Publicado hace 7 años por --493582-- a alrevesyalderecho.blogsinfolibre.es

Dos recientes Sentencias, de la Audiencia Provincial de Zaragoza y de un juzgado de Avilés, acaban de condenar a tres personas por el delito de cooperación al suicidio del artículo 143.2 del Código Penal a penas de dos años de prisión. En el segundo caso se trata de una sentencia de conformidad tras una acusación con petición de más de seis años sostenida por la Fiscalía que da por buena la admisión de la tentativa y la consideración como necesarios de actos de complicidad indirecta que parecen lejanos a tal carácter.

Comentarios

noexisto

Tres conceptos: política criminal, de lege ferenda y principio de intervencion mínima

IshtarSpider

"la función del Derecho penal es tutelar la vida constitucionalmente reconocida, y ésta es precisamente la libremente deseada por su titular, cuando este deseo no exista, sino que sea contrario, el Derecho penal no puede (debe) intervenir"

Creo que esto lo resume todo.Por cierto que ese blog ya lo conozco y me gusta bastante.