Hace 3 años | Por me_joneo_pensan... a expansion.com
Publicado hace 3 años por me_joneo_pensando_en_ti a expansion.com

El cambio planteado por el alto tribunal en una sentencia puede servir para facilitar la expulsión de okupas en segundas residencias. Según la sentencia, no se puede excluir como morada, a efectos de allanamiento, una vivienda que la víctima "también utiliza ocasionalmente, que tiene amueblada, y dada de alta la luz, el agua y gas, como servicios esenciales que acreditan que es vivienda que se utiliza habitualmente, y que no está desocupada".

Comentarios

f

Estupendo.

ElTioPaco

#15 les da igual, viven en otra realidad desde hace mucho.

Lo que pase en la nuestra no les va a cambiar el negocio ni un ápice.

BigBambu

#19 más que vivir en otra realidad, la generan en función de sus intereses, como mucho otros ejemplo que se están dando últimamente.

emmett_brown

#15 conversación REAL escuchada en bus a dos abuelas: "pues me dejé las llaves puestas por dentro y un vecino me consiguió abrir la puerta con una radiografía, y eso que la cerradura la acababa de cambiar y era anti-okupas".

El negocio de asustar viejas.

Oniros

#39 Securitas Direct asusta a cualquiera. A mi me asustarón lo suficiente como para ponerla. La di de baja por incumplimiento de contrato 6 meses después (porque incumplen el contrato con esa alarma de juguete).

En mi casa actual se presentaron un tipa despanpanante y diciendo que acababan de robar en el edificio de al lado y que tenía que protegerme. Le dije que no me interesaba y que tenía un portero/segurata nocturno que está a menos de 15 metros de la puerta de mi casa y que en ése edificio no hacía falta alarma.

Mi vecino se la comió.

Las puertas del edificio son acorazadas Dierre... supongo que las podrán abrir pero no con una radiografía.

P

#75 La puerta no tiene nada que ver, es mucho más importante el bombín. Las alarmas no valen para nada, la policía no ha detenido a nadie gracias a una alarma de seguridad a no ser que los ladrones fueran subnormales o que, por ejemplo, se hubieran quedado encerrados en el ascensor.

D

#98 Las alarmas&camaras, etc son sencillamente efecto disuasorio para el 99 % de los pringaos. Y para cazar al vecino tocapelotas que se dedica a dar por culo. A un ladron de verdad se la sudan puertas, alarmas, etc.

Y si tienes algo realmente valioso lo tienes en el banco en una caja de seguridad no en casa. Y asegurado.Ahora que cada cual...

k

#98 La alarma legalmente te ayuda a desalojar si se meten ocupas. Si tienes alarma legalmente es como si estuvieras en la vivienda.

A

#75 El otro día leí un artículo en la que un excomercial asqueado (o supuesto al menos) comentaba que cuando quieren vender en una zona se inventaban robos, y que para que ya hubiese cierta rumorología y boca a oreja entre los vecinos, se pasaban unos días antes llamando a porteros automáticos al azar simulando que iban a "instalar una alarma por el robo de hace unos días y que se habían equivocado de puerta" así cuando volvian a la semana a vender mucha gente había oído que habían robos en la zona.
Y viendo cómo funcionan me parece bastante creíble.

Esfingo

#75 ¿La alarma o a la tipa despampanante? No nos dejes así.

enlaza

#75 cuánto cobra Securitas al mes o en total??

l

#39 #75 Si no has trancado como cuando dejas las llaves dentro, creo que sin escepcion, se pueden abrir con una radiografia.

A

#15 Quedan muchos viejos que asustar. Les venderan una alarma con detección de covid-19.

D

#15 ¡Y podemitas, comunistas y socialistas, tampoco! lol

Tontolculo

#1 Supremo

O.OOЄ

#50 Isabel Ayuso anuncia la liberación del código del driver linux de su nueva batería de grafeno. Todos los beneficios obtenidos por la línea de baterías se destinará al desarrollo de una nueva vacuna Covid-19 específica para gatitos.

EmuAGR

#92 Esto tiene pinta de falso, creo que Ayuso es más de perretes.

casius_clavius

#92 La típica noticia que meneáis los

Sazed

#40 Una forma de pensar diferente. Que miedo. Censúrese.

kmon

#1 mañana: "No, la sentencia del Supremo no amplía el concepto de allanamiento de morada"

D

#82 Esto es como esperar a que saquen la versión TI de la serie 3000 de NVidia. Es mejor esperar que lanzarte a comprar ahora.

Dovlado

#1 Me parece una buena sentencia porque también deja claro que si no se usa y se puede comprobar puesto que no hay dados de alta servicios, se puede ocupar.

