El juzgado de lo Social número 18 de Valencia ha obligado a una empresa a abonar un complemento salarial denominado ‘Cesta de Navidad’ a todos sus empleados tras la reclamación interpuesta por el sindicato CSIF. La sentencia expone que dado que el complemento de la ‘cesta de Navidad’ no se refiere a un tipo de actividad desempeñada por unos u otros trabajadores y no se justifica la diferencia de trato, “la compensación debe aplicarse a todos los trabajadores independientemente de su fecha de ingreso en la empresa”.
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