Hace 7 años | Por Yago69 a openlaw.es
Publicado hace 7 años por Yago69 a openlaw.es

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz ha dado la razón a una sala de conciertos al eximirle del pago a la SGAE por dos actuaciones de 2010 en las que llegó a acuerdos directos con los músicos.

Comentarios

D

#20 Pues a mí si que me parece que es difícil, lo normal debería ser lo contrario, que el dinero se de al artista excepto que este presente por escrito que renuncia a cobrarlo directamente porque se lo gestiona la SGAE, u otra sociedad a su elección.

Arlekino

#33 Pues nosotros hemos llevado a artistas no registrados en sgae a teatros que gestiona la propia sgae, papelito por delante y sin problemas.
#24 Completamente de acuerdo, tendría que ser al revés. Pero los cabrones lo tiene tan bien montado que usan a su favor aquello de "el que calla otorga"

G

#20 aunque no trabajo directamente en el escenario, me muevo en el mundo del espectaculo muy a menudo debido a mi trabajo, en muchos sitios si no estas inscrito en la SGAE no actuas, directamente.

U

#3 ¡¡¡Siete años!!!, facil no es.

thingoldedoriath

#3 Entiendo que lo que quiere decir #1 es que sería fácil que la ley dijera eso ("si esto es mío y yo no cobro nada o ya he cobrado por ello, tú no eres nadie para reclamarlo en mi nombre, a no ser que yo te lo pida expresamente") y no lo que dice ahora. Y cualquier humano entendería que lo lógico es que el creador (propietario de los derechos) tuviese la última palabra sobre a quien le cobra y a quien no, por la utilización de su obra.

frankiegth

#3. Es que la ley es la ley un plato es un plato... ya sabeis por donde van los tiros.

rafaLin

#1 Ahora cambiarán la ley para que sea como lo de AEDE, que cobrar sea irrenunciable y que aunque publiques tu música como copyleft, tengas que pagar a la SGAE.

Nova6K0

#18 Es que eso en general ya está. Los autores copyleft no podemos renunciar por ley a los derechos de gestión colectiva que tienen que ser gestionados por la SGAE. Incluso aunque por licencia sí renunciemos a ellos.

Mira lo que le pasó a Pony Bravo:

http://www.mondosonoro.com/noticias-actualidad-musical/carta-abierta-de-pony-bravo-a-sgae/

Salu2

o

Luego, los que roban a los músicos son "los de las descargas"... lol

D

#7 Por mucho que lo han intentado, muy pocos jueces en el mundo han aceptado que descargar sea robo, mas que nada porque no hay lucro por medio. Las personas buscamos la felicidad y las empresas el lucro, por ello unos tenemos el código civil y otros el mercantíl.

Varlak_

#11 entonces deberían llamarse "código mercantil" y "código feliz"

D

#16 En todo casó "código lucro" y "código feliz".

Recuerda que fueron los padres de la patria yanki los que constataron que el propósito del hombre es buscar la felicidad, y seguro que se lo copiaron a un francés que no conozco.

o

#11 Las legislaciones se hacen y se deshacen. El elemento central es la motivación del legislador y está muy claro que cuando los productos pierden, como en este caso, el valor de la escasez, el legislador blinda el mercado legalmente o establece un canon que, (como la lluvia cae sobre justos e injustos), y se quedan tan anchos. Por si fuera poco dan alas a opacas "sociedades de gestión" que pretenden gestionar los derechos de todos los creadores y que reparten los beneficios como el ciego y el lazarillo se repartían las uvas. Y todo éso es "legal".

Y esta es la situación en muchos ámbitos. Por ejemplo, lo de la "regulación" de los libros de texto y las editoriales que es de verdadera risa, lo del certificado de eficiencia energética, o lo de las certificaciones de las ICT's, que bajo la apariencia de proteger al consumidor, en la práctica sólo sirven para pasarle una factura.

Ser ciudadano es ser consumidor, el código mercantil nos afecta tanto como el civil.

D

#26 No es un tema de legislación querido. Todos los países tienen sistemas que han evolucionado con cierta independencia y tienen esa distinción entre leyes para personas que viven en sociedad y leyes para empresas que compiten en el mercado. Pretender tratar a las empresas como personas es tan descabellado como pretender tratar a las personas como empresas.

Si quieres ir por el mundo con los calzoncillos por fuera, puedes hacerlo, pero luego no te sorprendas si se rien de ti como de Trump.

o

#35 Pues claro que es un tema de legislación, querido. Si las empresas juegan con unas reglas y las personas juegan con otro y resulta que cuando hay un conflicto de intereses entre personas y empresas se aplica la reglamentación de las empresas, que no se basa en los principios que se supone que animan las leyes que regulan la actuación de las personas, lo que tenemos es un ciudadano perfectamente sometido a los intereses de las empresas. Por ejemplo, el famoso "tú paga, y si acaso, luego, ya reclamarás".

