Hace 4 años | Por Condetino a cincodias.elpais.com
Publicado hace 4 años por Condetino a cincodias.elpais.com

Solo en sus dos últimos meses de ejercicio, el trabajador (con dos años de antigüedad en la empresa), había sobrepasado el límite de velocidad en un total de siete días distintos, superando los 100 kilómetros por hora, cuando el máximo es de 95.

Comentarios

C

Y por pegarse a coche de delante también hay que vigilarlo.

aunotrovago

Ponen un radar portátil, pasa seis días por el mismo sitio, se excede 5 kilometros, puede suceder

Ovlak

#1 Pero que conste que dice "superando los 100Km/h". Eso pueden ser 101 o 200.

editado:
al haber llegado a los 129 kilómetros por hora e, incluso, a los 163

D

#1 conductor de un camión con su tacografo
En relación al límite de velocidad, aporta la demandada varios documentos. En el documento nº 3 del ramo de prueba de la demandada, consta la incoación de un expediente sancionador contra el trabajador, de fecha 18 de enero de 2017, y que finaliza el 3 de febrero de 2017 con la imposición de una sanción de amonestación por escrito, como consecuencia de haber mantenido una velocidad media de 129 km/h llegando incluso a alcanzar los 163 km/h. Por ello la Dirección General de Tráfico declaró al vehículo conducido ese día por don Javier como desfavorable en la inspección técnica de vehículos en fecha 17 de enero de 2017. El vehículo obtuvo resultado favorable el día 25 de enero de 2017, casi 10 días después.

no se como carajo pudo alcanzar esa velocidad ni quitando los limitadores.
*limitador de velocidad que seguro que el dueño era conocedor de estar pirateado para poder exprimir un poco mas los camiones pero no tanto claro.

esto si le encabrono pero no podia demostrar, asi que se agarro a las multas que iba pagando por pasarse 5-10-15 km h

TERCERO.- En el presente caso, nos encontramos en el marco de un despido disciplinario el cual pivota sobre dos ejes diferenciados. El primero de ellos comprende, según se expone en la carta de despido, los incumplimientos del trabajador el cual habría excedido en numerosas ocasiones el límite de velocidad mientras se encontraba conduciendo el camión propiedad de la empresa. El segundo de los hechos, y que reviste mayor gravedad, consistiría en una agresión física que, supuestamente, el trabajador habría proferido al empresario en las instalaciones de la propia empresa.

D

#5 es chófer-autónomo, contratado para hacer un viaje de ida y vuelta guadalajara-aljeciras una vez por semana.
calculan los km y las horas que tarda sin tener que pagarle los descansos obligatorios.
*es lo que yo interpreto después de leer la sentencia.
en #4 pegue partes.
http://www.transporteschinchon.es/

P

La noticia es rarísima y confusa.

Parece que habla del típico comercial con coche de empresa, pero luego es como si fuese un “entregador de coches

Luego lees la sentencia “ contrato indefinido, con una jornada de 16 horas semanales, ostentando la categoría profesional de CONDUCTOR y percibiendo un salario de 535,83 euros mensuales, con el prorrateo de las paga”


Rocambolesco como poco