Publicado hace 5 años por Quinqui a presnolinera.wordpress.com

El 18 de diciembre pasado se hizo pública la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el caso Saber y Boughassal c. España, en el que se dirimió si era compatible con el derecho a la vida privada y familiar garantizada por el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) la expulsión de España de los demandantes, nacionales marroquís, a resultas de una condena a un año de prisión en suspenso y a tres años y un día de prisión, respectivamente, por un delito contra la salud pública, a saber, el tráfico de drogas.

Comentarios

wondering

#3 Pues no sé, veo complicado el tema. Por un lado, si en, pongamos 5 años, ha conseguido regularizar su situación... qué haces? lo detienes? entiendo que no. Y si no lo ha hecho, el caso es que lleva 5 años en el país, y puede haber empezado una familia, y habría niños de por medio... hay mil situaciones.

Y luego a parte, me surge la duda de cómo ligar la persona que entró sin papeles, con una persona con pasaporte 5 años después. ¿Cómo sabes que es esa persona si cuando entró no tenía documentación? ¿Por el nombre que escribió? No es fiable. ¿Por una foto? Tampoco parece un método muy fiable.

Hablo desde el desconocimiento, seguramente se me escapan cosas.

D

#4 Porque hay constancia de que ha estado usando servicios públicos, como la sanidad, servicios sociales, ongs, etc...

oso_69

Una duda que no me ha quedado muy clara. Habla de "residentes de larga duración". ¿Eso incluye a los que están de manera irregular, es decir, a los que han entrado sin seguir los trámites legales? Y si han entrado sin papeles, se les identifica, se les entrega una orden de expulsión y ellos no se van y siguen residiendo de manera ilegal, ¿cuenta ese tiempo como residencia a la hora de ver lo de "larga duración"?

Por otra parte esta mañana me comentaban una cosa que no sé si será verdad. La gran mayoría de los inmigrantes ilegales vienen indocumentados, entre otras cosas para ocultar sus países de origen y no poder ser devueltos a ellos. Me decían que cuando llevan un poco de tiempo en España y han sido "identificados" por la Policía reciben sus pasaportes y documentos desde su casa y los utilizan a la hora de identificarse en la Sanidad. Según me contaban esto es habitual en Andalucía, De este modo, la Junta, a través del SAS, tendría acceso a la nacionalidad de dichos inmigrantes, y por tanto podrían pasar la información a la Policía para iniciar los trámites de deportación. ¿Alguien más ha oído algo semejante?

wondering

#1 He leído que hay unas 50k personas en esa situación y que un par de asociaciones de policías lo pedían. Pero desconozco si la cifra es real o no y no tengo mucho más detalle.

oso_69

#2 Yo lo digo porque aquí la mayoría de la gente está en contra, y coincido, con la "caducidad" de los delitos, y más los económicos. Esto sería lo mismo. Me pego diez años ilegalmente en un país y luego solicito la residencia por arraigo. Que no sé si se podrá hacer y/o se estará haciendo.