Hace 2 años | Por DonQueru a farodevigo.es
Publicado hace 2 años por DonQueru a farodevigo.es

Era una reivindicación histórica de este colectivo que se hará realidad con la nueva ley educativa, Lomloe. El profesorado técnico de FP subirá de categoría, integrándose en el cuerpo de profesores de secundaria. El requisito principal es tener una titulación universitaria (el 85% del profesorado de este cuerpo la tiene)

Comentarios

pendejo1983

De todos modos este derecho NO afecta a nadie, es decir, los PTFP que tenemos titulación universitaria nos iguala la ley con los PES ya que hacemos el mismo trabajo y nos exigen lo mismo para acceder. Los PTFP que no tienen titulación universitaria, que es una cifra residual, se quedan igual.
Primero igualemos los que dice la ley y luego luchemos para que el resto, que hace el mismo trabajo, cobre también lo mismo

Gotsel

#5 El mismo trabajo no, que yo perdí 5 años estudiando y ellos mientras ya podian cotizar. Que me compensen entonces la titulación que me exigieron para entrar

pendejo1983

#8 lo que hayas estudiado no influye en que dentro del IES hagan el mismo trabajo. De hecho aquí muchos módulos los imparten los PTFP o PES según interese para facilitar elaboración de horarios

Gotsel

#16 la cualificación tambien se paga, de toda la vida.

pendejo1983

#19 pues descargando camiones siendo ya ingeniero no me pagaban más. Me pagaban según el trabajo que hacía. De todos modos, a mi, me vendría bien que pagarán por formación ya he tengo el doble de títulos (a nivel universitario) que mis compañeros PES

Gotsel

#21 vaya falacia te has marcado compañero.

pendejo1983

#36 cuál? Releyendo mi comentario todo es cierto. No te crees que alguien que trabaje en la especialidad de PTFP pueda tener 4 títulos universitarios? (2 carreras y 2 masters)
No te crees que haya descargado camiones siendo ya ingeniero o que me pagasen igual que a alguien sin egb?

Gotsel

#39 no digo que estés mintiendo, digo qur el argumento de decir que siendo ingeniero cobrabas como camionero es falaz pues no te exigieron el título de ingeniero para acceder a ese trabajo.

m

#13
Me meto en la conversación por alusiones.
Soy maestro (antiguas diplomaturas de 3 años), pero ya no trabajo como tal.

No conozco la realidad en otras facultades/universidades. Pero, en la que yo estudié, a lo único que se le podría llamar "manualidades", lo trabajábamos como una parte (no todo) de una sóla asignatura (y en el último curso) llamada Educación Artística, que es el área que, luego, en los colegios, se convierte en Música y Plástica.
Lo de estar "3 años haciendo manualidades" yo, por lo menos, no lo viví, pero sí lo tengo escuchado (normalmente, en boca de "cuñaos") y siempre respondo dando mi punto de vista.
Yo imagino que será una exageración nacida de una conversación de barra de bar que se fue perpetuando con los años.

En lo que sí te daría la razón es en lo mejorable de la formación que recibí. Sí noté profesorado de la universidad muy alejado de la realidad de las aulas. Y eso se notaba en las asignaturas que impartían.
Los mejores profesores que tuve, los profesores asociados y todos los de Educación Física.

En cuanto a lo de cobrar lo mismo unos y otros, no creo que nadie vaya a pedir la equiparación con los catedráticos de Universidad porque eso es harina de otro costal. Ese argumento sí es una falacia.
Personalmente, yo estoy a favor de que maestros y profesores de secundaria cobremos lo mismo y estemos en la misma categoría laboral, siempre y cuando los requisitos y nivel de dificultad de la oposición sean similares (ya lo son en lo que respecta a la titulación de acceso, pero el número de temas es la asignatura pendiente).
Porque, por lo demás, hacemos lo mismo en Primaria, FP y Secundaria: transmitir unos conocimientos a un grupo de alumnos para que le encuentren aplicabilidad en la vida real.
Del mismo modo que #21 era ingeniero, pero cobraba lo mismo descargando camiones que los demás empleados sin titulación, porque nadie se lo pide para esa responsabilidad, tal y como bien le apuntas en #42
No creo que haga falta esperar a que "los graduados sean mayoría que los diplomados" para exigir cobrar lo mismo.
Esos diplomados desempeñan su trabajo igual que los recién graduados, porque era la titulación que les habilitaba para ello, en su momento.
Por cierto, TODOS los graduados (4 años de carrera) tenéis que hacer el Máster de Profesorado de Secundaria, para ser docentes en FP o Secundaria/Bachillerato.
Los maestros diplomados, con 3 años de formación (1 menos que tu grado), se nos reconoce esa formación pedagógica y, por tanto, se nos exime del requisito de ese Máster, si queremos dar clase en Secundaria.
No sé qué le parece esto a #44

