Hace 7 años | Por ArdiIIa a poderjudicial.es
Publicado hace 7 años por ArdiIIa a poderjudicial.es

El juez considera nula la condición general concretada en el punto 8 de los contratos, en el que prevé el cobro de una cantidad al cliente por liberalizar los terminales móviles. “En definitiva –se indica en el fallo- una vez finalizado el periodo de permanencia. El juez acuerda asimismo que se impondrá una multa coercitiva a Vodafone de cinco mil euros por cada día que transcurra, a partir de los dos meses siguientes a la fecha de la firmeza de la sentencia, en caso de que la empresa no haya cesado en el uso de las condiciones generales.

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¿Es de carácter retroactivo?