Hace 10 años | Por winstonsmithh a teinteresa.es
Publicado hace 10 años por winstonsmithh a teinteresa.es

La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha recordado que España "tiene que acatar" la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el céntimo sanitario como hizo con la que anuló en octubre la doctrina Parot y devolver el dinero que corresponda.

Comentarios

juvenal

¿Y cómo se pueden justificar los repostajes si se han pagado en efectivo?

winstonsmithh

#1 Eso es lo que nos preguntamos muchos.

Edit

En declaraciones a infoLibre, Irene Mallol, abogada de la empresa catalana cuyo caso fue elevado al tribunal europeo, estimó en un 10 o un 15% el importe que finalmente se devolvería sobre lo recaudado, ya que muchos particulares no guardan las facturas de las compras de hidrocarburos. Además, la legislación comunitaria restringe a los últimos cuatro años el periodo a partir del cualo particulares y empresas podrían solicitar ese reintegro.

http://www.infolibre.es/noticias/politica/2014/02/27/el_centimo_sanitario_vulnera_legislacion_ue_14028_1012.html

winstonsmithh

Parece que lo recaudado y sujeto a devolución son 13.000 millones, si tomamos los porcentajes que cito en #2 la broma nos saldría entre 1300 y 1950 millones.

winstonsmithh

Aquí aportan algo de información sobre la devolución para transportistas

http://www.transcamion.es/noticias.php/El-Tribunal-de-Justicia-europeo-sentencia-en-contra-del-centimo-sanitario-de-Espana/38987

(i) Si el transportista no ha solicitado la devolución de las autoliquidaciones del IVMDH, podrá recuperar las cuotas soportadas en los ejercicios no prescritos (últimos 4 años). Cabría la posibilidad de que se acuda al procedimiento de Responsabilidad Patrimonial del Estado Legislador, en cuyo caso se podría llegar a obtener una indemnización por daños y perjuicios que cubra las cuotas indebidamente soportada tanto en años prescritos como no.
(ii) Si el transportista ha solicitado la devolución de las autoliquidaciones del IVMDH, podrá recuperar las cuotas soportadas, aportando la Sentencia del TJUE, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa, siempre que no exista una Sentencia firme, en cuyo caso no podría obtener la devolución de ninguna de las cuotas del IVMDH soportadas.

D

No les costaría mucho si quisieran, pero creo que no quieren.
Facturas de cambios de aceite, ITV pasadas (los datos de kilometraje se registran en ambos casos) o simplemente el kilometraje del vehículo podría bastar para una estimación de consumo. Los coches no hacen kilómetros sin combustible, asi que se puede sacar una estimación, aunque sea a la baja.