CC #41

oliver7

#46 comentario excelente. Sólo añadir como apunte que los de Primaria no, pero en Infantil (aunque cada vez menos) era un poco andar con manualidades.

Gotsel

#46 Y no te parece injusto que tu tengas cotizados dos años más que yo? Porque a mi me pidieron 5 años de estudios y a ti solo 3. Por qué yo me tengo que jubilar dos años despues que tú? Y el sueldo que ganaste en esos dos años que tú ya trabajabas y yo me los pasaba estudiando, además de pagar las correspondientes matrículas? Eso no lo compensamos?

cc #47

#48 Evidentemente, lo del Máster/CAP validable a maestros que le decía a #44 no le encuentro ni pies ni cabeza.
El comentario era por trolearos un poco a los dos.

El Máster de Profesorado de Secundaria no debería ser requisito para los Graduados en Educación Infantil y Educación Primaria, que para eso tienen 4 años de formación didáctica y pedagógica (1 más que las antiguas diplomaturas de maestro, a quienes sí se les valida).
Imagino que cunde exigirlo a todo el mundo por hacer caja.

Y los años de cotización es un poco relativo y personal.
En mi caso, por ejemplo, no empecé a trabajar justo al terminar la carrera y, además, he trabajado unos años en el extranjero y no se ve reconocido en la Vida Laboral, así que seguramente ya me has alcanzado (incluso adelantado) y creo que nos jubilaremos más o menos al mismo tiempo

Entiendo que son cambios fruto de vaivenes legislativos, que confío en que sean para mejorar. Si ha venido para quedarse, como nos han dicho que es, por adaptarse a Europa, perfecto.
Quién sabe si en unas décadas los futuros Grados serán de 5 años, en lugar de 4, y entonces la situación cambiará y te verás beneficiado.

De todas formas, gacias a los grados, un Graduado en Educación Infantil/Primaria ahora puede acceder a un doctorado.
Antes, con el título de Diplomado en Maestro de Educación Primaria, no.

Pero antes de los Grados, ya existía ese problema que sostienes de la diferencia de años para entrar en el mercado laboral.

Por ejemplo, la Licenciatura en Educación Física era de 5 años en los INEF, pero de 4 años en algunas facultades. La misma licenciatura.

Y te pongo el ejemplo más sangrante que conozco:
Ahora trabajo como docente de FP. Accedí con el título de maestro (3 años) sin necesidad de hacer el antiguo CAP (ahora Máster).
Pues tengo un compañero de departamento que imparte las mismas clases que yo y le ha costado 7 años de formación universitaria (6 de licenciatura en Medicina + 1 año de CAP).
4 años de diferencia entre su caso y el mío.

Gotsel

#49 hombre hombre, eso no vale. Si no empezaste a currar antes es porque no has querido/podido, pero ahí lo tenías. A los que nos pedían licenciatura perdemos dos años respecto a los maestros de 3 años que ahora quieren cobrar como yo. Si me devuelven el salario equivalente de esos dos años (más intereses) de más que me pedían a mi y no al maestro, más el coste de la matrícula de la facultad, más el cómputo de dos años a efectos de jubilación/pension podria empezar a hablar de equiparación salarial. Equipar en este caso no es justo, lo siento, esa es mi opinión. Muchos me llaman clasista o insolidario pero cada uno debe saber dónde está su sitio.

#51 Según tu propio argumento, tú también podías haber hecho cualquier diplomatura de 3 años y empezar a currar, no?

