Hace 8 años | Por sam2001 a elderechoalolvido.com
Publicado hace 8 años por sam2001 a elderechoalolvido.com

La Agencia Española de Protección de Datos ha estimado la petición de una persona que solicitaba que con su nombre y apellidos dejarán de aparecer varias noticias en el buscador Google, relacionadas con una condena en los años 2007 y 2008 por atropellar mortalmente a 2 peatones. Los hechos sucedieron en 2005 y ahora Google deberá desindexar estas noticias que aparecen al buscar el nombre y apellidos de la condenada.

Comentarios

f

Tiene que ser la de Valladolid, la tal Rebeca.

Una gran persona, por lo que se ve:

EL SUCESO OCURRIÓ EN 2005, EN LA CALLE GARCÍA MORATO

La Audiencia ratifica los tres años para la conductora del doble atropello mortal.

Rebeca A.A conducía bajo los efectos del alcohol y se saltó un semáforo.
Un joven de 19 años y una chica de 24 fallecieron.

D

#11 Esta claro, A. A. = Alcohólica Anónima

jabujavi

#13 Pues tan anónima no parece

D

#14 No, ahora es borracha famosa

D

Qué aberración de ley.

D

Es curioso esto del derecho al olvido, pido a google que me elimine, pero si me voy al yahoo-bing u otro buscador que pasa.

Más que nada porque me pareció curioso ver como si buscaba algo con derechos de autor por google me salían las búsquedas capadas de ese fichero pero si lo hacía mediante otro buscador ahí estaban. Lo mismo con nombres de cosas ilegales, por google están filtradas pero no por yahoo. Hay páginas como ciertas chan que desde google no salen pero si por otros buscadores.

#2 Que complicado debe ser no publicar nombres y apellidos ni fotos en los medios de comunicación, con las iniciales es suficiente. La culpa no es de google es de las webs que tienen esa información, pero resulta que se le exige a google.

D

#3 Es que, independientemente de que el juez diga lo que diga, aquí hay una realidad. Google no es una página web de donde se puedan borrar cosas, es un indexador. No tiene contenido, tiene un algoritmo.

Así pues, donde dice:
procede la exclusión de dichos datos al tratarse de datos obsoletos

Lo que realmente está diciendo es que se cree una regla que impida que se proporcionen resultados para una búsqueda por el nombre de esa persona, para todo y para siempre.
No indica quién pagará este trabajo ni su mantenimiento eterno.

Es directamente falso que los datos sean obsoletos, pues el enlace sigue vivo.

La misma sentencia aclara que la página enlazada no tiene ningún problema, por lo que no se cerrará ni censurará. El mismo google puede seguir indexándola y mostrándola como resultado de otras búsquedas. Nada impide por ejemplo que aparezca como resultado de buscar "accidente trafico muerto 2005".

O buscando por el nombre de las víctimas.

O, como dices, por otro buscador que no ha sido demandado.

No tiene sentido. Sí que tendría sentido tu propuesta de que la página fuente sustituya el nombre por las iniciales, pero esto ya es censura. Siendo cierta la información, no hay nada que corregir. Parece que el derecho al olvido tiene sus límites.

Ergo, no se trata de que la información exista. El problema es que sea facil de encontrar.

D

#10 Pero eso no es censura. Antiguamente en los medios no se daban los nombres y apellidos, se daban las iniciales, en otros países que yo sepa funcionan de esa manera al igual que no poner sus fotos. Para nosotros es irrelevante conocer esos datos.

Por ejemplo en caso de Diego Pastrana con la famosa portada del ABC "La mirada del asesino", luego resulta que era inocente. La red está plagada con su nombre y foto. Ahora se mira mucho darle un vistazo a internet para ver que puede existir de esa persona.

Esto antes era imposible, cualquier hecho te puede dejar marcado de por vida.

m

#2: Depende: ¿Fue culpa del conductor o de los peatones?

Si es el primer caso, si, sería una violación al derecho a la información.

Edito: estaba condenada, con lo que parece culpable.

Este es el motivo que dan:
Motivo: información obsoleta

¿Han resucitado las víctimas?

D

#4 Depende: ¿Fue culpa del conductor o de los peatones?

Pues no, no depende. Precisamente este es el punto importante.

D

#2 #4 #9 Hay que presuponer que es culpable. Si no lo fuera se trataría de una información erronea que obviamente hay que eliminar, minimizar o lo que sea que haya que hacer.

El derecho al olvido lo que pretende es que una vez una persona condenada ha cumplido su pena no tenga que vivir el resto de su vida con ese "estigma" de algo que hizo y por lo que ya ha pagado.

Y esto lo digo sin entrar a valorar si el derecho al olvido me parece correcto o no, o si en unos casos sí y en otros no.

m

#18: ¿Y dónde está el derecho a saber si alguien desprecia las vidas ajenas o no?