Buena sentencia para las personas físicas que tienen segundas residencias y mala noticia para las personas jurídicas (Bancos, fondos buitres,...) que tienen viviendas desocupadas con fines especulativos

D

#6 Entiendo que antes se consideraba que podías tener una sóla segunda residencia y que ahora esto incluye a todas las que tengas amuebladas, con luz, agua y gas a tú nombre, como si fuesen morada y/o segunda residencia, ya tengas 2 o x viviendas en estas condiciones.

estoyausente

#8 En teoría no, egh? una segunda residencia es una residencia... Pero bueno, si esto lo deja más claro, pues mejor.

D

#9 Quizás como segunda sólo se considerase si pasabas un tiempo allí al año considerable y ahora no hace falta ni eso

Pandacolorido

#6 Pues yo, que he estado okupando unos 6 años, te diría que no me hubiese afectado para nada.

Pero bueno, ese caso tampoco creo que implique que a partir de ahora todo tenga esa consideración. No entiendo por que deberia generar jurisprudencia, la verdad.

santim123

#29 Cuéntanos más. Tu versión me parece interesante.

clowneado

#29 #49 terespondoterespondo

He sido okupa durante 6 años, te respondo

Pandacolorido

#49 ¿Que quieres que te cuente?

#81 De momento no me quiero exponer tanto. Hay temas delicados que me afectan emocionalmente y que fácilmente harían que se distorsionara todo bastante.

AntonPirulero

#29 yo creo que cuando hay dos sentencias del Supremo en el mismo sentido se crea jurisprudencia y entiendo que en este caso las debe haber, el artículo habla de que "se ratifica". Que alguien más sabio corrija o confirme esto, por favor.

angelitoMagno

#6 Aclara situaciones y podría acelerar algunas desocupaciones. Pero en efecto, la ley sigue siendo la misma.

D

#6 Pues a mí esta sentencia me parece gravísima, otro paso a favor del egoísmo absoluto, la desigualdad y la injusticia.

Ahora resulta que se considerará morada viviendas que no lo son por la única razón de tenerlas amuebladas y con los suministros dados de alta. Pues ya saben lo que tienen que hacer los grandes tenedores de vivienda para seguir manteniendo viviendas vacías en función de sus intereses particulares, para maximizar los beneficios de su actividad rentista. Eso sí, no hay problema en que pongan de patitas en la calle a familias que no tienen adonde ir.

dudo

#6 No cambia nada, pero por si había dudas el supremo con sus sentencias crea jurisprudencia.

Un juez puede entender que las segundas residencias no son moradas, otro mas espabilado entiende que si:

https://threadreaderapp.com/thread/1298758137198112778.html

Y lo que entiende el supremo va a misa (aunque a veces también meten la pata.)

O

#10 Creo que ya hay leyes para tratar los temas de venta de drogar, ruidos y violencia, no hace falta usar las leyes relacionadas con la vivienda para eso.

Ramsay_Bolton

#16 si te tardan dos años en resolver el problema, eso no vale para nada

O

#27 Ese es otro tema, pero si tienes un vecino propietario o de alquiler que trafica con droga, hace ruido y es violento, digo yo que también lo querrás solucionar no?

D

#36 El problema de esto para el Estado, es que es mucho mas barato que un grupo de vecinos atajen el problema, que el estado trabaje, por ende siempre terminamos pagando los vecinos.
El estado siempre intenta traspasar los problemas al pueblo

D

#27 Por ende el Sistema Judicial no Funciona y premia la malicia

D

#16 paguen por los daños ocasionados, incendios, robo de cables, cañerías ?
Indica claramente los destrozos a la vivienda ocupada, para la que no sé exactamente si hay alguna ley posible para hacerle pagar por los daños ocasionados.

D

#95 Ocupar un espacio ya no me parece bien, pero reventarlo por ningún motivo es ser un hijo de puta.
Al menos debería quedarle una sentencia que dictase el coste de los destrozos y lo arrastrasen toda su vida, sin que prescriba, hasta que fuesen económicamente solventes y que conste en todas las bases de datos como morosos, que no puedan dar de alta líneas de teléfono o similares, y ya a verías cómo cuando empiecen a tener unnos ingresos normales se arrepentían de ser unos bastardos.
Que no son chiquillos de 15 años confundidos.

D

#95 Lo mejor es que paguen con CARCEL, pero ojo si van al Talega, pagamos nosotros por que el señor tenga pensión completa, y no se los obliga a trabajar, que eso esta mal, y a salida 6 meses de ayudas garantizados para la reinserción en la sociedad, vamos a volver a okupar

O

#88 Eso sí está relacionado con la vivienda, lo que yo comentaba no

D

#88 Se salen de rositas, siempre....

D

#16 Mira lo vivimos en carne propia.... el dia que vi al Okupa hablando con un Poli Local como amigos ya dije estamos apañados...
Triste realidad, la justicia no defiende a la gente...

