Hace 6 años | Por yosifeng a legalitas.com
Publicado hace 6 años por yosifeng a legalitas.com

El Código Penal prevé, para los supuestos de mayor gravedad, pena de prisión de 10 a 20 años, y multa de doce a veinticuatro meses, pero, además de las penas indicadas, el culpable tendrá que pagar todos los daños y perjuicios que cause.

Comentarios

Kasterot

El problema segun dicen no es lo dura que sea la ley, sino que no hay prevención y el monte esta abandonado .

KdL

Y quién es capaz de provocar en pocos días más de 700 fuegos en Portugal, Galicia y Asturias??? Hay trama y corrupción organizada...

makinavaja

Pero, seamos serios ¿A cuantos incendiarios y pirómanos se ha condenado y encarcelado, y a qué penas? SI en este país les sale gratis prácticamente, y eso en el caso de que los cojan... Por eso media España arde todos los años...

D

#11 Cuando hay razones de interés público de primer orden (como dice ese articulo) se puede realizar las obras en un terreno no incendiado

Sin necesidad de incendio se pude realizar una obra de interes general ¿entiendes esto?

D

#10 Lumbreras lo seras tu que ni has leido el BOE que te he enlazado, te viene el articulo 50 original del 2003 y modificado en 2015

* Última actualización, publicada el 21/07/2015, en vigor a partir del 21/10/2015.
* Modificación publicada el 29/04/2006, en vigor a partir del 30/04/2006.
* Texto original, publicado el 22/11/2003, en vigor a partir del 22/02/2004.

Los terrenos para obras de interes publico general se pueden recalificar sin necesidad de un incendio, eso antes y despues de la modificacion.

Una recalificacion para obra de interes general siempre se ha podido hacer en el terreno sin incendiar, ¿para que incendiarlo si no tienes ningun impedimento?

y

Pocos años me parecen con el daño presente y futuro que estos incendios van a causar, espero que cuando les pillen les caigan esos 20 años.

Eck1

20 años a media jornada (12 horas) les ponia yo a todos ellos a limpiar malas hierbas, cavar cortafuegos y plantar arboles en el bosque.

F

Y a las empresas y partidos que fomentan que existan pirómanos, a estos, cuántos años les caen ???

D

#2 #6 Los terrenos no se pueden recalificar para uso privado hasta pasado 30 años.

Solo se puede recalificar los tramos para una carretera, u obras de interes publico general
Y esas obras se pueden y se podian realizar sin necesidad de un incendio

Si no conoces la ley, lee, art 50 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-21339
Mas clarito Delegado del Gobierno: "todos los indicios" apuntan a que los incendios son "provocados"/c22#c-22

F

#8 amigo, entonces esta ley de 2015 que permite recalificar terrenos???

Creo que la ley de 2003 quedo rectificada por la de 2015. A ver si te informas Lumbreras ....

zenislev_v

¿Y a los que lo contratan para que le recalifiquen el terreno?

Shotokax

#2 entonces no es un pirómano, sino un incendiario.

bienhecho000

Si pillan alguno va acabar haciendo amistad con Trapero