Hace 2 años | Por me_joneo_pensan... a expansion.com
Publicado hace 2 años por me_joneo_pensando_en_ti a expansion.com

El tribunal aplica la agravante de disfraz porque cuando el condenado cometió el atraco combinó el uso de la mascarilla, que no era de uso obligado en esas fechas, y un gorro, para ocultar su rostro. El Tribunal Supremo ha aplicado la agravante de disfraz a un hombre condenado a 4 años y 5 meses de prisión por atracar un comercio ocultando su rostro con una mascarilla sanitaria y un gorro, en abril de 2020.

Comentarios

CerdoJusticiero

Lo del agravante de disfraz me ha llamado la atención. ¿Cómo funciona? ¿También se aplica cuando no te tapas la cara, por ejemplo llevando un disfraz hinchable de polla de esos de las despedidas de soltero? ¿Y si vas de Baltasar de los años 90 y llevas la cara pintada de negro?

¿Alguien que se dedique a la abogacía podría responderme? Es para un amigo. roll

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C&P "La sentencia, con ponencia del presidente de la sala de lo penal, Manuel Marchena, destaca que el uso obligatorio de la mascarilla se impuso con posterioridad a la fecha de ejecución del hecho (8 de abril de 2020), ya que su uso obligado se acordó el 19 de mayo." Manda cojones

Saludos

mirav

Resulta ridiculo que se considere que la mascarilla se usa por ser obligatoria

S

Lo hubiera atracado ahora y sería un atenuante por haber sido responsable.