vamos a dejar una cosa clara. Una querella no tiene porque aportar pruebas, solo una acusacion y si acaso, indicios.

Por ejemplo, si tu jefe te toca el culo en el baño de la oficina, tu puedes querellarte acusandolo de abuso sexual sin pruebas. El juez abrirá diligencias, llamará a declarar a otras compañeras, a RRHH, y en base a eso puede decidir si avisarlo e iniciar un proceso penal o archivar la denuncia. Ahí es en donde se recabaran las pruebas.

O por ejemplo, dices que a la salida de un parking un choni conocido del barrio te robo la pasta y se largo. Te puedes querellar contra el sin pruebas y el juez puede pedir las grabaciones de la cámara del parking o del sitio de enfrente como pruebas.

crateo

#22 hmmm, ¿como se tumba un gobierno con mayoría absoluta a base de hablar mal de la esposa del presidente? No será porque ahora nos tengamos que creer en la piel fina de Sánchez

crateo

#52 la investigacion prospectiva lo sería si no hubiera querella, por mala que está sea. Al haber una querella particular ya no es investigación prospectiva.