U

He visto el vídeo pero me "huele" a que es un arma de "doble filo".

- Para empezar, usar una causa noble para bloquear internet, no es aceptable. Lo que se necesita es educar al Internauta no poner "lindes al campo". se empieza por eso y se acaba usando para bloquear otras cosas que no sean precisamente lo que dio origen ese sistema.
- No me gusta nada el uso que hace del P2P, relacionándola con esos temas.
- Apoya las políticas de censura de otros países como china y ya sabemos que es lo que se hace en ese país (¿y eso de representarla gráficamente como una penitenciaría?... mmm).
- Me asustan los otros vídeos de esta organización, ¿habéis visto la que pone "you are a terrorist"? Para que desean más un sistema 1984 que otra cosa.

No se, me huele que esas bonitas y loables intenciones tienen una doble cara. A mi no me convence esa campaña.

Como digo hay que educar al internauta y por otro lado llevar una acción internacional y convencer a "esos países" a que actúen dentro de sus competencias.

Vamos en mi opinión.

morzilla

#7 ¿No te has enterado o qué? Todo el vídeo es irónico. Están en contra.

El de "Your're a terrorist" es del mismo autor y en contra de una nueva ley alemana.

U

Otro aspecto que además es discutible es sobre qué se entiende por "natural" ¿lo que posiblemente se reproduce de forma instintiva en el reino animal?. Bueno, recuerdo un documental no se si sobre las morsas o los elefantes marinos (no me pregunte que hacía viendo un documental de tales "animalitos" por favor, bromas aparte...), donde en una escena narraban como uno macho en celo al pelear con otro macho y no poder quedarse con la única hembra del grupo fue a "desahogarse" con una de las crías del grupo.

Esto es verídico y televisado en TV pero no recuerdo si era del National o de otra compañía de documentales (el título estaba en inglés y muy mal traducido al castellano) y me dejó muy impactado tal escena por no decir que un "bicho" de esos que llega a pesar casi una tonelada de peso, mató la cría del peso. Como digo ese documental lo transmitieron en TV, pero no hay ninguna información al respecto (es como si lo hubieran censurado) lo cual hasta uno se plantea que es o que no es natural.

También me impactó el documental de los pingüinos machos que practicaban actos homosexuales, luego también es algo natural ¿no?.

Luego definir que es o no natural también es algo complejo.

U

#21 Ese Internauta está a espera de sentencia (después de casi 2 meses de acabar su juicio y casi 4 años desde que le pasó lo que le pasó). Lo cual no se si hubiera pedido a las más de 20 supuestas menores actrices que viajaran hasta España para que demostraran su inocencia y su caso se hubiera resulto ya.

No voy a entrar en polémicas ni nada por el estilo pero tengo que resaltar algunas cosas de #40:

1- Que a una persona le guste el sexo con menores no es muy natural. Cierto se llama pedofilia y es una Enfermendad Mental y no un Delito (reconocido tanto por la OMS como por Amnistía). A excepción si se trata de menores dentro de la adolescencia (13-17) años, en ese caso sería AMORAL o no ético o socialmente reprochable (aspecto subjetivo de cada persona) y pero NO sería contra natura. La naturaleza no entiende de registro civiles y de que una persona tenga que tener cumplidos 18 años desde que oficialmente halla nacido para poder procrear, un adulto legalmente reconocido puede sentir atracción sexual por un adolescente y eso no es malo si sabe anteponer sus deseos al comportamiento responsable ante la otra parte actuando acorde a la ley y lo socialmente aceptado.

2- Que una persona practique sexo con menores es delito. Según vigente en el código penal mantener relación con menores es delito a excepción y así quede demostrado que el menor no tenga edad inferior a 13 años y haya dado su consentimiento al respecto y éste NO sea viciado, es decir, obtenido mediante engaño, intimidación, chantaje, falsedad o de forma onerosa, es decir, a cambio de una "contraprestación" fuera de una relación formal y conocida por los allegados del menor (no es lo mismo el caso de una relación entre un adulto de 18 y un de 16 que sean novios y reconocido y aceptados por los padres del menor, que una relación casual entre esas 2 personas). La información es revisable en sentencias y así queda aclarado desde el punto de vista penal.

