Publicado hace 1 año por me_joneo_pensando_en_ti a xatakandroid.com

He de aclarar que, pese a que el proceso es completamente abierto y funcional, no sirve para robarle las llaves a otra persona: los modelos utilizados son muy antiguos, actualmente no hay apenas puertas que utilicen esos modelos tan vulnerables (o no debería, este tipo de cerraduras no ofrecen excesiva seguridad). Además, entraña una medición que necesita un proceso de varios minutos, no basta con hacerle sólo una foto a la llave. Aun así, debo dejar claro que realizar la copia de una llave sin autorización es un delito.

sorrillo

Aun así, debo dejar claro que realizar la copia de una llave sin autorización es un delito.

En el texto del contenido esa frase es un enlace que nos lleva a esta otra página: https://www.cerrajerosargandadelrey24horas.es/duplicar-llaves-sin-permiso-del-propietario.htm

En esa página se aborda la legalidad del inquilino de una vivienda alquilada a hacer copias o cambiar la cerradura, para nada se establece en ese artículo que sea un delito hacer copias de llaves ni se cita ninguna ley específica al respecto.

Me gustaría conocer el artículo del código penal que establece como delito hacer una copia de una llave. Ojo, no digo usarla para entrar en la vivienda y cometer un allanamiento de morada o un robo, sino el mero hecho de hacer una copia de esa llave.

ContinuumST

#1 Las veces que he vivido de alquiler, nunca jamás le he pedido permiso al casero para hacer copias de las llaves de la puerta de casa o del portal. Según la ley, o tal y como la entiendo, es MI casa con todo lo que eso conlleva aunque sea alquiler. Cierto que cuando he dejado algún piso le he entregado todas las copias de las llaves que había hecho. Y sin problemas. Caso personal, no hace estadística.

sorrillo

#2 Así es, incluso hay gente que por prudencia lo primero que hacen es cambiar el bombín para tener la seguridad que el propietario no pueda entrar en la vivienda sin su permiso, lo cual me parece una buena práctica aunque yo personalmente no lo he hecho nunca (conocí esa idea tarde, quizá si ahora entrase de alquiler sí lo haría).

Y es que cuando la vivienda está alquilada el propietario no tiene derecho a entrar a menos que sea con el permiso del inquilino o con una orden judicial.

En cualquier caso como digo ese artículo no permite avalar ni desmentir la afirmación categórica del artículo y entradilla en la que dice que es un delito hacer una copia de una llave.

ContinuumST

#4 Una vez, cambié la cerradura en una de las viviendas, cierto que se lo dije al casero antes por educación, pero lo iba a hacer igualmente. No hubo problemas. La cambié, hice las copias de llaves que estimé pertinentes y cuando dejé el piso le entregué todas toditas las llaves al propietario del piso. Y es cierto, el propietario no puede entrar en tu vivienda sin tu permiso, es TU casa aunque el dueño sea otro. Desde el punto que pagas tu alquiler con tu contrato en regla... es tu casa a todos los efectos. Bueno, corrección, hacer alguna obra dentro de la vivienda sí que está reglado que debe ser con permiso del arrendador. Una obra mediana. Cambio de bañera por plato de ducha, por ejemplo, se pidió permiso al propietario y como lo pagaba yo sin problemas, cero problemas. Lo dicho, no sé en qué parte de la ley pone eso de las llaves. O será que los jueces lo deben interpretar. Ni idea.

sorrillo

#6 Desde el punto que pagas tu alquiler con tu contrato en regla... es tu casa a todos los efectos.

Y aunque no pagues, ahí es cuando entra el proceso judicial pero el propietario no puede entrar aunque no pagues a menos que el tribunal le habilite.

ContinuumST

#9 Bueno, pero en mi caso nunca ha llegado ese momento, he sido muy legal en esas cosas... pero cierto, cierto. Tienes razón.

h

#4 como en Aqui no hay quien viva:

"Soy Concha....entro" jajaja

p

#1 me parece que es la situación de guardar un dato personal sin permiso.
Una llave y una clave es lo mismo, luego está el uso de llave falsa que pasaría de hurto a robo con fuerza.

sorrillo

#7 Una llave no es ningún dato personal. Lo sería si en la llave incluyeras un DNI o quizá una dirección o el nombre de la persona, pero la llave por sí sola no es un dato de tipo personal.

p

#8 si sabes el domicilio o la matrícula del coche a la que pertenece lo es.
Sería difícil de demostrar como si tienes una contraseña de otras personas escrita sin más datos pero me da que el caso de duplicar una llave es eso.

sorrillo

#11 si sabes el domicilio o la matrícula del coche a la que pertenece lo es.

