Hace 5 años | Por Danichaguito a rebelion.org
Publicado hace 5 años por Danichaguito a rebelion.org

El delito de odio,o el agravamiento de los delitos acudiendo a este elemento,se concibió como protección para colectivos vulnerables que han sido históricamente objeto de agresiones individuales y colectivas por algún rasgo como puede ser la raza,la religión,la etnia,la cultura o las creencias de las víctimas. En ningún caso se debe contemplar la profesión o algo parecido. Cuando ha habido altercados entre taxistas y conductores de Uber,a nadie se le ha ocurrido pensar en acudir al agravamiento de los delitos de agresión añadiendo el elemento..

Comentarios

Danichaguito

".. El que los agentes encargados de reprimir sean policías nacionales, guardias civiles o policías autonómicos, hace que cierta parte de la población puedan verlos con antipatía, e incluso con odio, lo cual no parece absolutamente incomprensible. Tampoco gozan de muchas simpatías otras profesiones, como los inspectores de Hacienda, pero ello no puede ser motivo de intentar agravar las penas en un delito de lesiones, por ejemplo. ¿No es comprensible que quien reprime las protestas pueda ser percibido con antipatía por cierto sector de la población?, ¿acaso esto no va en el sueldo?
"

S

#1 como policía siempre lo he entendido así.

Y en cuanto a lo que se refiere a los delitos de odio, totalmente de acuerdo. Se hace un uso torticero de su texto por intereses políticos