Hay leyes sobre las que es estúpido discutir, como las de la física. En el caso de tus queridas leyes, lo que es estúpido es no discutirlas. En gran medida, no dejan de ser el resultado de los intereses de ciertos grupos de presión, ¿sabes?. Algo convencional. Como las reglas del monopoly pero solemnizadas.

No me importa que se rían de mí. Desgraciadamente no soy lo suficientemente magnánimo como para tener en buen concepto el criterio de la gente como tú, "querido".



lol

D

#39 ¿Leyes de la física? ¿Las de Newton donde el tiempo es objetivo en vez de relativo?

o

#40 Déjalo, querido. No te pongas en ridículo. Ponte a leer un decreto ley complicadillo y convéncete de que has aprendido algo "importante". lol

D

#41 ¡Menudo zasca que te he dado!

Eso te pasa por no tener ni puta idea de "leyes de la física".

Fdo. uno de ciencias.

o

#42 ¡Ay! ¡Sí que me ha dolido sí!

PS: Devuelve el título, anda. Se debieron equivocar al dártelo.
PS: He dado por supuesto que lo tienes. Aunque me da la impresión que no eres ni de "ciencias" ni de "letras".

lol

D

#43 Me caías mejor cuando no veías sentido a cuestionar las "leyes de la física". roll

o

#44 No me digas éso. ¡El objetivo de mi vida es caerte bien!
¡Puedo cambiar, te lo juro!.
! Volvamos a intentarlo!
¡ Piensa en los niños, ¿es que no vas a pensar en los niños?!

D
D

Mi opinión cómo músico es que les jodan bien profundo a éstos de la sgae. Si alguna vez llego a cobrar un dinero razonablemente alto, éstos piratas de agua dulce no se llevan ni un euro, lo juro y perjuro aquí mismo.

D

Nota para un posible futuro de Meneame: Que solo se permita publicar de medios que expresen previamente que ceden el permiso, supongo que se esa forma AEDE no podrá cobrar indiscriminadamente como pretende por enlazar a las publicaciones sean o no medios pertenecientes a la entidad recaudatoria.

D

#6 #8 #15 Entiendo... ¿Y no se podría firmar un contrato electrónico con esos medios como un ejercicio de colaboración o uso de la herramienta meneame por parte del medio y dejar de ser considerado un agregador de noticias?


Es que me parece ridículo que un medio no pueda publicar sus contenidos en otra web sinq ue esa web tenga que pagar un canon impuesto por mafiosos.

Pancar

#5 El famoso artículo 32.2 de la ley de propiedad intelectual que hace referencia a esto dice:

La puesta a disposición del público por parte de prestadores de servicios electrónicos de agregación de contenidos de fragmentos no significativos de contenidos, divulgados en publicaciones periódicas o en sitios Web de actualización periódica y que tengan una finalidad informativa, de creación de opinión pública o de entretenimiento, no requerirá autorización, sin perjuicio del derecho del editor o, en su caso, de otros titulares de derechos a percibir una compensación equitativa. Este derecho será irrenunciable y se hará efectivo a través de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual. En cualquier caso, la puesta a disposición del público por terceros de cualquier imagen, obra fotográfica o mera fotografía divulgada en publicaciones periódicas o en sitios Web de actualización periódica estará sujeta a autorización.

Por lo tanto da igual que los medios pertenezcan o no a AEDE o que cedan o renuncien a sus derechos.

Varlak_

#5 el canon, tal y como está la ley escrita, es irrenunciable.

Catapulta

Yo he tocado en las Jam de ese local. Cuesta encontrar sitios donde la música sea en directo o te dejen tocar por estos lares.

ToiCabreao

No estoy seguro de alegrarme con esto...
Eso de que "individualmente" un artista negocie (¿de igual a igual?) con un empresario lo que le va a pagar no acaba de sonarme bien...


En los orígenes , la "sociedad general de autores" nació para defender los derechos (y la dignidad) de los autores frente a estos empresarios.
Ya que o no se les pagaba, o se les paga tarde y mal. En más de un caso con la escusa ya deberían de tener bastante si conseguían "reconocimiento". Como si se pudiera vivir de eso...

Pero la asociación se fue deslizando al lado oscuro. Se añadieron los "editores" y se convirtió en la $GAE. (resumiendo mucho, ojo...)
Trabajadores (Autores) y empresarios (Editores) en la misma asociación, ¿Que puede salir mal?

D

#31 Un artista no deja de ser algo similar a una empresa, por tanto debería estar en su derecho de negociar lo que le de la gana con la dueña de la sala de conciertos... La ley es aberrante, estar obligado a dejar en manos de la SGAE o de una discográfica tus derechos es una burrada proteccionista.

ToiCabreao

#47 Mas bien, un artista es algo similar a un autónomo. Su capacidad de negociación, si es poco conocido, es nula. Es un o lo tomas o lo dejas, cierra la puerta al salir y que pase el siguiente...