Sigue sin serlo. Para que sea un dato de carácter personal debe tener esa asociación, no basta con que tú lo sepas, tiene que estar asociada esa llave con esa persona. Como indico si la llave estuviera en un llavero que indicase nombre, DNI o algo parecido lo podría ser, sin eso es solo una llave. Que tú sepas de qué dirección es te convertiría en todo caso a ti en "dato" de carácter personal, pero vamos, que no es así.

me da que el caso de duplicar una llave es eso.

A mi me da que el del artículo simplemente se lo ha inventado.

p

#12 pero no hace falta que esté identificado, solo hace falta que sea identificable, a criterio del sistema judicial. De hecho la cerrajería entró en la ley de protección ciudadana, es obligatorio registro de actividad.

sorrillo

#13 Así es, el preguntarle a alguien si sabe qué puerta abre y que responda no lo convierte en dato de carácter personal.

El dato lo aporta quien responde, no la llave. Tiene que ser la llave la que sea el dato, por ejemplo incluyendo en el llavero el nombre de la persona o el dni o quizá la dirección de la puerta que abre, aunque esto último tengo dudas que bastase.

P

#1 No sé del tema, y mucho menos de si existe un artículo en el CP que hable de eso, pero entiendo que cuando un casero te alquila una vivienda y te entrega voluntariamente las llaves, es una autorización implícita, no? Supongo que se refiere a coger unas llaves (por ejemplo del bolso de alguien) y hacerle una copia sin que se entere. O incluso que te dejen las llaves como profesional (para hacer una reforma o lo que sea) y les hagas copias sin avisar para repartir entre todos los operarios y luego que anden esas copias por ahí.
O que le dejes las llaves a alguien para que le dé de comer al perro un par de días y les haga copia.

Estuve investigando un poco y creo que sí es delito. "Robo con fuerza en las cosas" que aplica a la obtención ilegítima de llaves.
No soy capaz de pegar la URL, me dice que hay un ban o nosequé. Era una noticia de 20minutos sobre un albañil que entró a robar usando una copia de llave sin autorizar y otra que tenía un pdf donde se explicaba el tema del robo con fuerza en las cosas. Si sabes solución para lo del ban, avisa y las mando.

sorrillo

#15 "Robo con fuerza en las cosas" que aplica a la obtención ilegítima de llaves.

Como la propia frase indica se requiere que haya fuerza.

Si alguien publica en sus redes sociales una fotografía que contiene entre otras cosas unas llaves con suficiente definición para que alguien haga una copia a partir de esa foto no hay robo alguno, no hay fuerza alguna.

Incluso si alguien aprovecha un descuido de otra persona para hacerle una fotografía a sus llaves eso no requiere de fuerza alguna y no es un robo, será otra cosa pero robo no es ya que el propietario sigue teniendo esas llaves. Obviamente si se usa esa copia para hacer un allanamiento de morada o robo ahí sí hay delito, pero sería el uso de ello y no la fabricación o posesión.

p

#17 no: https://dpej.rae.es/lema/llave-falsa
Solo alguien con permiso explicito puede usar una llave para hurtar, todo lo demás es robo con fuerza.

sorrillo

#20 Gracias por la corrección, por lo visto se considera "robo con fuerza" el robo que incluya el uso de llaves falsas:

Artículo 238. Son reos del delito de robo con fuerza en las cosas los que ejecuten el hecho cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
[...]
4.º Uso de llaves falsas.
[...]

https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444#a238

Es un agravante en caso que haya existido un robo y para ello se haya usado una llave falsa, una copia no legítima. Pero ojo que eso no incluye hacer una copia de la llave, ni fabricar la llave mediante una fotografía, ni la posesión de la llave.

#1 Me autocontesto
Lo del robo con fuerza en las cosas aplica si usas la llave para acceder a la vivienda. No a hacer la copia sin permiso, que era lo que tú decías.

D

Cualquiera que tenga una impresora 3D saber que una llave así se rompería al intentar abrir una puerta, y mas aun sin ser sólida como la del artículo.

tonetti

#3 Probar es llamar al cerrajero, en mi opinión, seguro.

i

#5 llamar a un cerrajero es la forma fácil de entrar en una vivienda. Varias veces le he tenido que llamar por haberme dejado las llaves y jamás me ha preguntado si la casa era mía o de quién.

p

#18 en principio desde 2017 tienen registro obligatorio de actividad. No se si implica que puedan abrir sin preguntar si es el propietario, pero deberían poner que dirección abren.

i

#21 abren la dirección que les digas. No anotan a quien le abren. Ni le preguntan, de hecho.

p

#22 será así pero la ley de protección ciudadana obliga a llevar registro de actividad a los cerrajeros, lo mismo que también es obligatorio emitir factura que puede ser que se junten ambos casos.