Hace 5 años | Por kosako a tribunalconstitucional.es
Publicado hace 5 años por kosako a tribunalconstitucional.es

El Tribunal Constitucional, en una sentencia cuyo ponente ha sido el Magistrado Cándido Conde-Pumpido, ha señalado que “la Constitución excluye, por regla general, la utilización periodística de la cámara oculta en cuanto que constituye una grave intromisión ilegítima en los derechos fundamentales a la intimidad personal y a la propia imagen”. Ahora bien, “su utilización podrá excepcionalmente ser legítima cuando no existan medios menos intrusivos para obtener la información”.

Comentarios

rob

Conde-Pumpido es un cachondo de carallo.

tul

#1 mas bien un lacayo de los corruptores

D

Leyes ambiguas dejadas a la improvisación del juez que nosotros digamos...

D

Lo vaya a ser que lo graben diciendo animaladas anticonstitucionales.

D

Ahora bien, “su utilización podrá excepcionalmente ser legítima cuando no existan medios menos intrusivos para obtener la información”
... como siempre con la mierda de "justicia española" solo se le aplicara a quien el TC considere conveniente ... como pasó con las escuchas de Garzón y con todos los robagallinas.

D

No vaya a descubrir algún tráfico de sobres....

kosako

#2 Mira que yo al leerlo he pensado algo así..

Y esta parte:

“su utilización podrá excepcionalmente ser legítima cuando no existan medios menos intrusivos para obtener la información”.

a mi me suena a que se lo pillarán con papel de fumar. Pero que está en plan "mira no es 100% ilegal, no quejarsus"

D

#4 Tipica Ley española para interpretarla como les salga de las narices, Si te filman a ti no es intrusivo y si les filman a ellos si.