Gotsel

#52 si, pero a ver quién les explica entonces las integrales a los de 2 de bachillerato de ciencias. Si no soy soy, tendría que ser otro y estamos en las mismas.

#53 Pero se igualaría el salario y la categoría profesional ahora, que los titulados son Graduados.

En tu caso, si das en Bachillerato, ya pertenecías al grupo A (ahora A1) , mientras que los maestros al grupo B (ahora A2).
La diferencia salarial ya existía (y aún existe).

Quiero decir que vería bien la equiparación, porque se compensaría la injusticia actual de tener un Grado de 4 años y cobrar diferente, siendo docente en Primaria que en Secundaria. Y suponiendo que igualen el número de temas del temario.
Pero para quien trabaja en la privada, que no necesita oposición, la equiparación la veo de lo más coherente.

Pero está claro que tenemos opiniones diferentes y tan respetables una como otra.

Gotsel

#56 bueno, no sabia que ahora magisterio tiene el mismo rango que una licenciatura. En ese caso, puede que sí, siempre que la exigencia sea la misma para acceder al mismo cuerpo.

Gotsel

#9 no les pueden asignar nada pq de supone que son horas para hacer el seguimiento de los de prácticas.

s

#10 de eso nada. Eso sólo es el tutor.

pendejo1983

#10 lo que dices es falso, como dice #11

s

#10 además, el horario que tienen los tutores para el seguimiento de las prácticas NO es el 100% del horario que libran.

Durante todo el curso, los tutores tienen un par de horas para dedicar a las prácticas (búsqueda de empresas, gestiones varias, etc...), y éstas horas son las que también se dedican al seguimiento de los alumnos en las empresas cuando éstos han empezado las prácticas. En algunos casos se puede solicitar una hora más, pero ya está. El resto del horario liberado se pone a disposición del centro, que falta hace.

Por cierto, hay alumnos que por diversos motivos hacen las prácticas en septiembre, y entonces el tutor ni libra nada y tiene que hacer malabares con el horario para no dejar desatendido nada. Eso no lo cuentas.

Gotsel

#18 No he conocido ningun caso en elmque pongan su horario a disposición del centro, preguntaré a ver que dice la normativa.

Mi experiencia es que muchos que quedan en la gloria bendita desde marzo hasta final de curso.

s

#20 Me da igual los casos que conozcas. Lo dice la ley, que yo mismo te pongo aquí para que te ahorres buscarla:

43. Actividades del profesorado cuando el alumnado está realizando o ha realizado el módulo o unidad formativa de Formación en
centros de trabajo
43.1. En el proyecto curricular que realice el equipo docente, se
contemplará una propuesta de actividades a desarrollar por el profeso-
rado, elegidas de entre las detalladas en el punto 43.8 de este anexo con
la carga horaria que se establece. Dichas actividades, priorizadas por el
equipo directivo y/o a instancia de la dirección general competente en
materia de Formación Profesional, se adjuntarán y formarán parte de la
Programación General Anual o del Plan Anual de Actuación del centro
educativo correspondiente, por lo que deberán concretarse antes de su
presentación al Consejo Escolar o Consejo Social para su aprobación.

43.2. La jefatura de estudios de Formación Profesional o en su defec-
to la jefatura de estudios del centro educativo, en la sesión de evaluación
final ordinaria previa al inicio del primer período anual de realización del
módulo de Formación en centros de trabajo y del módulo de Proyecto,
tras consultar con las jefaturas de las familias profesionales, jefatura de
prácticas y jefatura de los departamentos implicados propondrá, de entre
las actividades aprobadas en la Programación General Anual, las que se
realizarán, quién las realizará, dónde y en qué horarios.

43.3. Con el fin de optimizar el desarrollo de estas actividades, y
previo acuerdo entre profesorado implicado y la jefatura de estudios,
se podrá modificar el horario establecido al inicio de curso, dejando
constancia de la modificación para su supervisión.

43.4. El profesorado que vea modificadas sus actividades u hora-
rios, mediante aceptación previa del mismo, deberá firmar un nuevo
horario individual en el que quedarán detalladas las actividades a desa-
rrollar, los horarios y lugares de realización. En todo caso el profesorado
deberá aceptar el nuevo horario propuesto que no implique cambio de
turno asignado al inicio de curso.