El derecho al olvido es una tomadura de pelo, porque en caso de inocencia ya no es olvido, es que se debería retirar esa información sin más.

D

#19 Ya, por eso mira que en mi última frase ya digo que prefiero no entrar a valorar lo que opino sobre esa ley. Cada cual tendrá la suya.

Pero tal y como está la ley actual la finalidad es la que es.

m

#21: Por eso yo digo que lo mejor es localizar estos casos y hacerles publicidad y que consigan lo contrario a lo que querían.

Por supuesto, donde haya culpabilidad y sean casos de sangre o corrupción.

D

#22 Aquí ya entramos de lleno en el terreno de la "reinserción". Teóricamente la legislación española establece que la finalidad de las penas de prisión es la reinserción del reo en la sociedad. Con esa premisa la idea del derecho al olvido tiene su lógica. Por desgracia la realidad es que la utilidad de una pena de prisión de cara a la reinserción es más que dudosa. Mucha gente sale de la carcel y no está ni mucho menos reinsertada, mientras que hay casos en que cuando una persona tiene que entrar en prisión ya estaba totalmente reinsertada.

m

#23: ¿Crees que alguien que ha estado TRES años en la cárcel por MATAR a dos personas se reinserta?

Si de verdad hubiera arrepentimiento, aceptaría su pasado y no trataría de "hacerlo desaparecer" aprovechando una ley mal redactada.

Yo en estos casos lo tengo claro: que resucite a los muertos y yo olvido todo.

D

#24 Pues evidentemente cada caso es un mundo. Prefiero no entrar a valorar al caso actual porque desconozco los detalles.

Pero el derecho al olvido como concepto no lo veo incorrecto (otra cosa es la forma en que se aplique). Una persona puede cometer un delito, arrepentirse completamente y tras un tiempo estar completamente reinsertada. La idea del derecho al olvido no es que esa persona olvide lo que hizo (probablemente si realmente se ha reinsertado no olvidará lo que hizo en la vida y quizás se arrepienta de ello cada día de su vida) sino que no te vayan señalando con el dedo a cada paso que das. El derecho al olvido persigue que una persona completamente reinsertada pueda rehacer su vida. Antiguamente no había problema porque las hemerotecas no las consulta nadie. Hoy en día internet permite que una información de "hace 20 años" pueda seguir tan viva como si hubiera sucedido ayer.

m

#25: Vale, pero en casos de asesinatos y mutilaciones, en mi opinión no debería haber derecho al olvido. Y en el caso de un robo debería mediar la reposición del dinero y el daño causado.

D

#24 Segun tu te puedo cortar el brazo y la pierna siempre que me deje que tu me cortes el brazo y una pierna, y entonces ya estamos empatados y podemos vivir felices y contentos, eso si, tal vez tu no quieras perder un brazo y pierna, pero como se ha aplicado el ojo por ojo, pues solucionado. No dista mucho de la mentalidad musulman...

m

#27: No, lo que digo es ligéramente diferente: Para que se considere un derecho al olvido como mínimo deberías reponer MI brazo y MI pierna y en las mismas condiciones que estaban.

D

#18 ¿ pretendes decir que no se puede publicar anda en que sea erróneo en el mundo ? No vives en el mismo mundo que yo, me temo.
El "derecho al olvido" es obligar a los otros a que callen. Es un atentado contra la libertad de prensa, la libertad de información, la libertad de expresión.
Es volver al tiempos de la edad media.
Luego, si quieres, comentamos el sentido que tiene penalizar solo "al transportista", al que da los resultados de la búsqueda y no al dueño de la página.

D

#28 No se que tienen que ver la libertad de expresión con el derecho al olvido.

Un medio puede publicar cualquier información de actualidad que considere oportuna mientras se atenga a la verdad. Si publica algo erroneo lo normal es que tenga que rectificar.

En cualquier caso supongamos que la información es veraz y "fulanito de tal" atraca un banco, le pillan, le juzgan, le condenan y va a prisión. Los medios lo habrán publicado todo y es normal. Es información de interés público. Hasta ahí no hay ningún problema. Ahora imagina que han pasado 20 años de aquello. "fulanito de tal" ha cumplido su condena y está totalmente reinsertado. Se arrepiente cada día de lo que hizo y ni se le ocurriría volver a repetir una cosa así en la vida. Ahora "fulatino de tal" busca trabajo, hoy, 20 años después. Ciertamente hay trabajos en los que no va a poder estar por tener antecedentes penales. Pero ponte por ejemplo que busca trabajo de cajero de un supermercado. Al encargado de personal le basta con escribir su nombre en google para desenpolvar una historia de hace 20 años que ya no tiene nada que ver con la realidad y rechazar a un atracador de bancos, pese a que probablemente a esta persona ni siquiera se le pase por la cabeza meter la mano en la caja.