M

#10 Ya existe el proceso civil por daños y perjuicios. Otra cosa es que el demandado sea insolvente y no se le pueda embargar ningún bien para ejecutar el pago, pero eso no es fallo del sistema judicial (que sí tiene otros muchos fallos por muchos otros lados). Si quieres y en todo caso, habría que ver el sistema de protección social de la gente que no tiene ni donde vivir, ni con qué.

E

#45 no sé qué opinará #10, pero yo difiero en que el hecho de que alguien pueda causarte daños económicos hasta dejarte en la ruina (por poner un ejemplo) y luego le baste declararse insolvente para que no le pase nada y la víctima se quede igualmente jodida, no pueda considerarse un fallo en el sistema judicial (y social).

M

#85 Si se producen daños (y al margen del proceso civil, que quedaría apartado mientras no se resuelva el penal), se le puede procesar por delito de daños (art. 263.2 Código Penal), con pena de multa de 6 a 24 meses. En realidad el proceso penal por daños lleva aparejada la demanda civil, que puede resolver el juez penal o, a demanda del perjudicado/víctima, solicitar que sea visto en proceso civil aparte una vez resuelto el penal.

Si ocurre "Que arruinen al perjudicado o se le coloque en grave situación económica", se produce el supuesto agravado del art. 263.2,5º, penado con pena de prisión de 1 a 3 años y multa de 12 a 24 meses.

Si no paga la multa por insolvencia, puede ir a prisión (o localización permanente, o trabajos en beneficio de la comunidad, a criterio del juez) por responsabilidad personal por impago de multa (art.35 CP).

Nada, nada... no le pasa. Otra cosa es que la gente no sepa la cantidad de penas por impago de multas que hay.

Por otra parte, la pena de prisión por impago de multas es un tema "vivo" en el debate, ya que por un lado "los ricos" no sufren de esa pena prisión, y por otro, no se puede permitir que un delito quede impune (a grandes rasgos). Pero si los que saben de Derecho no se ponen de acuerdo, yo prefiero hacer un mutis.

D

#85 Se llama negocio de las aseguradoras.

D

#45 Ya esta demostrado en estos años que ese proceso Civil NO FUNCIONA, debería ser Penal Civil de la mano para esto, que no tienes casa y necesitas vivir es entendible.. para eso tenemos un sistema social que nos chupa muchos impuestos, pero que se roben todo de los pisos y hoy sigan libres nanai, esto tiene q dejar de ser asi y ser retroactivo.

D

#58 Los Jueces tienen sendas posibilidades en las sentencias, desde trabajo comunitario... hasta Carcel, pero no aplican eso... si no este problema no existiría ...

Valjean72

#10 En ese caso no queda más remedio que utilizar las mismas armas que ellos, reunión de vecinos propietarios nada de llamar a la policía, actuar contra el señor ocuka depositandolo en el contenedor de residuos orgánicos, con contundencia ya me entiendes, esto me lo ha dicho la policia, nadie va a reclamar el señor okupa se va a ir el tema queda resuelto, sobre todo bien planeado y sin alborotar ni llamar a polícia.

D

#72 Tu te imaginas que un Okupa de 20 años denuncie a una comunidad, por ser una víctima social ?
En esta era? prepara la chequera.....

SalsaDeTomate

#10 No pagan por la vivienda y van a pagar por los daños lol lol lol lol lol infeliz...

ElTioPaco

#3 depende de que consideres fondo buitre.

Para un fondo de esos, no difiere en nada con un banco.

Ahora bien, si sumas los inmuebles "abandonados" de los bancos, ese 6 % es bastante irreal

E

#24 también es así porque históricamente la propiedad de la vivienda ha estado incentivada y subvencionada. En mi casa nos deducimos aún 2800 € al año por la hipoteca, es decir el estado ha "pagado" más de 30.000€ de la vivienda familiar.

Hasta las VPO se han gestionado en venta en lugar de alquiler lo que tiene poco sentido. Tengo amigos con sueldos de 50-60.000 € brutos anuales con viviendas de protección subvencionadas que obtuvieron cuando estaban de becarios cobrando 600€ mes... Ahora se les han quedado pequeñas y las pueden realquilar o vender con beneficios, es absurdo y si se mantiene es porque los propios políticos se benefician de ello.

a

#33 La VPO tiene precio máximo durante 30 añazos. Además se vende por metros cuadrados. La cocina que has puesto se la dejas al siguiente propietario gratis, el baño gratis, armarios gratis y todo lo que dejes puesto es gratis, no puedes repercutirlo en el precio del inmueble. Ya medirás cómo sacas beneficios...

E

#57 digamos que tengo canas en donde no da el sol. Y sí alguno tiene la VPO de casi 25 años (creo que ya no son 30, o no siempre), y los que tienen VPP creo que ya todos pasan de los 15.

