Hace 16 años | Por --18879-- a lavanguardia.es
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"La Audiencia de Barcelona ha sentenciado que, tras el fallecimiento de su padre, el hombre, con un 65% de discapacidad, no tiene derecho a la herencia de la renta antigua de la vivienda. La Audiencia de Barcelona ha rechazado el recurso interpuesto por un minusválido de Cornellà de Llobregat (Barcelona) y ha confirmado la orden de desahucio al entender que, tras el fallecimiento de su padre, no heredó los derechos sobre la renta antigua de la vivienda donde reside desde que nació."

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