Hace 4 años | Por Jakeukalane a lavanguardia.com
Publicado hace 4 años por Jakeukalane a lavanguardia.com

El alto tribunal cree que publicar fotografías de los despachos de los diputados no afecta a su intimidad si no muestran ningún aspecto de la esfera personal. El periodista Segundo Sanz Gálvez fue castigado por incumplimiento de la Instrucción de la Presidencia del Congreso sobre información gráfica en la cámara, tras descubrirse que se había introducido y grabado en los despachos de los dirigentes de Unidas Podemos Pablo Iglesias e Irene Montero sin su autorización.

Comentarios

sr_evax

Verdaderamente vergonzoso.

JohnBoy

#2 Coincido en que el resultado es vergonzoso, pero la sentencia del Supremo me parece bastante ajustada, y leyendo la información, hasta lógica.

Lo que creo que ha sido bastante chapucero es la estrategia procesal de los letrados de la cámara, y en cualquier caso las medidas de seguridad del Congreso, que eso sí que tiene tela.

D

#4 Estoy leyendo la noticia, y menuda chapuza de los que hicieron la demanda...

a

#2 Miralo por el lado bueno, ya puedes ir a grabar en el despacho de Inda

J

#2 La censura es vergonzosa.

lvalin

#3 "No entiendo la anulación de la condena. "

Igual hay que hacer algo verdaderamente innovador para entender la sentencia.....................leerla.

JohnBoy

#3 Quizá conviene leerse las cosas "La sentencia argumenta que la sanción impuesta no obedece a que se considerara probado que el recurrente tomó las imágenes de los despachos en cuestión, ni siquiera a que accediera a lugares prohibidos a los informadores gráficos, sino a que usara las fotografías en la información publicada al respecto. "

Le sancionan no por colarse ni tomar las fotos, sino por publicarlas. Si en el Congreso hubiesen hecho las cosas bien, pues lo mismo el resultado hubiera sido otro. Lo que dice la sentencia es que no le pueden condenar por publicar esas fotos, que es lo que hizo la Mesa del Congreso.

D

#13 Fácil pues. El supremo ha dicho que no le pueden sancionar por publicar las fotos, con sancionarle ahora por tomar las imagenes y acceder a los lugares no permitidos se arregla la cosa.

Entonces que vuelva a denunciarles al supremo.

JohnBoy

#19 No es tan fácil. Por lo que pone en la noticia, desde el Congreso no parecen tener pruebas para acusar al periodista de haber tomado las fotos o accedido a las áreas prohibidas.

En cualquier caso la denuncia no es al Supremo, sino que es la Mesa del Congreso la que decide la sanción.

Jakeukalane

Chiquilladas.

D

#25 sí, porque sigues sin presentar los indicios necesarios para justificar que al tomar la decisión, sabía de antemano que era incorrecta.

j

#17 Nunca amigo.Son por los servicios prestados.Y me malicio que la cifra es muy superior a los 300.000 euracos.

JohnBoy

Es que lA mesa del Congreso no le inhabilitó por colarse sin permiso, esa es la cuestión, que lo que fue una chapuza fue la instrucción de la sanción, no esta sentencia.

"La sentencia argumenta que la sanción impuesta no obedece a que se considerara probado que el recurrente tomó las imágenes de los despachos en cuestión, ni siquiera a que accediera a lugares prohibidos a los informadores gráficos, sino a que usara las fotografías en la información publicada al respecto."

D

#21 pero debe haber unos indicios. En este caso, había una normativa del Congreso que decia que se requería autorización, al no tenerla, pues a priori parece que se ha infringido la norma, y la decisión parece lógica.

D

#22 O la norma o su interpretación. Pero algo debe fallar o no estaríamos comentando la sentencia de la noticia.
En cualquier caso, que falle la norma o su interpretación es lo que se debería determinar en la resolución de la querella.

D

#23 que una interpretación sea errónea, no lo convierte en prevaricación.

D

#24 --> #21 Entramos en bucle.

D

Colarte sin permiso es gratis. Biba la justicia.

D

Habiendo estos granujas con patente de corso, harian bien en cerrar los despachos con llave...

D

Edirt

J

Es censurarle.

D

la retirada de la acreditación de prensa a un periodista de Ok Diario que fue ordenada por la Presidencia de la Mesa del Congreso de los Diputados el pasado 3 de julio de 2019.

Pues hala, ahora corresponde una querella contra la Batet por prevaricación.

D

#10 la prevaricación requiere demostrar que la persona que efectuó el acto era consciente de que lo que hacía no era correcto.

D

#11 Claro. Para eso sirve la querella, para demostrarlo (o no).

JohnBoy

#10 Algunos tenéis una idea bastante absurda del mundo jurídico y de lo que es la prevaricación.

D

¿Se puede inhabilitar judicialmente a un periodista?