#1 He publicado la noticia precisamente por eso, porque me ha parecido flipante.
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#27 Claro que lo comparo. Los dos han cometido el mismo delito tipificado en el artículo 208 de nuestro código penal. Y la condena debería ser relativa a la magnitud y difusión de la injuria. El problema aquí es que tú sólo te ofendes cuando insultan a los tuyos y te da igual cuando insultan a tus rivales políticos, es una actitud deleznable que demuestra tu propia incoherencia.
Yo también opino que la policía no debería multar directamente por estos delitos, sólo denunciarlos, aprende a leer porque lo he dicho bastante claro. Espero que recurra la multa.