43.5. En todo caso, la dirección del centro educativo garantizará
hasta el final del periodo lectivo el horario docente de todo el profeso-
rado y hará público el nuevo horario para dicho periodo.

43.6. La Inspección de Educación supervisará el desarrollo de las
mencionadas actividades y horarios.

43.7. Las actividades realizadas quedarán reflejadas en la memoria
anual del centro.

Gotsel

#25 Me puedes pasar la ley que es?

#27 La normativa que se ha citado en #25 y #26 es el Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria.

Gotsel

#50 No encuentro el artículo donde salen todas las citas en #25

Seguro que esa norma?

#54 Cierto. Me colé.

Esta es:
http://dogv.gva.es/datos/2020/07/30/pdf/2020_6213.pdf

Son las Instrucciones de inicio de curso para la docencia de FP en la Generalitat Valenciana para el curso 20-21.

Gotsel

#55 gracias! En Andalucía no tenemos nada parecido, al menos yo no lo encuentro.

#7 #10 #20 Respecto al horario lectivo, en #25 y #26 ya te dan las oportunas aclaraciones, porque lo que comentas es totalmente incorrecto.

Y siguiendo ese mismo argumento, los profesores de Secundaria que dan clase en 2° de Bachillerato también "liberan" horas en mayo, respecto a sus compañeros, por el alumnado que se presenta a la Selectividad.

Respecto al número de temas, yo vería normal que hagan lo que dices.
Los maestros también son A2 y, si los pasasen a A1, sería lógico que aumentasen el número de temas de su oposición (25 temas, frente a +- 70 temas de Secundaria es mucha diferencia).
Además, de mantenerlo así, seguramente habría mucha diferencia de volumen entre especialidades. Probablemente se daría un efecto llamada. Opositores estratégicos elegirían especialidades procedentes de la FP para opositar a Secundaria.
Yo lo haría. Estudiar 50 temas, en lugar de 70 y obtener una plaza en Secundaria igualmente.
Por eso, sospecho que, junto a este cambio (A2 -> A1) vendrá de la mano del cambio de temario que tantos años lleva sonando.

Gotsel

#32 También sería lógico, que si los maestros suben a A1 a los de A1 les suban entoncen un escalon más ya que los requistos de ingreso, además de la oposicion, son mucho más exigentes para profesores que para maestros pues se necesita mas formación. No se paga por apretar un tornillo, se paga por saber que habia que apretar un tornillo.

#35 Pero ahora ya no tiene sentido ese planteamiento, porque los maestros también acceden con Grado universitario.

Antes sí entiendo que habría diferencia entre Diplomatura (3 años) y Licenciatura (5 años).

Actualmente, la única diferencia son el número de temas de la oposición.
Por lo demás, la exigencia del trabajo en el día a día es muy similar.
De ahí, que algunos sindicatos defiendan la idea de un cuerpo docente único, en el grupo A1.

s

#20 Y en el artículo 43.8 se detallan las actividades a las que se tienen que dedicar dichos profesores, que verás que no es moco de pavo y que el que se aburre es porque quiere.:

