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Según la Audiencia, a lo largo de esos años "incumplió de forma consciente y voluntaria sus obligaciones en materia de cotización social", de modo que no abonó las cuotas de los trabajadores que tenía dados de alta y, en algunas ocasiones, no dio de alta a otros.
Este proceder se mantuvo "incluso tras la presentación de la denuncia por la Tesorería General de la Seguridad Social", destacaba la sentencia de instancia, que entendía que el empresario tampoco declaró operaciones con terceros ante la Agencia Tributaria en los dos primeros ejercicios, ni presentó el impuesto de sociedades en 2017 y 2018, "siendo inefectivos" todos los embargos de cuentas y facturación, así como las notificaciones para contactar con él a efectos de solicitar un aplazamiento de la deuda.
Libertad.
Sé que es en parte culpa del periodista que ha redactado el titular pero tambien podeis leer la noticia.
Se le absuelve "de maniobras de ocultación" o que llevó a cabo una "labor de obstaculización".
No de los impagos, dice que
"se deduce claramente el impago consciente y voluntario" de dichas cuotas prácticamente desde el inicio de la actividad empresarial, pero que "no puede deducirse, más allá de toda duda razonable", que el procesado haya "ocultado" a la Seguridad Social la realidad socio laboral de forma que se haya "impedido" fijar la deuda, ni tampoco que haya "protagonizado ninguna actuación de ocultación u obstrucción a la labor inspectora".
Me gustaria poder leer la sentencia para ver en qué ha quedado realmente la condena.
"La sentencia del alto tribunal cántabro, a la que ha tenido acceso Europa Press, es firme ya, toda vez que no ha sido recurrida ante el Supremo, ni por el letrado de la Tesorería General de la Seguridad Social ni por la Fiscalía, que en el juicio solicitó la libre absolución del implicado aunque después impugnó el recurso de la defensa."
👌
Y no tiene que pagar nada?
Habrá que ir a cotizar en ese sitio.!!!
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