Hace 2 años | Por me_joneo_pensan... a expansion.com
Publicado hace 2 años por me_joneo_pensando_en_ti a expansion.com

Los magistrados del TSJG han admitido el derecho de una empleada de un supermercado de Lugo a adaptar geográficamente su contrato y, por tanto, al traslado a las instalaciones que la empresa tiene en Vilalba, su lugar de residencia, para que pueda conciliar su vida familiar. En la sentencia, contra la que cabe presentar recurso ante el Tribunal Supremo, los jueces destacan que los derechos de conciliación son "derechos fundamentales, dada su vinculación con la prohibición de discriminación sexista y con el derecho a la intimidad familiar".

Comentarios

Jack_Sparrow

"la empresa alegó que en el centro de trabajo de Vilalba no había vacantes que ofertarle, por lo que defendió que "se hacía imposible, aun queriendo, adaptar geográficamente su contrato". Sin embargo, la Sala asegura que sí había vacantes, pues entiende que la transformación de contratos temporales en indefinidos -como sucedió en Vilalba- equivale a la existencia de puestos vacantes. "No compartimos que el legítimo derecho de esos trabajadores a la estabilidad de su empleo pueda considerarse preferente al de la conciliación familiar, pese a lo argumentado por la empresa en su impugnación"

No sé yo qué pensar de esto la verdad.

D

los jueces destacan que los derechos de conciliación son "derechos fundamentales, dada su vinculación con la prohibición de discriminación sexista y con el derecho a la intimidad familiar".

Dónde está el sexismo aquí?
Significa que este es otro privilegio por ser mujer?

Urasandi

Me alegro: dinamita en parte la práctica de los traslados forzosos.

gz_style

No le veo sentido alguno a esta noticia. Diría que falta información importante para entender la sentencia.