Hace 9 años | Por cloudstrife7777 a publico.es
Publicado hace 9 años por cloudstrife7777 a publico.es

El Gobierno catalán ha pedido al Consell de l'Audiovisual de Catalunya (CAC) que analice si procede abrir un procedimiento sancionador a tres cadenas de radio por no emitir la campaña informativa de la Generalitat sobre el proceso participativo del 9-N. Según ha informado el CAC, el secretario de Comunicación del Govern, Josep Martí, ha enviado una carta al citado organismo en la que pone en su conocimiento que Cadena Ser, Onda Cero y COPE no emitieron los anuncios que les hizo llegar la Generalitat.

Comentarios

S

#26 "en este país lo que importa no es lo que se dice o hace, sino quién lo dice o lo hace."
Algo a lo que tu te sumas sin ningun reparo?

D

#41 No me sumo, me resté hace años, y te animo a hacer lo mismo.

S

#41 Yo no considero la ley injusta (esta norma concreta), ni en el caso que la aplique el gobierno Catalan, ni cuando la aplica el gobierno Español.

D

#19 No es verdad. La Constitución dice que lo que no se puede hacer es convocar consultas refrendarias vinculantes. En cambio el Estatut de Cataluña, aprobado en Las Cortes Generales, permite hacer consultas no vinculantes y, aún más, procesos participativos como el que nos ocupa.

D

#21 En realidad lo único que hicieron fue cambiarle "el nombre" . Al principio lo proponía como vinculante

Además de en todos estos casos, las comunidades autónomas y los municipios tienen potestad para poder convocar referendos en sus respectivos territorios, siempre que no contradigan la legislación nacional y, en todo caso, con la autorización del Gobierno central.
http://es.wikipedia.org/wiki/Referendos_en_Espa%C3%B1a
Dice referendos, no referendos vinculantes (ej, el referendo para continuar en la otan no era vinculante)

D

#22 Pero es que no era un referendo. Y nunca se propuso como vinculante. Precisamente se solicitó al Gobierno Español esta posibilidad y al ser negada se recurrió al Plan B, que era la consulta y, finalmente, el proceso participativo, previsto por una ley que no es ni siquiera la que emana del Estatuto aprobado por las Cortes Generales, que fue suspendida.

Si no es referendo es legal. Y si es referendo, ya podemos ir desfilando, porque lo ganamos de calle.

D

#23 te respondí en #24 , pero se perdió la referencia

Ahora habría que ver ciertos detalles:
Es probable que se incluyesen los mayores de 16 años precisamente para que la coincidencia de los encuestados y el cuerpo censal no coincidiesen exactamente. No por nada más.
Sin embargo sigue estando incluido todo el cuerpo censal en la consulta popular, por lo que habría que ver si se puede denominar o no referendum.

Si hubiese incluido únicamente a los mayores de 21, ya no estaría incluido todo el cuerpo censal y ya no habría dudas, podría no ser considerado referendo. De este otro modo caben dudas.
Pero el limitar los encuestados pierde simpatías, y además pierde potenciales votantes favorables. Y aumentándolo a menores de edad "más participativos", gana simpatías y muchos votantes favorables a su propuesta.

sorrillo

#25 Es probable que se incluyesen los mayores de 16 años precisamente para que la coincidencia de los encuestados y el cuerpo censal no coincidiesen exactamente. No por nada más. Sin embargo sigue estando incluido todo el cuerpo censal en la consulta popular, por lo que habría que ver si se puede denominar o no referendum.

Ese tipo de juicios y dictámenes corresponden en todo caso a un tribunal, no a un medio de comunicación privado.

Por otro lado finalmente lo que se hizo fue un proceso participativo, el cual es completamente legal, y además se hizo enmarcado en el ámbito de las manifestaciones ciudadanas. Si la Generalitat emite anuncios públicos que estiman convenientes por causas justificadas de interés público los medios de comunicación están legalmente obligados a emitir esos comunicados.

Hoy por hoy no existe ningún dictamen que indique que lo que ocurrió el 9N fuera ilegal, por lo tanto salvo que se demuestre lo contrario lo que hicieron esos medios de comunicación fue incumplir la Ley de Comunicación Audiovisual.

D

#28 Un juzgado se va a pasar por el forro de los huevos esta sanción y los catalanes acabaréis pagando las costas.
No se sostiene por ningún lado el interés público de una consulta "NO ORGANIZADA POR UN ORGANISMO PÚBLICO"
Gracias.

sorrillo

#29 No te discuto que la justicia en España no sea imparcial y responda a decisiones políticas, pero eso no significa que se deba dejar de intentarlo.

D

#30 No tiene nada que ver con la parcialidad de la justicia españolista.
Es que no se sostiene la sanción.

Esto es más que nada una puta amenaza de la mafia, nada más.
Indefendible.

sorrillo

#31 ¿Se ha incumplido una ley y dices no se sostiene una sanción?

Eso no tiene ningún sentido.

D

#32 ¿Se ha incumplido una ley?
¿Tienes la sentencia del juzgado?

sorrillo

#33 En aplicación de la aplicación del artículo 82.1 de la Ley de Comunicación Audiovisual se instó a los medios a emitir información que la Generalitat, dentro de sus competencias, consideró de interés público.

Esas emisoras no cumplieron con aquello que están obligados por ley, por lo tanto incumplieron esa ley.

Ahora se tramita un proceso para sancionar a esas emisoras por el incumplimiento de esa ley.

En tanto que no es discutible que esa ley existe y está en vigor y en tanto que no es discutible que la Generalitat estimó conveniente que se difundiera esa información no existe ninguna duda que esa ley se incumplió.

Sí.

