Siguiendo en la línea de los últimos artículos publicados en Laboro, hoy se aborda el tema de los "errores" habituales de los empresaurios a la hora de la finalización o extinción de la relación laboral por despido, fin de contrato, baja voluntaria, etc. En cada apartado se incluyen enlaces al tema en cuestión. Antes de leer este artículo deberías leer los anteriores sobre los "errores" habituales en el contrato de trabajo.

Comentarios

skaworld

No recoger el dinero depositado en la mesilla de noche y pensar que se ha enamorado, de principiantes

pitercio

#6 ¿Tú no los cobras? Son los días de descanso que corresponden a las jornadas laborables, aunque estés de vacaciones. Si tienes 5 días laborables de vacaciones, los empalmas de ausencia del puesto de trabajo con el fin de semana siguiente. Si te vas de la empresa y sólo cobras 5 días que te quedaban de vacaciones, te faltarían 2 por cobrar del fin de semana correspondiente. Y si calculabas que hasta el día en curso te correspondían 12 días de vacaciones resulta que, si los disfrutases, esos días te habrían generado otro más de vacaciones, luego en realidad serían 13.

D

#7 joder me tengo que poner las pilas con esto un poco mejor

MKitus

No pegarle fuego a la oficina cuando te vas.

manuelpepito

Mándarle WhatsApp borracho

pitercio

De las veces que he repasado con alguno "cuánto le toca cobrar" si se pira: La forma más práctica es calcular los días de vacaciones que te quedan (últimamente se estila mucho eso de 22-23 laborables por año) y pintarlos en el calendario. Si son algo más de dos semanas, quizá de ese cálculo resulte que toca 1 más de los estimados iniciales, más todos los sábados y domingos que haya en medio. Al pintarlos te sale la fecha del último día que tendrías que cobrar disfrutando tus vacaciones. Si te abonan las vacaciones, aún así tienes que cobrar los sábados, domingos y festivos sin olvidarte del día remunerado de más por irte el día que cobras pero que habrías tenido si hubieses disfrutado las vacaciones. Con ese tretris también calculas cuándo notificar tu carta para causar baja un lunes.

D

#5 se habla de vacaciones en dias laborables. ¿por que incluyes como cobrables sabados y domingos?

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