Hace 3 años | Por nereira a elpais.com
Publicado hace 3 años por nereira a elpais.com

Despedida por casarse. Esta es la razón por la que una empresa gallega, Clusaga (Clúster Alimentario de Galicia), cesó a una empleada apenas veinte días después de que esta anunciara la fecha de su enlace. Así lo corrobora una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia, que anula esta decisión por discriminatoria y condena a la empleadora a resarcir a la mujer con 15.000 euros por los daños morales que le causó el episodio.

Comentarios

E

Me alegra que a esta mujer se la haya hecho justicia.

Lo que me da bastante pena es que se haya tenido que recurrir a contorsionismos legales con lo de la discriminación por estado civil, cuando debería estar tipificado despedir para que no se coja un permiso como violación de derechos fundamentales.

No sé de cuando es la sentencia ni cuando se ha ejecutado, pero me parece maravilloso que por pasarse de listos y querer ahorrarse 15 días de permiso de una trabajadora, hayan tenido que pagarle año y medio de sueldo (mas o menos si se ejecuta ahora) + 15000€ de multa.

Misth

#1 muy bien explicado... El articulo habla una y otra vez sobre la discriminación por el estado civil, incluso fué argumento de la defensa que no puede haber discriminación por ello ya que hay miembros de la plantilla casados y trabajando ... Pero es que es ridículo, y no es la razón del despido la discriminación por su estado civil... La empresa la despide por un tira y afloja para que no se coja vacaciones que le corresponden.

E

#2 Pero no por pretender coger vacaciones (que tampoco sé hasta que punto sería improcedente o nulo), fue por pretender disfrutar de un permiso retribuido que está en el ET y en absolutamente todos los convenios se asimila o incluso se aumenta.