Publicado hace 9 años por ngsdavid a extranjeria.blogsiga.net

Antes del 20 de abril la residencia de ciudadanos comunitarios por un período superior a tres meses estaba sólo sometida a la obligación de solicitar personalmente inscripción en el registro central de extranjeros, con la simple presentación de pasaporte o documento de identidad en vigor. Era una extensión absoluta del derecho a la libre circulación de personas dentro de la Comunidad Europea, con la exigencia de la mínima burocracia. Y digo era porque a partir del 20 de abril las cosas han cambiado de forma significativa.

Comentarios

Charles_Dexter_Ward

#0 Publicado el 25 julio, 2012 y puedes mandarla a BULOS bulosbulos

Libertual

#1 Es antigua si, pero... ¿Por qué dices que es un bulo?

Charles_Dexter_Ward

#2 Porque el titular es más falso que los billetes de 30 euros: los que estén casados con extranjeros, si te quedas sin trabajo expulsaran a tu pareja de España

¿Conoces algún caso?

ngsdavid

#3 el mio, so listo

Charles_Dexter_Ward

#4 Mentiroso.

ngsdavid

#5 te poedo a mandar la carta que acaba de recibir mi pareja que es brasileña y llevamos 5 años casados y al no tener ingresos demostrables ninguno de los dos nos es imposible renovar la tarjeta de residencia, de ella yo soy español

ngsdavid

#5 a parte de que si lees el articulo te enteras mas de todo pero parece que leer es lo ultimo que se hace en meneame

Charles_Dexter_Ward

#8 Pero que tonto y que troll eres, precisamente porque he leído el artículo te puedo decir que estás mintiendo y manipulando el artículo que envías, que no tiene nada que ver con el titular que te inventas en #0

Anda, vete a vacilar con otro, no me hagas perder más tiempo.

ngsdavid

#9 solo me queda una cosa mas que decirte, eres un gilipollas, ala ya acabe

#10 Pues vale. Que tengas una buena tarde. Adiós y buenos días.

Libertual

#3 Yo no lo sé, por eso te pregunto a ti. Si dices que es un bulo será por alguna razón ¿no? ¿Algún documento?¿Alguna reforma de la ley? ¿otras fuentes?