Hace 3 años | Por --506196-- a lainformacion.com
Publicado hace 3 años por --506196-- a lainformacion.com

La Agencia Tributaria se abre a no recurrir sistemáticamente las reclamaciones estimadas total o parcialmente por los tribunales y explora como mejorar la calidad de sus actuaciones.

Comentarios

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#1 No solo estos. Los ayuntamientos hacen lo mismo. Por sistema deniegan todas las reclamaciones, sabiendo que un porcentaje muy alto no acudirá a los tribunales.

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#1 Derecho a recurrir? Donde se ha visto? Lo ideal es sujetarlos por los tobillos y sacudirlos boca abajo con violencia.

e

#6 "Derecho a recurrir? "

Creo que te confundes. Estoy criticando el sistema de las administraciones publicas que por sistema recurren todos los juicios que pierden sin pararse a leer las sentencias ni estudiar cada caso (y normalmente sin aportar nada en los recursos), buscando como fin amedrentar y alargar el juicio para buscar el desistimiento o agotamiento económico del ciudadano.

D

#1 Correcto. Además, la administración pública no paga costas judiciales, así que les sale muy barato ir a juicio, incluso cuando es temerario.

#12 la administración pública no paga costas judiciales

Falso. ¿De dónde has sacado eso?

D

#14 Es un tema ampliamente conocido. Incluso tras la reforma de 2011, la condena en costas a la Administración es infrecuente o mínima, con lo cual, aunque ganes, te cuesta una pasta:

https://www.legaltoday.com/practica-juridica/derecho-publico/derecho-administrativo/la-condena-en-costas-a-la-administracion-un-brindis-al-sol-2014-10-24/

https://www.administracionpublica.com/la-injusticia-de-las-costas-procesales-en-el-procedimiento-contencioso-administrativo-recordatorio/

Lo puedes consultar con cualquier abogado.

#15 O sea, que de la afirmación falsa que es "las administraciones públicas no pueden ser condenadas en costas, incluso en supuestos de temeridad", pasamos ahora a "en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, los órganos judiciales tienden a apreciar serias dudas de hecho o de derecho, que excluyen la imposición de costas a la parte vencida, sea o no administración pública, algo más frecuentemente que en el orden jurisdiccional civil", lo cual es cierto y no he discutido, pero se parece como un huevo a una castaña a lo que habías dicho.

No necesito consultar con ningún abogado. ¿Por qué no reconoces que te equivocaste?

D

#16 En el 99.9% de los casos la administración no paga costas ni judiciales ni de la parte contraria, ni siquiera aunque pierda. La generalización que hice es válida y lo tuyo una chuleada. Pero tú a lo tuyo.

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#17 No sé cuáles son esas "costas judiciales" que no son de la parte contraria. ¿Las comunes? Pero es que las comunes sí que las tienen que pagar, por mitad, aunque no haya expresa imposición de costas. En cualquier caso, la expresión "costas judiciales" no se usa, y menos para referirse a las costas comunes, y tampoco es habitual que haya costas comunes. Lo de "ni judiciales ni de la parte contraria" lo has soltado para que parezca que sabes de lo que hablas, pero consigue el efecto contrario.

¿Qué coño 99,9%? Di 500%, ya puestos.

La generalización que hiciste no es válida porque ni siquiera es una generalización, es una mentira. Una cosa es "la administración pública no paga" y otra "en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo no se suelen imponer costas en la instancia". Son cosas distintas porque:

- Hablaste de ello como si fuera ley. No lo es. Es una tendencia a no imponer costas, pero al final depende del juez y del humor del que esté y de las circunstancias del caso.
- Ocurre en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. No ocurre, por ejemplo, en los casos en los que la administración pleitea ante el orden jurisdiccional civil.
- La no imposición de costas es a cualquiera de las partes, no a la administración. Tienen la misma tendencia a no imponerle las costas al recurrente que a no imponérselas a la administración.
- Ocurre solamente en la instancia, no en vía de recurso. Y precisamente se estaba hablando en la noticia de la tendencia de la AEAT a recurrir las sentencias que le eran desfavorables, y en tu comentario contestabas a alguien que hablaba de "recurrir por sistema las sentencias perdidas". En apelación se imponen las costas al recurrente si pierde, con escasísimas excepciones.

Todo lo cual revela que hablaste sin saber, y ahora pretendes huir hacia delante llamando "chulo" a quien intenta corregirte.

Mosquitocabrón

#4 Lo somos, el Emérito lo ha dejado claro.

D

Si la prueba de carga no estuviese invertida (el contribuyente está obligado a demostrar la veracidad de lo que declara) quizá no tendrían (y perderían) tantos litigios.

D

Yo tengo una recomendación para hacienda: en vez de empezar por litigar por cada pequeño posible error en las declaraciones individuales de los ciudadanos, podrían irse a litigar contra los grandes defraudadores que deben entre decenas de miles y millones de euros. Por cada litigio contra uno que te defrauda cien mil, tienes cubiertas las pérdidas de mil que te defraudan cien. En especial cuando el litigio es potencialmente más caro que lo que te deben.

Ya de ir detrás de cierto señor con nariz gruesa y genes de escasa calidad por exceso de endogamia, que debe millones a la hacienda pública, ni hablamos.

e

#5 Esos tienen abogados y dinero para pagarles durante bastante tiempo

javierchiclana

De amnistías fiscales nada... Refuerzo del sistema y que defraudar no se transforme en un premio.

retruecano

Feudalismo 2.0

D

"Pax fiscal" suena a chanchullo que al final pagaremos todos. Suena a la regularización de Montoro