Hace 11 años | Por --24865-- a eleconomista.es
Publicado hace 11 años por --24865-- a eleconomista.es

En caso de que, durante el periodo de vacaciones anuales retribuidas, el trabajador caiga enfermo, tendrá derecho a disfrutar en un momento posterior de los días de descanso que aún no haya agotado. Así lo establece el Tribunal Supremo..

Comentarios

habitante

Cada vez hay menos trabajadores

D

Conozco a una profesora que cogió la baja laboral para curarse de un cáncer allá por julio de 2008. Estuvo un año de baja. Sigue esperando por sus vacaciones.

cathan

Es lo lógico, las bajas por enfermedad en cualquier época del año no cuentan como vacaciones; así que si te pones enfermo en vacaciones debería contar como baja por enfermedad, ya que, en cualquier caso, oficialmente, aunque estás de vacaciones, estás cotizando a la seguridad social durante ese tiempo.

Pero eso no es un privilegio; todo el tiempo que estés en baja durante las vacaciones dejarías de percibir el salario de las vacaciones y pasarías a percibir el salario por baja, que una parte lo paga la empresa y otra la seguridad social.

Ahora, en cualquier caso queda a juicio de cada uno si se rompe una pierna estando de vacaciones solicitar la baja... a mi personalmente, aunque sea lo lógico según la legislación, no me parece ético.

D

#6 Claro,al igual que debes descansar las horas que también firmaste.

D

#7 Tumbado en la cama ya se descansa.

D

Voy a ir a la empresa que me despidió a ver si me dan los días que me deben por las vacaciones que estuve enfermo.

Quel

Habría que ver los detalles de esa normativa, pero me parece una soplapollez. ¿ Por un lado a la clase trabajadora nos quitan derechos casi elementales, y por otra nos dan privilegios tan absurdos como ese ?.

Están locos estos romanos.

L

Pues a ver cuando cambian las leyes en este país para que eso se haga efectivo.
De momento, en algunos sitios, no lo es.

D

ke sinverguenzas, osea, cojo vacaciones, me voy a eskiar, me cojo una gripe y encima la empresa me tiene ke dar mas dias?

D

#3 Efectivamente,cuando firmas un contrato estás vendiendo unas horas,no estás vendiendo tu vida.

D

#4 Pues tendras que trabajar esas horas que firmaste...