D

#34 Esas emisoras piensan distinto.
De momento hay un sanción administrativa, distinto de que esté probado que "infringieron la ley".
Es decir, el organo censor CREE que se ha incumplido la ley, pero eso solamente lo puede decidir un juez.

Como digo, esto en mi pueblo se llama amenaza de la mafia.

sorrillo

#35 Esas emisoras piensan distinto.

¿Esas emisoras piensan que la Generalitat no consideró información de interés público la publicidad del 9N?

Lo dudo mucho.

¿Esas emisoras piensan que la Ley de Comunicación Audiovisual no está en vigor?

Lo dudo mucho.

En cualquier caso el desconocimiento de la ley no exime de cumplirla.

D

#36 Por eso seguramente se resolverá en un juzgado y el CAC perderá.

sorrillo

#37 No, si ocurre no será por eso. Esto ya lo hemos hablado.

D

#38 ¿Por los juzgados españolistas, no?
lol

D

#37 Claro que perderá, porque yo llegaría hasta la instancia mas alta con un argumento "Colaborar en hacer cosas que atentan contra la legislación del país es delito".

D

#36 La ley estatal en esa materia está por encima de la autonómica.

sorrillo

#43 La ley estatal en esa materia está por encima de la autonómica.

A menos que esa ley estatal indique que no se debe cumplir la ley autonómica se aplican ambas.

Y en cualquier caso cualquier medio, sea cual sea su origen ya sea en territorio español o extranjero, que emita con licencia en Cataluña debe cumplir la legislación de ésta. Faltaría más.

D

#45 No hay ley que justifique lo que quería hacer la Generalitat, te pongas como te pongas.

No van a pagar ni un duro. Y me alegraré por ello.

D

¿Y qué coño importa si algunos no emitieron nada?¿no es el proceso imparable?

jamaicano

Nazis haciendo cosas de nazis... muy tipico.

S

#14 Tu eres el negro de R10 no?
En los discursos de Rajoy añades

Robus

#14 hombre, lo que hicieron las radios estubo mal, pero tanto como para llamarlas nazis...

D

Si que lo era: http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=92&tipo=2


Antes de entrar a analizar este precepto, merece la pena detenerse, aunque sea brevemente en delimitar el concepto genérico de referéndum, para lo que resulta de mención obligada la STC 103/2008, de 11 de septiembre, que resuelve el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la Ley del Parlamento Vasco 9/2008, de 27 de junio, de convocatoria y regulación de una consulta popular al objeto de recabar la opinión ciudadana en la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre la apertura de un proceso de negociación para alcanzar la paz y la normalización política. De acuerdo con esta sentencia, en palabras del Tribunal Constitucional, el referéndum es un instrumento de participación directa y política; más en concreto, el referéndum es una especie del género "consulta popular" con la que no se recaba la opinión de cualquier colectivo sobre cualesquiera asuntos de interés público a través de cualesquiera procedimientos, sino aquella consulta cuyo objeto se refiere estrictamente al parecer del cuerpo electoral respecto de asuntos públicos propios del artículo 23 de la Constitución, y que se sustancia a través del correspondiente proceso electoral (STC 103/2008, FJ 2). En estos casos, añade el Tribunal Constitucional, en los que el sujeto consultado es el cuerpo electoral, estaremos ante consultas populares que se verifican por vía de referéndum, y en cuanto tales, su convocatoria queda dentro de la reserva exclusiva que, a favor del Estado, contiene el artículo 149.1.32 de la Constitución.

Así definidas, y habida cuenta que en nuestro sistema de democracia representativa las fórmulas de democracia directa son la excepción, sólo caben referendos en aquellos supuestos en los que se prevea expresamente, sin que en ningún caso puedan asumirse competencias implícitas (STC 103/2008).

KrisCb21

¿Bajo que acusación?

cloudstrife7777

#4 Ya, ya. Sólo digo lo que pone en la noticia. Yo no me posiciono ni a favor ni en contra de ninguno de los afectados.

D

#4 El caso es que en el momento en que se debía emitir, no era ilegal. Por tanto no podían negarse a publicitar algo que no es ilegal. Eso de ilícito ... en fin.

Cuando salga la sentencia, diciendo si es legal o no, hay dos posibilidades:

- si es ilegal quizás se pueda sancionar a todo el que participó. Pero entonces se admite que aquello en realidad era un referéndum con todas las letras ... que ganamos los independentistas.
- si es legal, entonces estos medios más papistas que el Papa tendrán que asumir las consecuencias.

KrisCb21

#7 Es algo complejo.

S

#1 La de deslealtat con el gobierno de la nacion y sus esencias.
Ah no que esa es la acusacion del PP a Mas...

S

#13 Efectivamente, intenta aplicarlo por favor porque tu linea argumental se desmorona con mucha facilidad.

D

#13 Paja ojo ajeno

D

#17 Viga con v.
Si no te importa.

sorrillo

#48 Lo que quería hacer la Generalitat era difundir una información que la Generalitat consideraba de interés público. Y sí hay una ley que justifique que haga tal cosa. Y se incumplió.

Te pongas como te pongas.

L

Catalanazismo puro.

S

#5 La ley si me interesa es democratica, sino me interesa la tildo de un epiteto que le cuadra mejor a mi forma de pensar... ya se que tu y Nico estais muy preocupados por lo que pasa en Catalunya pero un poco de congruencia seria de agradecer.

D

La Gestapo ataca de nuevo.

S

#10 Que quieres decir como cuando arropados por los nacionales la Gestapo interceptaba refugiados que huian del nazismo en Barcelona o como cuando la Gestapo entregaba a rojos o separatistas exiliados a los Franquistas para proceder a su 'juicio sumarisimo'/fusilamiento?

D

#12 Churras=/=merinas.