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#1 Si la SGAE lidera la mente de nuestro país... vamos listos!!

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Yo estoy abierto a cualquier otra explicación que queráis dar sobre el asunto. Pero el hecho es que esa página está en la caché de google, que los blogs del país funcionan, y que la página ya no está en el servidor.

De todas formas, eso lo hacen todos los periódicos, pero había gente que no se lo esperaba del país. Mal clima y mal año para unas elecciones...

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Sí.. bueno.. hace unos pocos años había muchos más documentos de la CIA asegurando que Irak tenía armas de destrucción masiva...

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Llamazares? Por qué? Acaso es la 3ª fuerza política de España? Deberían dar la oportunidad a Rosa Díez de hablar, a ver lo que tiene que decir
(particularmente me gustaría que fuese un partido lo suficientemente fuerte como para romper el bipartidismo)

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Lo que siempre he creido es que una sociedad nudista eliminaría gran parte de los complejos y represiones sexuales que dan lugar a esa agresividad y esa rabia que acaban desembocando en maltratos, violaciones y otras crueldades del estilo.

Sin embargo, la industria del porno se basa en explotar dichos complejos y represiones, pero "aliviando" la "tensión" que generan (quizá un poco más ¿?)

Por otra parte... todos sabemos lo que quiere decir realmente el que ha meneado la noticia, pero qué dice literalmente?

"...favorece (+) de forma inversamente proporcional (-) la disminución (-) de violaciones (-)."

(+) por (-) por (-) por (-) = (-)

En otras palabras: Si sube el porno, baja la disminución de violaciones; es decir, que suben.. ¡VICIOSO!

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Joer!! Cómo sois!! uno recién se levanta... enciende el ordenador... y 80 mensajes en su google reader cada uno con una noticia más alocada que la anterior...

Menos mal que sólo es un día al año...

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A ver... desde mi punto de vista, una cosa es que el hecho de compartir una canción no sea delito (mientras no haya ánimo de lucro), y otra muy distinta es que sea legal.

Los autores tienen unos derechos reconocidos a nivel internacional (podemos estar de acuerdo con esos derechos o no, pero el hecho es que existen). Vulnerar esos derechos (entre ellos el de comunicación pública) podría provocar un perjuicio al autor, y legalmente tendría derecho a reclamar una indemnización por ese perjuicio. Esto no tiene nada que ver con el ámbito penal.

Con los radiocassettes de doble pletina surgió la imposibilidad de controlar quién copiaba qué y para quién. Así que se propuso la figura de la "copia privada", que tiene como requisitos circunscribir la copia al ámbito familiar y que esta fuese obtenida de un ejemplar original lícitamente obtenido. Fue un gran paso que no preocupó demasiado a los autores y entidades de gestión por 2 razones:
- Se instauró el famoso canon compensatorio por copia privada $$$
- Las copias no podían extenderse de forma exponencial, dado que la calidad sufría mucho con cada "subcopia"

Con la regulación actual, no creo que compartir contenidos protegidos por derechos de autor pueda ampararse en la excepción de la copia privada.

¿Putada del asunto? Hoy en día casi nadie hace copias privadas (que cumplan con los requisitos legales), y sin embargo nos cuelan el canon compensatorio porque dicen que la gente copia. Es decir, por un lado, pagan justos por pecadores... y por otro, los pecadores no expían su pecado pues están vulnerando derechos de autor y podrían tener que responder con una indemnización (como ha pasado ya en muchos países)

¿Solución evidente?

1.- Ampliar el concepto de "copia privada" hasta que abarque las redes P2P
2.- Poner un canon compensatorio razonable y acorde con la situación (exclusivamente sobre las conexiones a internet que tengan gran consumo de datos de estas redes)
3.- Que las Majors revisen su modelo de negocio y lo enfoquen a sacar provecho de la situación actual. Renovarse o morir (¿o acaso alguien me dirá que no hay negocios rentables que ofrecen productos gratuitos por la red? Google y sus 1001 productos gratuitos)

Y con eso... todos contentos. ¿Se puede hacer? ¡Sí! ¿Es fácil? Pues no.. Pero lo que se está intentando tramitar ahora mismo en el parlamento tampoco lo está siendo, verdad?

Perdón por la extensión del comentario!

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Me quito el sombrero ante usted, caballero.

Un placer.

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Esto no es una indicación. Es una norma:

"b) ORACIONES IMPERSONALES. Se llaman así por carecer de sujeto gramatical y en ellas la forma se precede siempre a un verbo en tercera persona del singular. Esta construcción puede darse con verbos intransitivos (Se trabaja mejor en equipo), con verbos copulativos (Se está mejor solo que mal acompañado) O CON VERBOS TRANSITIVOS CUANDO LLEVAN UN CUMPLEMENTO DIRECTO DE PERSONA PRECEDIDO DE LA PREPOSICIÓN A (Se busca a los culpables del crimen)."

Las indicaciones vienen después, y no son más que ejemplos de la norma.

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También puedes comprobar aquí que todas las acepciones del verbo DEBER son transitivas, que sólo forman oraciones impersonales cuando hablan de personas con la preposición "a"
http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=deber

Buenas noches y un saludo, Leónidas!

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Me encantaría seguir con este bonito debate, pero mañana madrugo y no puedo seguir perdiendo tiempo. El que tenga dudas, que consulte a la fuente:

http://www.rae.es/rae/gestores/gespub000018.nsf/(voAnexos)/arch8100821B76809110C12571B80038BA4A/$File/CuestionesparaelFAQdeconsultas.htm#ap5

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Permítame que vuelva a corregirle, caballero... Aunque me veo obligado a aplaudir su espartana defensa de un uso equivocado del lenguaje.

Efectivamente "SE" puede servir para hacer oraciones impersonales, pero también oraciones en pasiva refleja (que se parecen asombrosamente a las impersonales, porque en ninguna se menciona el sujeto, pero que sí exigen la concordancia en número con el sujeto paciente)

Para terminar de aclarar el asunto, te cito la página de la RAE, que puedes consultar cuando quieras y a la que supongo le concedes el derecho a decidir sobre estas cuestiones. Espero que te sirva para corregir ese pequeño defecto que tanto ensombrece tu agradable redacción:

- Si el elemento nominal sobre el que recae la acción verbal expresa COSA, debe emplearse la construcción de pasiva refleja; por tanto, el verbo ha de ir en plural si dicho elemento nominal es plural. Ej: Se hacen fotocopias. –>"Se debeN utilizar los signos de puntuación"

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Me abstendré de decir lo que se me pone gordo a mí cuando me topo con una ortografía tan cuidada, Vodker

Zugzwang... FYI: el sujeto de tu oración ("los signos de puntuación") es plural, y sin embargo el verbo que has utilizado está en singular. Por favor, revisa tus viejas cartillas de ortografía ("sín hofender, heh? vuén royíto";) )

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Buen apunte, zugzwang... pero siempre hay que dejar un poco de cancha para los lapsus calami.

A los que no les ha quedado claro, las palabras en cuestión "este, ese y aquel" (con sus respectivos femeninos y plurales), sólo serán tildadas cuando sean pronombres, vayan seguidas de un nombre y puedan confundirse con los demostrativos. De ahí que sea una tilde diacrítica.

En conclusión, en el 99% de los casos no irán tildadas. Pero si seguís teniendo dudas, en la página de la RAE hay una interesantísima "FAC"