3- Mantener relaciones con una persona que legalmente es reconocido como adulto NO es delito. Con respecto a "natura", Queda dicho anteriormente, la naturaleza no tiene nada que ver, sino la percepción moral o ética subjetiva de cada persona.

Sobre el ejemplo, cabe mencionar posiblemente el género Lolicon. No es penable según legislación vigente.

Sobre la moralidad, la ética, lo social o políticamente correcto, prefiero hacer referencia a que no se puede usar tales motivos como justificante para condenar a personas por "lo que pudieran ser" o lo "que pudieran pasarles por la cabeza". Pues no hay que olvidar que son temas serios y que pueden arruinar la vida de una persona de por vida.

Para encontrar casos como el Sr de la noticia no hace falta tener que mirar al país "vecino".

U

Si es delito el "ver" porque supuestamente eso está estimulando la demanda de esa porquería... ¿por qué no aplican la misma filosofía para el drogadicto, para el accede a webs de venta de armas, para el que busca fármacos prohibidos, para el que ve violencia de género, etc...?.

Esta sentencia no es sostenible y pone en duda descaradamente la presunción de inocencia.

Todo esto es gracias a las prácticas importadas del otro lado del charco (Condenado por un "click") que al parecer ya se están aplicando en la UE.

Como apuntan algunos, si es independiente la intención (no presunción de inocencia), ¿porque no van para adelante también, los policias, el juez, y todo aquél que esté directamente relacionado con ese caso?

Este tipo de condenas lo único que va a provocar es que la gente tenga miedo a acceder a la red y que se vean delincuentes donde no los hay... Adiós a la sociedad de derecho en el siglo XXI, el mejor poder para el gobierno es sin duda generar el miedo (ya lo dijo Stalin...)

U

Estoy con #3...

¿A que vienen usar ese término en la noticia?. Yo tengo un colega de 21 años cuya novia tiene tan solo 16 y, según ellos, me dijeron que llevaban saliendo desde hace casi un año y no por ello lo llamo a él Pederasta... además del hecho de que los padres de los respectivos novios (de él y ella, la menor) conocen la relación perfectamente y es aceptada.

Ella este año me parece que ha entrado en la universidad (tiene los 17) y me parece deleznable que algunos medios y algunas personas usen términos tan delicados como la pederastia con tal del morbo y la expectación o vaya a saber Ud para qué... solo por que uno que tenga ya los 18 si sale con uno/a de 17 y medio es un pederasta porque así está aceptado politica, social y moralmente.

Después decimos que los anglosajones son muy puritanos y que nos escandalizamos y tal... pues España no se queda atrás...

Con respecto a la noticia, están absueltos por el mero hecho del desconocimiento de la edad de la menor (para el que no se lo crea una menor de 16 físicamente y de rasgos es sino igual muy parecido a uno de 18...). Con respecto al "pederasta" "pornógrafo", etc... me parece que se le ha condenado 2 veces por el mismo delito pero bajo 2 formas diferentes... o lo condenan por prostitución (por pagar a cambio de mantener relaciones sexuales) o por producir material pedófilo pero no por ambas.

y aun así tendría mis dudas con respecto a la 1º... (si mi colega de 21 le regala una pulsera a su novia por querer mantener sexo con ella... ¿la está prostituyendo? ¿estamos locos?...)

U

#11

Por alusiones:

1º- Protesto porque opino y punto.
2º- el programa al que haces referencia me quejé en su momento y si yo fuera padre, mis hijos estarían estudiando y jugando y no saliendo en programas de televisión principalmente por velar de su intimidad (aunque algunos padres eso les importa poco), hasta que, por lo menos por ley, diesen su consentimiento voluntario para decidir si quieren salir o no en programas de TV (que son a los 18 años, ahí que hagan lo que quieran).
3º- Espero que no asocies el término "sexy" a mis argumento. Dejando aparte mi opinión sobre programas de TV donde actúan menores. La mayoría de esos menores de estos programas, realizan actos relacionados con la canción, bailes de salón (como el tango), trapecistas, gimnastas, etc... ninguno está relacionado con connotaciones NO apta para menores (que los otros sí lo vean, es problemas de ellos... si Ud me está incluyendo dentro de ese grupo, es problema suyo). En cambio, los carnavales y, más en concreto, las reinas del carnaval, si poseen connotaciones No aptas para menores y de ahí que de mi opinión NO favorable a tal candidatura (pero como mi opinión no vale nada, pues nada).
4º- Como no conozco Ejemplos "a puñados", pues no se que decirle.

