Hace 3 años | Por --526496-- a elespanol.com
Publicado hace 3 años por --526496-- a elespanol.com

El Código Penal la describe como "un tipo de violencia intrafamiliar que incluye toda aquella conducta realizada de manera consciente para generar un daño a otra persona, ejerciéndose de forma secundaria a la principal. Es una forma de maltrato infantil. El caso más extremo es cuando uno de los progenitores asesina a sus hijos o hijas para provocarle el mayor daño posible a su pareja, como ocurrió en el caso José Bretón. Según el CGPJ sólo el 3,1% de los casos terminan con la suspensión del régimen de visitas de los padres maltratadores.

Comentarios

D

#2 es la ama del populacho

D

#1 Lo que dice el artículo es:

"...como ocurrió en el caso José Bretón o con el hombre que se tiró de una ventana del Hospital de La Paz con su bebé en brazos tras discutir con su mujer. Aunque en ninguna de sentencias aparece siquiera el término violencia vicaria en el texto, como recuerda Rosa Pilar Sáez, especialista en Derecho de Familia."


Si quieres aportar datos nuevos no hagas como que está incluido en la noticia.

Burrofleta

#4

Lo único que me queda claro es que viste lo de Rocía Carrasca... llevas cuatro o cinco meneos con el temita.

¿no tienes vida social aparte de estos temas?

D

Me ha quitado lo más importante que tengo en mi vida. Me los ha quitado, no porque hayan desaparecido, me los ha quitado teniéndolos. Ha hecho que me odien. Que tengan esa imagen de mí.

Que tenga cuidado esta señora con lo que dice. Lo que describe se parece mucho al Síndrome de Alienación Parental. Y le podría caer un puro, porque recordemos que una de las últimas medidas de nuestra queridérrima Ministra de Igualdad va a ser la de "prohibir" el SAP porque es un modo más de violencia de género desde las instituciones.



Aunque ahora que lo veo mejor, siempre en pos de la igualdad, esto solo es aplicable cuando es una alegación del varón y no de la mujer. Así es que Rocío Carrasco puede decir lo que quiera sin que Irene Montero enarque una ceja. Es más, va a conectar con el programa para darle su apoyo sin tener en cuenta esa execrable presunción de inocencia del varón (producto, sin duda, de esta justicia patriarcal tan falta de perspectiva de género) que tanto dificultad avanzar en la igualdad.



Además, qué cuidado ni qué cuidado va a tener que tener esta mujer. ¡¿Acaso no veis que llora mucho?!

D

#6 Te confundes. Lo que va a prohibir es el SAP ejercido por la mujer en contra del padre. No el del hombre contra la madre. Porque recordemos que las mujeres son incapaces de ejercer violencia, por ser seres puros sin cromosoma Y.

D

#8 Eso mismo digo en mi comentario: esto solo es aplicable cuando es una alegación del varón . Es decir, cuando es el padre el que alega que la madre ha hecho que el niño tenga el SAP debido a que le ha inculcado que él es mala persona y que debe odiarlo.

No sé si es que quizá no habías leído entero el comentario.

D

#9 Pues tienes razón, no me había dado cuenta de que seguía el comentario. Mil perdones.

Al menos, coincidimos en el fondo del asunto.

D

Esta señora esta contando su versión en la misma television que hasta hace un mes daba pabulo a su exmarido y presunto maltratador y sin contar con ninguna sentencia en firme que de veracidad a su testimonio, con testigos que hechos que ni fueron llamados a testificar; pero nada como la Ministra la cree pues la Fiscalia General reabrira el caso y aunque salga libre el acusado ya se habra hecho el juicio publico que es lo que buscan.