Ojo que no estoy diciendo que las leyes estén bien hechas o bien aplicadas, sólo que el concepto del derecho al olvido como tal hay que entenderlo como lo que es.

D

#33
Son las dos caras de la misma moneda. Lo que para uno es "derecho al olvido" para el otro se convierte en que se cercena la libertad de expresión.

No.
De ser como dices, nadie podría publicar nada de homeopatía, de ovnis, de musicoterapia,...

Si ha cumplido su condena, ya no tiene antecedentes.

Sí, es lo que se llama información.

Yo si dogo que está mal hecha.
Es cercenar el derecho a la información, a la libertad de expresión...
Es ir para atrás en el desarrollo humano. Es volver a la época de la quema de libros.
Y encima de la manera más cutre: no se evita que la página tenga la información, se pide al buscador que no la indexe. Al menos podían tener la decencia de atacar al responsable de la información, no al mensajero.
Un despropósito. Habrá quien piense que es lo propio dentro de la degradación política que hay en general.

D

#34 Básicamente lo que estás diciendo es que nadie tiene derecho a poder empezar de cero una vez ha quedado claro que se ha reinsertado completamente. Que cualquier cosa que haga le perseguirá hasta el fin de tus días por muy arrepentido que esté. Si eso es lo que piensas pues perfecto. No todo el mundo piensa así.

Eso no quita que haya personas que nunca se pueda considerar que se han reinsertado. Como en todo hay casos claros, casos oscuros y casos dudosos. Por desgracia hacer una ley que pueda cubrir todos los casos es imposible por hay cosas que no se pueden definirr fácilmente de forma objetiva.

Ah, y una cosa, los antecedentes penales no se borran una vez has cumplido tu condena. Una persona que haya cometido un delito sexual nunca podrá ejercer un trabajo con menores a su cargo por mucho que haya cumplido su condena. Al igual que ciertos delitos económicos pueden impedirte trabajar de banquero. Los certificados de antecedentes penales sirven precisamente para aclarar estas cosas.

aunotrovago

Yo maté a un meneante pero se me concedió que siguiera comentando.

m

Dos posibles casos:
http://www.abc.es/local-comunidad-valenciana/20141102/abci-conductora-condenada-tres-anos-201411021353.html
http://www.abc.es/hemeroteca/historico-23-05-2005/abc/CastillaLeon/dos-peatones-fallecen-en-valladolid-al-ser-arrollados-por-dos-vehiculos-que-chocaron-en-pleno-centro_202661519092.html

El primer caso coincide por años y por género de la conductora:
http://www.elnortedecastilla.es/20070314/valladolid/condenada-anos-implicada-accidente_200703141300.html

Si es este caso me parecería vergonzoso que se aplicase derecho al olvido. ¿Derecho a que...? ¿A caso no es más importante el derecho a la vida? ¿A caso se preocupó ella del derecho a la vida de estas dos personas?

D

#5 Pues yo creo que tu deberías ser capaz de comprender que el atropello y todo lo que eso conlleva es un problema distinto del derecho al olvido y el derecho a la información. Aquí la notícia trata de lo segundo, pero como tu no has sido capaz de comprender eso, pues vas y lo mezclas todo.

m

#7: En mi opinión el derecho al olvido no existe con quienes atenten contra otras personas o animales.

D

#5 ,82 ml en sangre, menuda hija de puta la tal Rebeca A A. Lastima no saber sus apellidos. Asesina.

m

#26: ¿Dónde hablé de la pena de muerte? Yo hablo de derecho a tener identificada a esta gente para poderla evitar en la medida de lo posible.

Y vuelvo a decirlo: derecho al olvido. ¿Y qué pasa con el derecho a la vida?

D

Una gran persona, por lo que se ve

Otro que tal, intentando hacer juicios morales. Y luego dicen que menéame está bajando de nivel. Pues claro que baja de nivel, pero no por lo que tanto se critica.

D

#8 .82 ml de alcohol en sangre y se salta un semáforo en rojo. Yo le tatuaba en la cara ASESINA y publicaba su careto en todos los medios.

D

Hay comentarios en los que solo falta que pidan la pena de muerte para ella...
No justifico sus actos, pero si que le doy la oportunidad de resinsertarse en la sociedad una vez cumplida su pena, a los familiares de los fallecidos y heridos les dolera, lo siento por ellos pero el ojo por ojo y diente por diente no me va mucho.

m

#15: Que resucite a quién mató y luego la perdonamos. ¿Te parece bien?

Que reinserte primero ella los muertos en la sociedad. ¿A caso está ella por encima de los muertos?

D

#20 Ya me confirmas lo que he dicho, pena de muerte para la chica si por ti fuera y asi la podemos perdonar al estilo musulman/judio.