Siempre me ha gustado ver los carnavales de brasil y las mulatas que mueven sensualmente sus cuerpos, sinuosos pechos y claro está sus caderas, evidentemente eso excita Pero si en vez de ver mujeres hechas y derechas veo en ese carnaval a niñas, evidentemente, no se que mierdas pintaría viendo ese carnaval, que vayan los teletubbis o los lunnis que yo me voy con mis mulatas mayores de 18 o 20 años de carnaval a otro lado.

Nova6K0

#12

Es decir que según tu el Carnaval de Brasil es para ver a mulatas y excitarse. A mí el Carnaval me gusta por todo. Por ver a mayores y pequeños divirtiéndose. Son unas fiestas, si por alguna calenturienta mente los pequeños no pueden bailar y disfrutar apaga y vámonos.

Salu2

D

No nos engañemos, unas de las cosas más atractivas de los desfiles del Carnaval de Río de Janeiro es la sensualidad que emanan las mujeres que desfilan bailando samba, además de sus trajes o vestidos (por decir algo, porque van semidesnudas la mayoría de ellas). A mí no me parece lo más adecuado meter en ese tipo de espectáculos a una niña de tan sólo 7 años, demasiado pronto para ponerla en el escaparate. Si sólo fuese bailar, pues vale, pero el carnaval de Río es mucho más que baile.

Estoy de acuerdo con #12.

U

#7

"Hace unos años en Inglaterra salió un anuncio donde se veía a una mujer dando el pecho a su bebe. Algún gobernante (seguramente un viejo verde) vio perversión en el anuncio y lo mandó retirar...
¿Qué era realmente perverso, que se viese un bebe mamando o que un gobernante considerase eso pervertido?"

Las comparaciones son odiosas, dar de mamar a un crió, es sencillamente eso, un acto maternal y natural totalmente inocuo, el origen/finalidad de los carnavales no es ni mucho menos, ni maternal, ni natural e inocuo, ya que es un festejo pagano donde está presente la sensualidad y por tanto NO apto para menores en su participación.

U

#4

Sí, pero como pillen a uno realmente excitado en el carnaval se pasará a decir "Si ese hombre se esta excitado al ver a esa niña de siete años se le tendría que cortar el miembro, meterlo en una jaula y tirar la llave".

¡Por el amor de Dios!, Yo si fuera padre me negaría rotundamente a que mi hija fuera objeto de este tipo de eventos, cuando tenga sus 18 años, que haga lo que le de la gana, pero antes no. No entiendo como pueden permitir eso unos padres.

U

Este tipo de festejos no es apto participativos para una menor, y sobretodo a esas edades. Espero que la juez retire esa candidatura.

U

Este tipo de festejos no es apto para menores y espero que la juez retire dicha candidatura.

U

Cómo es posible que la simple palabra de un mujer puede ser prueba suficiente para que te metan casi 10 años de prisión... Sinceramente, tengo miedo y pavor a las mujeres para ser heterosexual.

U

Bueno, a Samantha Villar la exculparon de un delito de colaboración de un robo en Sevilla, pero como era periodista, pues está por encima de la ley.

Así que no creo que vaya ningún directivo a la cárcel por infligir el delito 402 de fingir la autoridad.

Por lo tanto chicos, si queréis pisotear las leyes en España, haceros periodista y escusarse siempre con "nuestro objetivo es el de informar"...

Sea PSOE, PP, IU, Partido comunista, ¡que más!, la cárcel es siempre para el estúpido ciudadano medio-bajo el resto está por encima de la ley.