43.8. Las actividades a realizar son las siguientes:
a) Impartir clases de recuperación del alumnado con módulos pen-
dientes, estén o no realizando prácticas formativas, y realizar las evalua-
ciones extraordinarias de dicho alumnado. La jefatura de estudios, junto
con el profesorado responsable de los módulos pendientes establecerá el
número de horas semanales de forma proporcional al número de horas
lectivas del módulo y el alumnado con módulos pendientes. No será
susceptible de desdoble ningún módulo que no reúna el número míni-
mo de alumnado entre el propuesto a asistir a clases de recuperación,
en cuyo caso uno/a de los/las profesores/as se dedicará a otras tareas
elegidas entre las restantes.
b) Tutelar de forma individual al alumnado durante el desarrollo del
módulo de Proyecto: 3 horas semanales.
c) Impartir módulos profesionales en los centros en que esté con-
templada la modalidad B de oferta parcial de ciclos formativos. El hora-
rio lectivo del profesorado, para ese trimestre, incluirá la carga lectiva
del módulo a impartir.
d) Impartir cursos para la preparación de las pruebas específicas
para la obtención de los diferentes carnets profesionales. El horario lec-
tivo del profesorado, para ese trimestre, incluirá el número de horas de
impartición de las materias del curso.
e) Colaborar con los procesos de acreditación de las competencias
profesionales.
f) Participar en los procesos de validación de enseñanzas. El horario
será el que determine el proceso de validación.
g) Participar en la programación, desarrollo, corrección y evalua-
ción de las pruebas para la obtención de títulos de Técnico/a y de Téc-
nico/a Superior de Formación Profesional en aquellos centros que las
tengan autorizadas: 3 horas semanales.
h) Impartir módulos profesionales optativos que mejoren la cuali-
ficación profesional y favorezcan su inserción profesional previa auto-
rización de la dirección general competente en materia de Formación
Profesional. Dichos módulos podrán incluir, entre otros, aquellos que
contribuyan a la difusión de lenguajes de especialidad en lengua valen-
ciana, incidan en la sostenibilidad y el equilibrio medioambiental y en
la responsabilidad social corporativa. El horario lectivo del profesorado,
para ese trimestre, incluirá la carga lectiva del módulo a impartir.
i) Orientar al alumnado de grado medio para la prueba de acceso
a ciclos formativos de grado superior y colaborar en la impartición de
los cursos preparatorios de las pruebas de acceso a la Formación Pro-
fesional. Hasta 3 horas semanales o la carga lectiva correspondiente al
módulo a impartir.
j) Cuando el número de alumnos o alumnas o la distribución geo-
gráfica de las empresas o entidades donde se estén realizando las prácti-
cas formativas lo aconseje, colaborar con los profesores tutores o profe-
soras tutoras en su seguimiento: 3 horas semanales por cada 3 alumnos
o alumnas a tutelar y se encuentren realizando el módulo de FCT a más
de 30 kilómetros del centro educativo.
k) Cuando la atribución docente lo permita y, el número de alum-
nado matriculado sea el mínimo que permite desdobles en los módu-
los que así los tienen asignados, compartir con el profesorado corres-
pondiente la docencia de aquellos módulos que, en principio, no son
susceptibles de desdoble. La carga lectiva será la correspondiente al
módulo a desdoblar.
l) Colaborar con el profesorado que imparte módulos profesiona-
les a alumnado con necesidades educativas especiales y programas de
cualificación profesional inicial cuando dichos módulos no hayan sido
objeto de desdoble o no sean susceptibles de desdoble. La carga lectiva
será la correspondiente al módulo.
m) Potenciar el plurilingüismo en los ciclos formativos y colaborar
en la generación de la documentación. Hasta 3 horas semanales.
n) Colaborar en el seguimiento del alumnado que realiza prácticas
formativas en otros países de la Unión Europea en programas gestio-
nados directamente por el centro educativo, Leonardo, Erasmus, entre
otros: hasta 3 horas semanales.
o) Realizar estudios de inserción laboral del alumnado que ha finali-
zado con éxito los ciclos formativos así como implementar mecanismos
que faciliten dicha inserción y colaborar en el mantenimiento de la bolsa
de trabajo del centro educativo: Hasta 3 horas semanales.
p) Colaborar en la puesta a punto de los talleres, laboratorios y
espacios que use la familia profesional o departamento: Hasta 2 horas
semanales.
q) Colaborar en la creación y/o mantenimiento de los soportes digi-
tales del centro y/o familia profesional: Hasta 3 horas semanales.
r) Atender la biblioteca del centro y mantener el fondo documental
de Proyectos de los ciclos formativos de grado superior: Hasta 2 horas
semanales.
s) Promover o participar en planes de Investigación, Desarrollo e
Innovación Tecnológica (I+D+I).
t) Diseñar, programar y llevar a cabo proyectos de promoción y
difusión de la Formación Profesional.
u) Colaborar en el desarrollo de sistemas de gestión de calidad o
mejora de la Formación Profesional.
v) Colaborar con el profesor tutor o profesora tutora, cuando pro-
ceda, en la elaboración de los informes de evaluación individualizados.
w) Prestar servicios de información y orientación profesional al
alumnado.
x) Cualquier otra actividad que, a propuesta de la familia profesio-
nal o departamento didáctico, sea considerada de interés por parte de la
dirección del centro educativo.
y) Cualquier otra actividad a propuesta de la dirección del centro
educativo, que mejore el buen funcionamiento del centro o institución.
z) Cualquier otra actividad a propuesta de la dirección general com-
petente en materia de Formación Profesional, que contribuya a la mejo-
ra del funcionamiento del centro educativo.
La carga horaria destinada a la realización de una o varias acti-
vidades relacionadas en los apartados s) a z) será determinada por la
dirección del centro educativo, suscrita por el profesorado implicado y
supervisada por la Inspección de Educación en los términos previstos
en este punto hasta un máximo de 4 horas semanales.

