Hace 5 años | Por MKitus a tercerainformacion.es
Publicado hace 5 años por MKitus a tercerainformacion.es

El Constitucional reconoce así lo que la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) lleva años denunciando, que no es posible encerrar en una cárcel a una persona absuelta por haber cometido un delito del que no era consciente por estar afectada por una enfermedad mental. En su lugar, se le impone una medida de seguridad en un centro psiquiátrico adecuado “que garantice que va a recibir un tratamiento médico idóneo y no carcelario para hacer frente a su enfermedad”.

Comentarios

D

Como debería ser lógico.

MKitus

#2 Pues esa lógica hasta ahora no se aplicaba en todos los casos.

U

#8 Pero, después de años de pensar, lo han sentenciado.

pitercio

En tiempos, entre cárcel y manicomio, muchos condenados, lúcidos para elegir, preferían la cárcel.

MKitus

"La asociación denuncia que el número de personas con enfermedad mental en prisión no ha dejado de aumentar en los últimos años. La asociación recuerda que, en su último informe, el Mecanismo Nacional para la Prevención de la Tortura (MNP) ha alertado sobre el alto número de personas presas que presentan problemas de salud mental en prisión, en torno a un 8%, según datos de la Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria!.

MKitus

Viene del caso:

"El TC ampara a un hombre absuelto por trastorno mental pero que permaneció en la prisión de Córdoba hasta contar con sentencia firme"

El Tribunal Constitucional considera que no se puede mantener en prisión a una persona absuelta de un delito por padecer un trastorno mental mientras se resuelven recursos judiciales. Lanza un mensaje contra un "vacío normativo" en una sentencia que ampara a un hombre que acuhilló a su hijo y agredió a su mujer y al que la Audiencia Provincial de Córdoba reconoció una eximente total por trastorno mental. Aunque lo envió al módulo psiquiátrico de la prisión de Córdoba hasta tener sentencia en firme sobre la presunta tentativa de homicidio.

Ahora, el Constitucional dice que se violó el artículo 5 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos y que su estancia en enfermería fue una "prisión encubierta carente de total cobertura legal y, por ello, vulneradora de su derecho a la libertad", ya que no existía un módulo específico en el centro penitenciario cordobés

http://cadenaser.com/emisora/2018/08/07/radio_cordoba/1533619051_235772.html

Wintermutius

Manicomios de alta seguridad, con guardias y tal, ..., me parece bien.

JOSE_G

#7 Soy el único que piensa en Arkham?

Wintermutius

#9 Hombre, yo soy más de Lovecraft que de DC, ...

D

Pues ale, ya sabes dónde ir

D

Me parece correcto, y que además sigan internados y bajo tratamiento hasta que el equipo médico pueda garantizar con la máxima certeza posible que no va a volver a cometer ningún crimen.