Por eso se creó en su día la Sociedad general de autores.(sacado de la wiki):

A finales del siglo XIX, en España, el negocio musical estaba formado por tres grupos: los teatros y salas en los que se interpretaban las obras, los autores de las mismas y los intermediarios entre ambos, entre los que destacaba Florencio Fiscowich. Los intermediarios abusaban frecuentemente de su posición dominante mediante contratos de exclusividad con las salas y ataban a los autores con adelantos a cuenta de obras futuras. Frente a esta situación, los escritores Sinesio Delgado, Carlos Arniches, los hermanos Álvarez Quintero, el libretista Federico Romero Sarachaga y los compositores Ruperto Chapí, Rafael Calleja Gómez y Tomás Barrera Saavedra, entre otros, crearon el 16 de junio de 1899 la Sociedad de Autores. Federico Oliver Crespo un escultor, escritor, dramaturgo y director teatral, fue el primer presidente de la Sociedad General de Autores.

No creo que sea conveniente que para librarnos del monopolio (¿Mafia?9 de las $gae volvamos a penosa situación anterior. Peo algo hay que hacer...

D

#48 pues promulgar el libre mercado, y luego en el mercado artístico no permitir a un artista que gestione sus derechos como le venga en gana... me parece más abusivo todavía. Sobre todo si al artista no le da la gana de licenciar su obra mediante copyright (p.ej. copyleft, creative commons, o simplemente ceder los derechos libremente a quien los quiera).

ToiCabreao

#49 #49 Al principio parecía una buena idea... Esto se puede aplicar a casi todo.
El libre mercado es un ¡sálvese quien pueda! También terminaría dominado por cuatro que impondría su ley, su industria y sus gustos. (como ahora, vamos).
Un artista debe se libre para licenciar su obra como le venga en gana. Pero dejará de ser libre en cuanto tenga que vivir de su arte. Solo un artista "consagrado" puede hace lo que le da la gana...

D

#50 El libre mercado es un sálvese quien pueda porque no existe realmente, existe un supuesto libre mercado en el que cuatro lobbys son capaces de presionar a gobiernos en su totalidad. ¿Que es imposible vivir sin lobbys? Para nada, se podrían meter con cualquier multinacional, ¿qué no les gusta las normas del juego? Pues que se vayan a otro país, seguro que hay mejores formas de incentivar el traer industria a España, por ejemplo, concediendo beneficios fiscales suculentos a quienes ofrezcan puestos de trabajo de calidad. Pero claro, si no benefician a los lobbys, luego estos no les van a enchufar en sus empresas cuando su carrera política acabe.

Pero a lo que vamos, un artista no es muy diferente de cualquier autónomo, con competencia desleal y clientes que es "o te pago así y asá, o no cobras/haces el trabajo". ¿Deberíamos montar una SGAE para autónomos sin garantías judiciales para cobrar sus facturas? No hay que irse a lobbys o grandes empresas para descubrir que el mundo laboral en general funciona con "la ley del más fuerte"; obligar a los artistas a sumarse a un proteccionismo absurdo es coartar la poca libertad que les pueda quedar gestionando sus derechos.

D

La SGAE puteando a los creadores y artistas... Veo que todo ha vuelto a la normalidad.

El copyright es una ley para proteger a "empresas" de OTRAS "empresas".

Nova6K0

En serio a los compis que tengáis bares, restaurantes, pubs,... poner música de Jamendo os ahorraréis unos cuantos cientos de euros al año y el peñazo de poner siempre las mismas canciones de la radio (las que dicen que se renuevan, cuando siempre ponen las mismas).

Salu2

eltiofilo

¡No al 21% de IVA! ¡Sí al 10% de SGAE!

o

No es tan sencillo como lo pintan. La mayoría de los autores han cedido parte de sus derechos a las discográficas, con lo que ellos pueden negociar libremente sus derechos, pero no los de las discográficas a las que ellos cedieron sus derechos.

D

Para poder hacer esto los artistas no tienen que tener contrato editorial o tener uno que no implique cesión de derechos y no estar asociado a SGAE.

D

Titular alternativo: "Un juzgado exime a una sala de conciertos de pagar a la Mafia porque llegó a acuerdos particulares con los músicos"

r

excelente noticia.

R

2010.... pues si que va rápida la justicia...

ardite

En el 2010?

llanero_solitario

contrato de alta en la Sgae:

5º El contrato de gestión tendrá una duración de tres años prorrogables
indefinidamente de año en año, salvo denuncia escrita con un
preaviso de seis meses, en cuyo caso el vencimiento efectivo
tendrá lugar al final del ejercicio correspondiente a la fecha de
extinción del contrato.

El titular de los derechos, no obstante, podrá revocar en cualquier
momento la autorización para gestionar derechos, categorías de
derechos o tipos de obras o retirar los derechos o categorías de
derechos o tipos de obras de su elección, mediante comunicación
escrita dirigida a la Sociedad con un preaviso de seis meses. La
revocación o retirada surtirán efecto al final del ejercicio
correspondiente a la fecha en que haya vencido el expresado
plazo de preaviso de seis meses.

D

Como mola, un poco lento, pero mola.