Hace 5 años | Por ccguy a laboro-spain.blogspot.com
Publicado hace 5 años por ccguy a laboro-spain.blogspot.com

Por ejemplo: tienes un contrato temporal por obra. Cuando finaliza la obra finaliza tu contrato y entonces tienes derecho a cobrar una indemnización por fin de contrato temporal de 12d/año. Pero si tienes un contrato indefinido y surgen causas objetivas de finalización del mismo, como pérdidas de la empresa, entonces la indemnización es de 20d/año. El 2º caso sería lo que todo el mundo llama "despido objetivo", pero recordad que en realidad no existe legalmente ese tipo de despido sino que es una finalización de contrato por causas objetivas.

Comentarios

mosisom

Nos ha jodido mayo con sus flores que es correcto, porque lo dice la ley y las leyes ahora parece ser que si que nos pueden discriminar sin que nadie se escandalice.

Lo que pasa es que hay que cambiar esa ley cagando hostias.

Ya tiene trabajo la nueva ministra.

Yo estare observando.