Publicado hace 5 años por --140519-- a laboro-spain.blogspot.com

En el artículo anterior vimos que todo trabajador tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones y a cobrar mientras las disfruta. Incluyendo trabajadores temporales normales y los de las ETT, sea cual sea la duracion de su contrato. El nº de dias de vacaciones es el que diga el convenio, que nunca podrá ser inferior a 30 dias naturales por año. Pero aquí veremos los truquitos que usan los empresaurios para descontar días de vacaciones.

Comentarios

Ormuzd

Me ha gustado mucho la pregunta que hay en el comentario del articulo (y que no hay respuesta aun)

¿Que sucede si estoy a media jornada los primeros 6 meses y jornada completa los 6 siguientes?

Porque estoy en la misma situacion, en este caso 8 a media jornada y 4 meses a completa. Me han pagado agosto como media jornada (el mes de vacaciones), empezando en septiembre a jornada completa.