Gotsel

A ver si ahora piden la equiparación en horas, que desde marzo, muchos de ellos se quedan sin horario lectivo cuando el alumnado se va de prácticas, y tambien que se equipare el numero de temas de la oposición.

s

#7 vaya chorrada. Se quedan sin horario lectivo TODOS los profesores que dan clases a esos alumnos que se van a hacer prácticas, sean PES o PTFP. Todos.

Y no son días de vacaciones. El centro les asigna tareas: guardias, clases de refuerzo a otros grupos, etc...

pendejo1983

#7 eso es falso, como dice #9

Gotsel

#41 llegas tú, pero la mayoría de maestros no alcanzan a entenderlo.

oliver7

#43 touché! lol

F

Soy profesor técnico de FP y ingeniero, pero la gran mayoría de mis compañeros NO son universitarios... Y creo que en otras especialidades la situación es aún más clara. La mayoría de PT no son universitarios !!!

A

#2 Pero si la propia noticia dice que el 85% la tiene, o estoy entendiendo algo mal.

#2 Supongo que dependerá de la especialidad o de la familia profesional.

En la familia profesional en la que yo trabajo, somos 100% con titulación universitaria.

pendejo1983

#4 que especialidad es?

#17 Servicios a la Comunidad.

pendejo1983

#29 No hay titulaciones de grado superior o FP3 que dieran acceso? No está relacionada con mi especialidad y lo desconozco complamente.

En la mía si hay 2-3 compañeros con grado superior que yo sepa

#40 No hay acceso a esta especialidad con titulaciones de FP superior.

En pocas CCAA permiten el acceso con FP a esta especialidad.
Navarra, por ejemplo, sí permitía hasta hace poco. No sé si ya cambió.

F

#4 yo estoy en automoción, y para algunas cosas, tener a gente de taller puro y duro es genial. Ellos aportan unas cosas y los ingenieros otras. Ahora bien, no sé qué universitarios darán peluquería, pastelería, cocina...

#23 En los casos que comentas, los "universitarios" que tengan lagunas de formación tendrán que formarse para adaptarse a las exigencias de su puesto de trabajo.
Tendrán que ponerse las pilas, como nos las ponemos todos cuando nos toca impartir un módulo cuyos contenidos no dominamos.

Esto mismo aplica a los Técnicos Superiores de FP, que tendrán que formarse (adquirir un grado universitario) para adaptarse a los requisitos de acceso a ese puesto de trabajo.

Vensier

#22 está la figura del especialista para esos casos que ya se ha usado para curso de especialización.

D

#24 Los especialistas son contrataciones de forma puntual, para sobre todo el manejo de algun tipo de maquinaria especializada, sobre todo en electromecánica, de resto no pueden dar clases en un curso como docente.

#28 La figura del profesor especialista existe y dan clase durante todo el curso en los módulos cuyo perfil profesional les otorgue atribución docente.
Son un profesor más, pero especializado en el módulo que imparten.

D

#33 Conozco a la mitad del profesorado del IES Adeje, que da restauración y cocina más en el IES Candelaria y todos los que son de FP docentes por Cualificación por Grdo Superior, esta acojonados, por que no saben que va a pasar con ellos, ya que como te dije, para ser docente de formación formal, tendras que tener un grado universitario y ellos pasaran a ser un grupo en extinción y los que sean interinos terminaran en la calle.
A parte la figura del especialista, solo la conozco en automoción y cocina,dando cursos para el uso de una maquinaria específica no dando un modulo de la rama.