U

@11 -> Exactamente, Que pruebe a ver una semana solo y después que diga ... le podrán todo los lujos que quieras pero, al fin al cabo, están privados de libertad y eso no se compensa ni con "spa", ni langostinos, ni TV, ni piscinas, etc...

Aparte que en éste gobierno todo se justicia con la pena privativa... Si tiras un cigarro a la calle:carcel, si te da por gastar una broma por Internet: carcel, si (etc). Bueno realmente no es nuestro gobierno sino la herencia del PP antes de perder las elecciones.

U

lo mismo o incluso peor:

Condenada a un año de prisión por hacer uso indebido de una dirección de correo electrónico privada

Hace 14 años | Por --85940-- a europapress.es


En ambos, según ley, debió ser 2 años (no solo por descubrir sino también por revelar) y a la mujer solo le cayo 1 año...

D

#3 Bueno, son distintos jueces y distintas situaciones. No creo que tenga nada que ver con que el autor sea hombre o mujer.

U

Es lo que digo yo... si el que lo hace es una mujer hacia un hombre la pena es de 1 año y si es al revés... le cae el doble de años... Así es la justicia Española, Sí señor..

D

#1 ¿Puedes poner el link con la noticia del caso en que una mujer hizo lo mismo y sólo se llevó una pena de 1 año?

U

Bueno y entonces... ¿alguien me puede explicar como una mujer por robar 2 cuentas de correos y enviar datos de forma difamatoria además de imágenes con contenido comprometedores con el fin de hacer mella en la familia del ofendido le cae una pena de 1 año de cárcel y una multa de 2.160 euros y éste caso por un simple acceso le piden año y medio de cárcel más 4.500 euros de multa?... ¿porque si el que lo hace es hombre y el ofendido una mujer hay algún agravante por sexismo o supuesta violencia de género (puesto que el requisito necesario y suficiente es: victima -> 1 mujer y agresor -> 1 hombre)?...

No lo entiendo.

U

@UGEUVE -> tienes razón, perdón, ya he actualizado la entradilla (gracias por el aviso)

LambdaLambda -> actualmente no hay ley penal que recoja tal acto en España, pero si se está planteando la misma para la próxima reforma del C. Penal. Este delito lo están persiguiendo por otra rama que tiene algo que ver en parte, pero no necesariamente toda intromisión es por querer invadir la intimidad.

remixpanoramix

#5 No es exacto del todo. Se puede considerar como vulneración al derecho de intimidad o delito contra las comunicaciones privadas, depende del caso concreto

U

Que yo sepa, actualmente en España el mero acceso no autorizado no está penado en el código penal, otra cosa muy diferente es el uso que se le diera a "posteriori" pudiendo recabar en delitos de estafa, chantaje, descubrimiento y revelación de secretos, suplantación de la identidad civil, etc.

A parte... ¿que tiene que ver la supuesta intención que supone el fiscal "con el fin de saber qué guardaba en su ordenador" con acceder a una cuenta online?¿o es que ahora si te acceden a tu correo webmail también pueden meterse en tu ordenador sin que te des cuenta y sin necesidad de software malicioso?¿o es que el fiscal no tiene muchos conocimientos técnicos por lo visto?.

Se está asociando últimamente cualquier intromisión a una cuenta (la simple intromisión) con el delito 197.1 del C.Penal que castiga algo totalmente diferente: el apoderamiento (que en este caso es justificado virtualmente) + un DOLO (querer descubrir los secretos o invadir la intimidad del ofendido).

Me parece injusto que se castigue igual al que invade realmente la intimidad para hacer daño (cosas de celos de parejas y tal...) con una simple intromisión y salida de la cuenta... Así está el País con más presos de la UE (es en lo único en lo que nos estamos pareciendo a USA por desgracia)

U

Son 20 años en un Centro penitenciario psiquiátrico. Vamos, sin eufemismos, a la cárcel para enfermos...

U

y digo yo... ¿que diferencia hay entre uno con 17 años y otro con 18 recien cumplidos?. Si los 2 cometen el mismo delito (un homicidio por ejemplo...) ¿al 1º lo dejan en libertad y al 2º lo encierran durante 20 años?...