Hace 2 años | Por sixbillion a confilegal.com
Publicado hace 2 años por sixbillion a confilegal.com

Hay un tema sobre el que muchos juristas tienen miedo a hablar: cómo calcular el importe de las pensiones de alimentos. Los clientes siempre te preguntan, entre otras cosas: ¿Cuánto me van a poner de pensión de alimentos? Y yo les digo lo que dice el Código Civil en su artículo 93: “El Juez, en todo caso, determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer los alimentos y adoptará las medidas convenientes para asegurar la efectividad y acomodación de las prestaciones a las circunstancias económicas y necesidades de los hijos ..."

Comentarios

e

Injusto no... es terrorífico. Los divorcios está claro que son para los ricos. Un padre mileurista que se divorcie acaba bajo el puente, y eso si la mujer no va "de malas". Del artículo:

"Y no es un decir, sino que he basado este artículo en un caso real que llevo, en el que la pensión que se ha establecido en la sentencia es de 350 euros a pagar por el padre a la madre. El padre ha tenido que salir de la casa familiar y debe pagar un alquiler de la casa nueva además del 50% de la hipoteca de la casa familiar y ambos tienen similares ingresos."

"Además, el Estado dice que sólo se paga esta pensión hasta que el niño cumpla 18 años, pero en el caso de que sea el padre el que debe pagar, debe pagar más allá de los 18 años de su vástago, que es lo normal dada el edad en la que se independizan los hijos hoy día. No como dice el Gobierno que no sabemos en qué mundo vive."

sixbillion

#8 No me refería a ese tipo de gastos, sino más bien en gastos escolares por ejemplo. En cuanto al gasto en ropa, raro es que el progenitor no custodio no le compre ropa a sus propios hijos, es más, como estos suelen tenerlos los fines de semana durante tiempo de ocio es cuando más se aprovecha para poder realizar ese tipo de compras.

t

Un poco bastante simplista el artículo... Que puedo estar de acuerdo en muchos razonamientos, pero llevarlo/recogerlo del colegio y dormir con todo ello compaginándolo con el trabajo es mucho más duro que pasar un fin de semana con él.

sixbillion

#1 No es que sea simplista, es que simplemente no habla de eso. Por otro lado no te imaginas lo mucho que nos gustaría a muchos padres poder llevar/recoger a nuestros hijos del colegio y poder verles en su día a día, aunque sea por semanas, en vez de ser únicamente el que pasa los fines de semana.

homedoson

#1 Usa datos objetivos dado que no se puede cuantificar si una madre disfruta también cuidando a su hijo o no. El acistarlo, darle de comer no es compensatorio, dado que si uno no le gusta al otro si. Vamos que es bastante interesante el tema, por ejemplo como según dice, la cantidad max por hijo son 100€. Como es eso? Yo todos los casos que conozco la cuantía es mucho más alta.

masde120

#1 Totalmente falso. Es muchísimo menos exigente el día laboral que el día de fin de semana. Pregunta a cualquier pareja. Pregunta a uno de ellos qué prefiere, quedarse un miércoles y jueves solo con sus 2 niños o quedarse un sábado y un domingo.

j

Este señor, sabrá mucho de leyes, pero de matemáticas poquito. Y simplifica que da gusto el hombre.

Que hay casos en los que lo de la pensión es sangrante? Desde luego. Pero con este análisis, dudo que se resuelva algo.
Veo que la mujer recibe la pensión de 350€, y que los gastos de la casa son ligeramente superiores a los del hombre, pero... donde está el gasto en ropa? En libros? Si el niño come en casa, el gasto en comida sería muy superior. Si come en el colegio, no veo el coste del comedor.
Y así, con miles de cosas.

Para temas tan serios como este, no se pueden hacer unos cálculos tan simplistas.

sixbillion

#5 Normalmente, por no decir casi siempre. los gastos extraordinarios van a parte.

j

#7 Hombre, el gasto en ropa no lo catalogaría yo como gasto extraordinario...

mikelx

Suspenso en mates para el que ha escrito el artículo. Para unas cosas se fija en los % relativos y para otras en los absolutos.
Restando los tiempos de colegio, sueño etc queda un cómputo absoluto de 28% de tiempo con el progenitor custodio y 16% con el no-custodio. Dice que la deiferencia es de apenas el 11% (en absoluto, claro, pero como si fuera relativo), cuando en realidad pasa casi el doble de tiempo con el progenitor custodio. Y obvia el heho de que mientras el niño duerme, el progenitor custodio tiene que proveer de cama, ropa y calefacción y que cuando el niño va al colegio se le tiene que dar un desayuno y un almuerzo, darle ropa y material escolar. En fin, que puede que no se calculen bien y de forma perfectamente justa estas pensiones de alimentos, pero el artículo es tendencioso a más no poder.