En otras comunidades se reservan el derecho de tanteo, aquí no.

a

#60 Perdona, he editado el comentario

E

#61 nada hombre... Los casos que te comento son VPP y son 15 años.

Las VPO depende, las de alquiler son 25 a 30. Ganas dinero con ellas a muy largo plazo. Por ejemplo en lugar de pagar un alquiler o una hipoteca a precio mercado de 800€, pagas alquiler o hipoteca de VPO a 400-500 e inviertes la diferencia durante 30 añazos. Luego le quitas la protección y la vendes, junto con la pasta que te has ahorrado te jubilas en un chalet en la sierra.

Las VPP te ahorras menos pero también le quitas antes la protección. Mira en Sanchinarro y Montecarmelo por cuánto se están vendiendo VPP y lo que costaban hace 15 años.

DarthAcan

#57 Alquilando o vendiendo con una parte en negro. roll

Feindesland

#57 No hablas del mundo real.



#57 Te lo explica mejor.

a

#84 ¿Estoy equivocado y me lo tengo que explicar yo mismo?

Feindesland

#89 Perdona, edité.

te decía que #57 lo explica mejor.

r

#33 totalmente de acuerdo en casi todo, pero si hay viviendas de VPO en propiedad es también por que en aquellos años nadie quería alquilar, luego con la crisis ya no quedó mas remedio y la gente ya se ha hecho a la idea. Ahora si que sería un crimen que las VPO no se hicieran en su gran mayoría de alquiler.

ElTioPaco

#24 eso es a nivel teórico, a nivel práctico las casas propiedad de los bancos se pegan años cerradas igualmente, porque muchas de ellas se ponen a precios superiores al mercado, y se dejan pasar, "a ver si alguien cae"

Que la estrategia sea diferente, no significa que la práctica lo sea, casas vacías, fuera de precio de mercado durante una década.

Pichicaca

#34 En absoluto. Los bancos liquidan todas sus propiedades en meses. De hecho son los que venden más baratos, con diferencia, en toda España. No les interesa pagar impuestos y comunidades, de hecho no pueden asumir esos costes. Y en contra de lo que se cuenta en la barra de bar son los mejores pagadores que hay.

Pichicaca

#67 Te creo. Pero lo tuyo es un caso aislado y anecdótico. Pregunta en cualquier gestoría.

d

#93 Pues la experiencia que yo tengo es que no se hacen cargo de ningún gasto del inmueble hasta que lo venden. En ese momento liquidan todas las deudas.
Lo que supone un perjuicio para la comunidad de propietarios porque tiene que poner lo que no pone el banco. Derramas, comunidad...
Aunque eventualmente lo recupera en realidad está financiando al banco.

s

#67 Como todo depende. Si en el municipio en cuestion prohiben el traspaso, o incluso proceden a embargo, de los inmuebles con cargas suelen estar al dia. Si no lo hacen, entonces pasan y pagan cuando entra pasta y si les obligan, si no pues eso que se llevan.

Por cierto, en mi municipio la prohibicion de traspaso y embargo de inmuebles con deudas a la comunidad o impuestos (a excepcion de la vivienda habitual) la puso un alcalde del PP y queria quitarla un concejal de una confluencia de estas de Podemos porque "habia gente en situacion de necesidad que no podia pagar los impuestos". Curiosa situacion de necesidad, porque solo te afecta la norma cuando intentas vender la casa (y por tanto puedes pagar los impuestos atrasados en el mismo notario) o cuando debes mas de lo que vale la casa y no es tu vivienda habitual. Cosas veredes.

D

#42 Pues di las entidades bancarias que lo hacen porque no es para nada la experiencia que conozco de primera mano.

D

#42 Mientes en todo.

Cualquiera que viva en un edificio con pisos embargados por bancos sabe que no pagan los gastos ni la comunidad hasta que les llevas a juicio. Y ni siquiera ponen los pisos a la venta. Los mantienen vacíos hasta que se ven en algún embolado y entonces los traspasan a un fondo buitre.

Ciertamente el inmobiliario no es su negocio. Pero tu pretensión de que mueven el culo para deshacerse del peso muerto es más falsa que un billete de seis. Simplemente lo mantienen ahí, muerto durante años y años, hasta que no tienen más remedio que deshacerse de él.

Los bancos sólo se deshacen de los inmuebles embargados por dos vías:

- Sus propias empresas inmobiliarias, una iniciativa que no ha tenido éxito porque los ofrecen a precios inflados.

- Traspasándolos a fondos buitre.

DarthAcan

#83 Cualquiera que viva en un edificio con pisos embargados por bancos sabe que no pagan los gastos ni la comunidad hasta que les llevas a juicio.

