Publicado hace 5 años por tiopio a saraarrieroespespenalista.blogspot.com

¿Cuál es el alcance del derecho a no declarar? o, dicho en otros términos ¿Se pueden derivar consecuencias del ejercicio de ese derecho a no declarar? El silencio no puede ser considerado en sí mismo como un indicio de culpabilidad. Sólo cuando los cargos de la acusación —corroborados por una sólida base probatoria— estén suficientemente acreditados, el Tribunal puede valorar la actitud silenciosa del acusado. Solo pueden extraerse consecuencias negativas del silencia como existiendo pruebas incriminatorias objetivas al respecto cabe esperar…

Comentarios

SOBANDO

¿Si las pruebas de cargo son tan claras para qué deducir aleatoriamente y sin base ninguna que el silencio es incriminatorio?

U

#2 Aquello de : ¡Quien calla otorga!