Los daños más habituales de este temporal sufridos en coches, casas, jardines o comercios los deben cubrir los seguros privados de cada ciudadano si así se determina en las condiciones del contrato. Esta es la principal conclusión del director de Operaciones del Consorcio de Compensación de Seguros, Alejandro Izuzquiza...
Comentarios
si así se determina en las condiciones del contrato
Faltaría más, no te jode...
#1 O sea, que no. Los seguros nunca cubren los desastres naturales.
¿Es a terceros?
Ya podeis guardar los mecheros que no hace falta derretir la nieve para cobrar el seguro.
Siendo una situación tan sumamente excepcional, me sorprendería que pagasen un solo euro.
Son "actos de Dios" me suena que la mayoría no lo cubren
https://www.abogado.com/recursos/ley-de-seguro/inicio-seguro-de-propietario/
ahi esta el dilema " deberian", pero luego a la hora de pagar ciertos arreglos se hacen los suecos.
Los seguros no suelen cubrir daños pro causas naturales, a no ser que haya una cláusula específica que si lo cubra.
Como mucho podrán reclamar al consorcio. Suerte.