No es bueno generalizar, me imagino que dependerá de bancos. En mi comunidad hay un piso embargado por el Sabadell y no ha habido problemas con las cuotas de la comunidad, si que tuvimos problemas (y muchos) con el anterior propietario al que embargaron. El piso ha estado vacío durante 6 años hasta que recientemente lo han logrado alquilar.

D

#100 En mi bloque hay varios, y ninguno paga hasta que les llevas a juicio.

Sea como sea, la pretensión de que se los quitan de encima en pocos meses es una fantasía embustera. Es más, no mueven ni un dedo para ponerlos en el mercado. El único caso que yo he visto parecido al tuyo fue cuando unos ocupas ofrecieron un alquiler al banco para que no les echasen.

Hay por aquí dos o tres animalillos como #42 dedicados a intentar colar la idea de que el inmenso parque de viviendas vacías no tiene nada que ver con los bancos y la especulación, cuando todos sabemos que sí.

R

#24 creo que te equivocas tu y este tío te lo explica:

torrerista

#24 pero la gran mayoría de los delitos de usurpación (okupación) se cometen contra pisos cuyos propietarios no son personas... para ser exactos los pisos ocupados mas comunes son propiedades que pertenecen a bancos que han embargado (desahuciando a propietarios por impago o a constructoras que no ha podido hacer frente al los pagos) . Que la mayoría de los pisos vacíos sea de pequeños propietarios no implica que esos sean los okupados

Perogrullo.

#3 ...los malignos fondos buitre y bancos, esos que copan con mano de hierro el 6% del mercado inmobiliario?
Ese porcentaje te lo has inventado, directamente.

neotobarra2

#3 Esos que copan con mano de hierro el 6% del mercado inmobiliario.

Reportado por bulo. Ya está bien de inventarse mierdas.

z

#44 #54 #70 #80 #132 #102 #117 #133 #53 #62 #126 #79 #32 #121

Gracias por las respuestas. Toda la razón tenéis, al menos de momento y agradezco las clarificaciones. Espero y deseo que no os tengáis que comer estas palabras en el futuro, y lo digo sin acritud.

santim123

#38 Tu punto 5 es erróneo. El fondo es una empresa o algo parecido, van a empadronar allí a Charo la de contabilidad? Trasladar la sede social? Abrir una oficina?

E

#54 en una empresa en la que trabajé lo hicieron tenían dado de alta un piso como sede social para ganar un concurso público y en el mismo piso vivía un directivo que estaba expatriado un par de años. Me pareció todo tan surrealista que me costó explicarselo a los auditores.

DarthAcan

#53 el banco y el fondo pueden poseer un número indefinido de moradas

Eso te lo has sacado del foro de tus cojones, la consideración de morada sólo aplica a personas físicas.

D

#53 Te iba a contestar, pero #62, #79 y #102 no te lo pueden haber expresado mejor.
En cuanto a tu frase " En el momento que se extingue el contrato ...", pues si, porque en ese momento ya no eres inquilino, lo que no se contradice con lo que digo.

tiopio

¿Eso rige también para el CGPJ okupa?

socialista_comunista

#7 Si, esto también rige para el CGPJ okupa, que también te recuerdo era el CGPJ que estaba cuando salieron sentencias como Gürtel, financiaciones ilegales, ... pero supongo que para gente como usted una decisión contraria siempre se debe a algo malo y externo.

Pepepaco

De hecho el Tribunal Supremo no ha cambiado nada, en todo caso simplemente ha confirmado que lo que se venía aplicando es correcto.

"En una reciente instrucción para agilizar los desalojos de okupas, la Fiscalía ya dejó claro que el allanamiento (que permite pedir el desalojo de forma inmediata) se produce respecto a la casa y la segunda residencia por ser lugares donde el dueño desarrolla su vida privada e intimidad, mientras que la usurpación se refiere a inmuebles y viviendas que no constituyen la morada de nadie, es decir, que están deshabitadas y vacías."
Ahora el Supremo confirma esa definición amplia de "morada", apuntan fuentes jurídicas."

Aunque ya se ha explicado diversas veces a ver si repitiéndolo se aclara el concepto.
El allanamiento de morada permite la expulsión inmediata y es un delito grave con penas de prisión entre 1 y 4 años. Se produce cuando alguien se instala en la finca donde el propietario reside habitualmente ya sea de forma permanente o temporal (segunda residencia). Las penas suelen agravarse por la concurrencia con otros delitos y lo normal es que el usurpador acabe en la cárcel. El procedimiento de desahucio puede hacerse de forma inmediata.

La usurpación (ocupación) es un delito leve con una pena de 1 a 2 años. Se produce cuando alguien se instala en una finca que está deshabitada y vacía y que su propietario no utiliza jamás, el caso más claro es el de los pisos deshabitados propiedad de fondos buitres y bancos. El procedimiento de desahucio es mucho más lento.

