Hace 10 años | Por Bottle a sociedad.elpais.com
Publicado hace 10 años por Bottle a sociedad.elpais.com

El Tribunal de Justicia de la UE ha dado hoy la razón a un trabajador francés de Crédit Agricole, al entender que, tras celebrar una unión civil con otro hombre, la compañía le discriminó por su orientación sexual al no concederle las ventajas previstas en su convenio en caso de matrimonio. El Tribunal de Justicia señala que la situación de las personas casadas y la de las personas del mismo sexo que celebran una unión civil (porque la legislación no permita otra fórmula) deben ser análogas a efectos de obtención de derechos laborales.

Comentarios

Nitros

Lo discriminatorio es que no puedan casarse. Una vez puedan casarse ya no hace falta ir hasta el tribunal de la UE para que se apliquen las leyes.

auroraboreal

#1 tienes razón...no debería hacer falta, pero si han llegado ahí es porque a esta pareja sí que le hizo falta:

Hay (Frédéric Hay) , también sindicalista y militante de una asociación de derechos de los homosexuales, había recurrido primero a la justicia laboral, luego a la corte de apelación y finalmente a la corte de Casación, la mayor instancia judicial administrativa. Esta se dirigió al tribunal europeo para orientarle sobre la interpretación del derecho europeo en materia de discriminación.