Publicado hace 1 año por me_joneo_pensando_en_ti a expansion.com

La Asociación de Ayuda al Endeudamiento explica en un comunicado que la sentencia de la sección primera del Tribunal de lo Mercantil demuestra que la Ley de la Segunda Oportunidad no es solo para personas que carecen de ingresos o desempleados, ya que el exonerado percibe una nómina superior a los 1.700 euros mensuales. No obstante, el juez le da la razón en su petición de exonerarle porque la deuda le era inasumible, superando las cuotas de los préstamos el 90 % de sus ingresos, de forma que le permite mantener su vivienda en propiedad.

Comentarios

JohnnyQuest

#1 Ojo, aquí se ha limitado la responsabilidad, no se le ha eximido de ella. Sigue teniendo que pagar su préstamo. Un concurso de acreedores en toda regla. Si a una empresa se le intenta salvar para que con su actividad pueda pagar algo de su deuda, ¿qué diferencia hay? Lee el artículo.

Yo me pregunto si además podríamos poner el ojo sobre los prestamistas (sin quitar culpa a gente como esta). Porque regalar dinero sin más consideraciones tampoco me parece muy responsable.

Huaso

#8 me recuerda al discurso de una epoca no tan lejana en la que se repetía el mantra aquel de “vivir por encima de sus posibilidades”. Pues mire usted, si una entidad financiera le concede a fulanito un crédito hipotecario por el 100% del valor de tasación del inmueble y además le anima a pedir un 10% extra para pagar los gastos, el coche y unas vacaciones en Punta Cana, dígame usted de quien es la responsabilidad. La posibilidad de solicitarlo y que a uno se lo concedan prácticamente sin estudio de riesgo no es ya de por si esa posibilidad de la que habla el mantra?
Yo no compro el discurso. Tan culpable es el concesionario com el beneficiario, como poco.
Y debo además recordar la Ley de la segunda oportunidad. Que además forma parte de las posibilidades de las que dispone cualquiera, sin estar viviendo para nada por encima de ellas.

blockchain

#11 vamos que en este caso la culpa es del estafado, no?

JohnnyQuest

#8 Ni más ni menos que un concurso de acreedores.

T

#1 Llevamos años pagando los despropósitos de las empresas (entidades financieras, administraciones públicas, sociedades privadas, etc) y no veo rasgaduras de ropa.
Pero si eres empresario entiendo tu comentario

blockchain

#7 lo de siempre, manzanas traigo.

c

#7 Si no las ves igual estás ciego…

T

#13 Hay herramientas para consultar tus préstamos y calcular tu crédito. Si aún así le han concedido el préstamo suena a estafa. En este caso le ha tocado una suerte de juez porque otro le embarga la propiedad.
¿Qué te parece este punto de vista?

c

#14 Claro, porque él no los pidió. Aquí hay un fallo en ambas partes y la ley de segunda oportunidad está para esto. Cuando obras de buena fe te pueden perdonar la deudas. El prestamista valoró mal los riesgos (al ser funcionario tiene los ingresos asegurados) y ya ha asumido su mal hacer. Pero no hay estafa, nadie le engañó para pedir un préstamo.

D

#1 No pagamos a escote porque las deudas las tenía contraídas con bancos.

blockchain

#17 quién te crees que va a sufrir esa "pérdida" en forma de comisiones?

s

#18 No hombre, esto lo sufrirán los accionistas viendo bajadas en sus beneficios. Eso es el capitalismo.

blockchain

#19 jajaja

ur_quan_master

#1 eso también reza para entidades que prestan dinero de forma irresponsable.

blockchain

#25 la culpa, del estafado. En este caso sí vale?

ur_quan_master

#26 de estafados nada. Hacen estudios para saber el riesgo de sus inversiones.

blockchain

#27 lo dicho, el pobre hombre una víctima!!!

ur_quan_master

#28 eso cuéntaselo al juez

blockchain

#29 el juez siempre tiene razón, las leyes siempre son justas, y los fallos siempre son buenos.

Adiós!

ur_quan_master

#30 afortunadamente la ley no se basa en el concepto de pecado, odio y venganza.

Ta otra!

#3 quitando que me parece un irresponsable descerebrado... Hay que analizar si esto puede servir para controlar el cáncer que son los créditos rápidos.

autonomator

los abogados plantearon una propuesta documental de acuerdo a todos los acreedores -bancos y entidades financieras- consistente en que el deudor pagara una parte de la deuda contraída, algo que fue rechazado por la mayoría de acreedores, que lo vieron insuficiente.

No obstante, el hecho de haber dejado constancia de su voluntad por escrito le daba la condición de “deudor de buena fe”, por lo que tras constatar la imposibilidad de llegar a un acuerdo, presentó una demanda de concurso de acreedores y solicitó el derecho del deudor a que se le perdonasen todas sus obligaciones de pago pendientes acogiéndose a los requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad.


La avaricia rompe el saco

t

#10 ¿Y cuánto fue esa parte que quería pagar? Porque a lo mejor solo era un porcentaje mínimo, con lo que es lógico que los acreedores se negasen.

autonomator

#12 supongo que el juez habrá considerando que era suficiente.

Pictolín

#10 Venía a decir lo mismo, la clave aquí es ser "deudor de buena fé" y así lo ha demostrado ante el juez.

blockchain

#21 la buena fe es indemostrable....

ur_quan_master

Miles de autónomos embargados estarán revolviéndose en sus jergones del albergue