Ahora no me vengáis contando anécdotas de que si a mi primo tal o a mi tío pascual. Ya sabemos que la justicia y la policía funcionan mal en este país.
Si te encuentras un juez inútil (que los hay más de los que parece) o unos policías con pocas ganas de trabajar todo lo que he dicho no vale una mierda. Pero eso no es culpa de la ley, es culpa del mal funcionamiento de la justicia en este país.

f

#53 Me parece que un banco o un fondo no puede tener segundas residencias. Eso sólo es válido para personas.

Además que como dice #51 lo que hace es confirmar lo que ya se estaba diciendo en los tribunales.

a

#51 Exacto, eso es lo mismo que he entendido yo. No hay reinterpretación ni ampliación, simplemente una aclaración para el caso en particular.

D

#5 Desde luego que sí. Sirve para recordar el orden de prioridades a los hipócritas.

D

Que se acaban los ERTEs , es momento de dejar estas cosas preparadas.

Ramsay_Bolton

#23 se acaban en enero? O junio?

D

#38 Comprensión lectora: Cero. Bola de cristal: Defectuosa.

b

Me alegro por los que tienen varias residencias.
Conozco alguno que estaba histérico con las "noticias" de continuas ocupaciones.

Ahora hay que ver que hacer con la gente que se va a quedar en la calle con la que se avecina.

noexisto

#4 esto iba aquí?

Burrofleta

#4

O se les aloja a todotrapo en hoteles

https://www.abc.es/espana/abci-6000-inmigrantes-alojados-hoteles-canarias-coste-300000-euros-202011242149_noticia.html

¿Van a ser menos que los inmigrantes ilegales?

D

#2 Dedicarles recursos económicos, que para eso pagamos impuestos.

Una pregunta, así general. Por qué TODAS las iglesias chapan por la noche en lugar de darles un sitio a los sin techo para, al menos, poder dormir en las épocas de frío? Porque esos se la están llevando muerta, tanto del estado como de los que les marcan la X en la renta...

j

#30 y los edificios publicos?

D

#37 y la europea?

p

#30 porque decir todas las iglesias equivale a decir todas las casas. Por ejemplo la tuya.

D

#104 #97 Creo que el eco del zasca se ha escuchado en el páramo de la Ojeda.

Karmelo_Kotón

#97 que tiene que ver un edificio público con un domicilio privado ?

D

#2 que estaba histérico con las "noticias"
¿Qué loco verdad? maldito especulador.
#30 ¿por qué TODOS los ministerios con sus funcionarios mueve papeles chapan por la noche en lugar de darles un sitio a los sin techo.

Kyoko

#30 Hay mas casos de los que se cree https://www.ara.cat/societat/Dutxes-menjar-nova-normalitat-parroquia-Santa-Anna-covid-19-coronavirus_0_2481951907.html
Pero en general no se puede dejar abierto de par en par por la noche un edificio sin vigilancia, especialmente si hay obras de arte dentro...
Ademas, los edificios no dedicados al culto es una cosa, pero los lugares de culto, de cualquier religión, no suelen pagar impuestos tipo ibi en ningún país, incluida la muy laica Francia (https://www.actes6.com/fiscal/f_taxe_fonciere.htm).
Una cosa es reclamar cosas razonables (como el ibi de edificios no de culto) y otra tirarse a la demagogia...

yatoiaki

#2 Se solidario y abre las puertas de tu casa. Con uno que empiece veras como se anima el personal.

A

#2 Sabes que esto solo fue polémica en los medios de izquierdas ¿verdad?

pip

#2 hay mucha gente que tiene "segunda residencia", porque tiene un piso en su ciudad o pueblo de origen pero alquila un piso, incluso comparte piso, en Madrid o Barcelona.

Mucha, mucha.

alvaropamar

Rentistas opositores venezolanos festejandolo por tu zona.

Imag0

Titular alternativo: "El Tribunal Supremo amplía el concepto de okupas y facilita el allanamiento de morada por parte de los bancos."

Tuatara

Que bien. Uno de mis mayores miedos es que un okupa con muchísimas K entre en mi casa. Mi otro miedo es el de ser abducido por los extraterrestres. Pero bueno, todo no puede ser.

D

#71 Quizá tú no tienes miedo porque aún vives en casa de tus padres, cuando tengas algo tuyo y un vecino te diga (al volver de trabajar) que por tu jardín han andado unos tipos y le han preguntado si esa casa era del banco o estaba vacía antes de que los echase a patadas al grito de, "voy a llamar a la policía", entonces me lo cuentas.

Pero sí, que es cierto, son problemas de otros, no son tuyos, así que guay.