#34 Todos aquellos funcionarios de carrera que hayan obtenido su plaza accediendo con su titulación de FP superior, NO se verán perjudicados por ningún cambio normativo. Ellos accedieron cumpliendo los requisitos solicitados en su momento y demostraron su capacitación para obtener su plaza.
Decir lo contrario es marear la perdiz o tergiversar para meter miedo. Si hasta los sindicatos, cuya actitud sobre este tema está siendo, desde mi punto de vista, muy cuestionable e incluso rastrera, tienen claro el tema de los funcionarios de carrera.
Precisamente, al pasar a ser un cuerpo a extinguir, sus integrantes (Ojo: hablo de los funcionarios de carrera) conservarán sus actuales condiciones y responsabilidades laborales del grupo A2, hasta que el último se jubile, de ahí lo de "extinguir".
Si se los fuesen a cargar mañana, no se establecería el cuerpo a "extinguir", sino a "suprimir" o "eliminar".

De la voluntad política de cada Comunidad Autónoma dependerá lo que pase a los docentes interinos. Yo estaría tranquilo porque la mayoría de las CCAA han transmitido su intención de mantener en las listas de interinidad a los docentes sin titulación universitaria. Lo cual es lógico porque, al igual que los funcionarios de carrera, también accedieron cumpliendo, en su momento, los requisitos del puesto. La diferencia es que los profesores interinos sin titulación universitaria serán contratados como A2, en lugar de A1, manteniendo sus actuales condiciones laborales y, por supuesto, su puesto en la lista.
Para entendernos mejor, los interinos quedarían en algo así como "a extinguir" también, hasta que se jubilen, aunque esto último depende de los acuerdos de estabilidad que cada Comunidad Autónoma tenga regulados.
Lo que ya no podrán hacer es aprobar una plaza de funcionario de carrera A2/A1 con su actual titulación "sólo" de FP superior, que recordemos es una titulación requerida para grupos B, no A.
Los actuales docentes interinos sin titulación universitaria y aquellas personas recién tituladas de FP superior que aspiraban a entrar a trabajar como docentes en FP sin titulación universitaria tienen 2 opciones:
- Aprovechar la moratoria de 3 años que la Administración les va a dar para poder aprobar las oposiciones de A2.
- Ampliar su formación y obtener una titulación universitaria para acceder a las plazas del grupo A1

#22 A ningún profesor sin grado universitario y que sea funcionario de carrera lo van a poner de conserje.
Mantiene todas las condiciones de su puesto de trabajo.

El caso de los opositores futuros aspirantes a funcionarios de carrera sí que es el que comentas.
Y la solución pasa por lo que dice #24

oliver7

Y para cuándo equiparnos los maestros a los profesores también? lol

Gotsel

#12 si,vesa es otra reivindicación histórica. Y luego vendrá la equiparación secundaria con catedratico universidad y al final un tío que se saco la carrera en tres años haciendo manualidades cobrará lo mismo que uno que enseña variedades diferenciales en el espacio euclideo en la facultad de ingeniería en telecomunicaciones.

oliver7

#13 no, los graduados (como yo) ahora hacemos 4 años. Además en mi caso tengo un máster y un doctorado. Hoy en día no, pero el día que la mayoría seamos graduados y no diplomados exijo cobrar lo mismo. Eso sí, también aumentar los temas en la oposición.

Evidentemente que un diplomado no debe ganar lo mismo que un licenciado, hasta ahí llegamos todos.

D

El otro 15 tienen el Grado superior, y el CAP o un master,esos que se quedarán a pegar sellos, por que cobraran menos que los otros por hacer lo mismo.

#1 A pegar sellos no. Continuarán en el mismo puesto y con las mismas condiciones laborales y económicas que hasta ahora.
Unas condiciones, por cierto, que, por regla general, no se corresponden con la de otros trabajadores con titulación de FP de otros sectores profesionales.

D

#6 En teoria al cambiar la ley no podran dar clases, ya que la docencia solo con grado superior desaparecera el año que viene, siendo obligatorio tener algun grado universitario,o cada comunidad se saca de la chistera alguna ley o no podrán ser docentes.