Tuatara

#76 La última vez que me vi al espejo, no era un hombre de paja. Pero por mi puedes seguir aporreándole.

z

Fantástico. Luego vendrán los lloros cuando los caseros, los fondos buitre y los bancos empiecen a amenazar con penas de cárcel de 1 a 4 a años al que no pague el alquiler a tiempo o al que se le pase una letra de la hipoteca...

z

Aclaro lo que creo que vamos a ver en un futuro no muy lejano, sobretodo teniendo en cuenta la que se avecina con las consecuencias económicas del corona:

1) Familia no puede pagar la letra de la hipoteca de una vivienda
2) El Banco procede a la ejecución de la hipoteca en el plazo mas corto posible
3) El fondo buitre amigo del banco se queda con la vivienda con "bicho" a un precio irrisorio
4) El precio que paga el fondo no cubre la deuda hipotecaria, la familia se ha quedado sin vivienda pero con las deudas
5) El fondo declara la vivienda como su "residencia". Si hace falta, pone a su nombre el agua y la electricidad un par de meses para justificarlo
6) El fondo denuncia a la familia por allanamiento de morada, se procede a su desalojo inmediato, bajo amenaza de cárcel de 1 a 4 años en caso de oponer resistencia
7) El valor de la vivienda se multiplica por X ahora que ya no tiene bicho
El Banco y el Fondo se reparten el beneficio mientras se ríen de lo tonto que es el populacho

Lo que está cambiando es el punto 6. Hasta ahora el concepto de "allanamiento de morada" estaba limitado a la vivienda habitual. En el momento que alguien puede declarar un número indefinido de viviendas como su "morada", por el simple hecho que esté amueblada y se paguen los servicios esenciales, aunque no viva físicamente en ellas, se abre la veda.

Edito: para #18 y #32

torrerista

#38 suscribo cada palabra

D

#80 Punto 5 erroneo.

D

#38 #53 Tu idea de que un banco o un fondo buitre declaren un piso como ”su residencia” es ridícula. Empezando por que las moradas tienen que estar a nombre de alguien, no de una entidad jurídica.

Katsumi

#38 Bonito ejercicio de conspiranoia jurídica, pero el punto 5 no tiene ningún sentido, una empresa no puede declarar una vivienda como su residencia, las empresas no "residen".

D

#38 Ya te lo han dicho, no me repetiré.
Bueno si, que coño.
Punto 5 erroneo.

z

#32 #18 En el momento que se extingue el contrato de alquiler o se ejecuta la hipoteca por impago, la situación cambia. Hasta ahora el inquilino / anterior propietario estaba protegido porque esa era su vivienda habitual (igual que los ocupas de segundas residencias). En el momento que el banco y el fondo (igual que cualquier otro) pueden poseer un número indefinido de "moradas" por el simple hecho de que sean los propietarios del inmueble, estos estén amueblados y se paguen los servicios esenciales, va tener que ser un tribunal el que decida quien tiene más derecho... Y adivinad quien tiene mejores abogados...

D

#14 Churras y merinas.
No pagar alquiler o hipoteca no es ayanamiento ni ocupación.

Wir0s

#14 ¿que tiene que ver una cosa con la otra?

Noeschachi

Problema resuelto con los okupas, ahora a resolver el problema de los ocupas que es el importante

c

A pagar los impuestos a las grandes...

toshiro

Malas noticias para Securitas y los bancos.

U

Cojonudo.

A

#17 llega años tarde, pero al menos han escuchado a la gente.

D

Pero si un señor en un hilo de twitter dijo que no existían los okupas y que ya sea tu primera o tu segunda residencia en un día están fuera...

¡¡Lo dijo un señor en twitter!!

D

O sea, que si compro una propiedad y no me da la gana de amueblarla, ni vivir en ella, el estado no garantiza que sea que sea mi propiedad. Vale. No me parece mal, pero hay que tomar nota de esto. El mercado de la vivienda va a cambiar mucho gracias/debido a esto.

M

#21 El Estado garantiza tu propiedad (Registro de la Propiedad mediante) contra cualquiera que pretenda atentar contra ella. Otra cosa es la posesión, que tiene su proceso reivindicatorio específico en caso de que alguien "posea" tu propiedad sin legítimo título (cesión, alquiler, usufructo...).

Si alguien se mete en tu casa sin permiso, puedes demandarlo para que abandone tu propiedad. Otra cosa es que el sistema judicial esté infrafinanciado y para algo que debería tardar un par de meses como mucho en obtener sentencia, y al margen de medidas cautelares, se tarde dos años. Pero eso es otro tema.

D

#55 Si la justicia no se aplica en tiempo y forma, es como si no existiera. Sucede lo mismo con la sanidad. De nada sirve una operación urgente cuando llega tan tarde que ya te has muerto. Eso incentiva la búsqueda de soluciones privadas. En el ámbito sanitario es relativamente sencillo y asequible para muchas personas: seguro privado.
Pero ¿existe un seguro privado de justicia? Que yo sepa no. Por tanto, lo que queda es un hueco enorme para que las mafias lo ocupen. Mafias que pueden dedicarse a ocupar y "revender" pisos que ya tienen propietarios y mafias que se dedicarán a desocupar esos mismos pisos.
Realmente queremos que el mercado de la vivienda pase a depender de las mafias?
No sería mejor limitar por ley el numero de viviendas que se pueden tener en propiedad, pero cuya propiedad esté totalmente garantizada por la ley?

M

#59 Por eso la Constitución declara el derecho al proceso judicial sin dilaciones indebidas. El prblema es más de cuestión logístico-administrativo que "teórico", ya que si la Administración no dispone de jueces suficientes, de hecho no está cumpliendo el art. 24 CE (Derecho a la tutela judicial efectiva), pero eso es parte interesada del legislativo/ejecutivo visto el tema de corrupción endémica que tenemos por estos lares.

No tiene sentido, para mí, ni siquiera plantear la posibilidad de "justicia privada". Nada más lejos de la "justicia" que un sistema basado en el capital, donde el que paga, manda. Si ya con el que hay, vemos los peros que tiene, si pudiera ser privado, no quiero ni pensarlo. Ten en cuenta que "la cosa juzgada va a misa". Una vez hay sentencia (y es firme), no hay forma de modificar sus efectos.

Por otra parte, no se puede (constitucionalmente) limitar la capacidad de adquisición de ningún bien (Derecho a la propiedad privada), salvo que pretendas un sistema intervencionista, capando la voluntad de las personas de adquirir los bienes que tengan a bien, sea para usarlos, para sacar provecho económico, o para acumularlos porque les apetece. Otra cosa sería legislar por positivo, mediante subvención del IBI y/o IRPF las viviendas efectivamente usadas (por uso propio o alquiladas/cedidas), o por negativo, penalizando mediante impuestos o tasas las viviendas no ocupadas, pero ese tema ... digamos que un partido político de derechas/liberal no lo va a hacer. Al margen de una cierta progresividad penalizadora ( menos beneficiosa) dependiendo del número de viviendas vacías que tenga cada propietario.

E

#21 Con todo mi asco a aquellos que se dedican a ocupar segundas residencias, te diré que el estado lo que no garantiza es que se le de a tu propiedad el mismo grado de protección que a una residencia.

s

#21 el estado garantiza tu propiedad, lo que no es es tu domicilio por lo que te protegen las leyes que protegen la propiedad y no las que protegen al.domicilio

Peka

La banca siempre gana.

g3_g3

#66 Manzanas traigo.

Mltfrtk

La extrema derecha con el apoyo de una manada de personas poco despiertas, lo ha conseguido. Un logro en la historia de la humanidad, aplastar más a los más aplastados.
De donde no hay no se puede sacar

Lamantua

Hostiassss, hasta hoy no tenian ni puta idea de esto...? Igual es porque alguien del TS ha tenido okupas...? Otra posibilidad de este cambio es que nunca antes había existido la okupación, no te jode. Como siempre tarde.

D

El cambio de ley necesario es que puedas utilizar la fuerza que consideres necesaria para sacarles de tu propiedad (tu o alguien al que des permiso para sacarles).

Cuando varios de ellos acaben en silla de ruedas y los propietarios de rositas, se acabará el problema de la ocupación.

Pandacolorido

Es tu propiedad, pero no es tu morada.

Nyarlathotep

Está muy bien esta ley, porque ahora los fondos buitre (víctimas) después de subir el alquiler de las viviendas sociales a sus inquilinos, y cuando estos no puedan pagar (okupas), los podrán tirar rápidamente porque la ley lo considera su morada.
Todo bien.

s

#56 el inquilino que no paga no es un ocupa a si que por eso no te preocupes.
Y además con dicen en varios comentarios el ts no ha cambiado nada, ha confirmado la interpretación que ya había.

torrerista

Veo que la matraca de cuidado que vienen los okupas, esta surgiendo efecto...ya han conseguido que el delito de allanamiento robe terreno al de usurpación(okupación) a ver cuanto tardan en dar de alta suministros por doquier los bancos y fondos buitres. Y el problema real de "gente sin casas casas sin gente" ese no se aborda... el derecho a una vivienda de la costitución esta en la hoja con la que todo dios se limpia el culo. Desde luego el poder judicial es el peor de los poderes fácticos que hay en este país, supera a los politicos, los medios y si me apuras hasta a la casa real en olor a rancio....

ahotsa

#87 Y tú el problema real de "gente sin casas casas sin gente" entiendo que lo quieres arreglar, no a través de la administración, sino por medio de algunas propiedades particulares elegidas "al azar".

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